Jurisprudencia sobre Pensión de viudedad.
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Pensión de viudedad
Instituto Nacional de la Seguridad Social
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Prestación de jubilación
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Garcia Paredes, Maria Luz
Luelmo Millan, Miguel Angel
Rodriguez Alvarez, Maria Begoña
Segoviano Astaburuaga, Maria Luisa
Perez Sibon, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Otros
SEGURIDAD SOCIAL. Pensión de viudedad: reconocimiento del derecho desde la situación de pareja de hecho. Falta de contradicción. Falta de relación precisa y circunstanciada de la contradicción alegada. Falta de contenido casacional por adecuación de la sentencia recurrida a la doctrina de la Sala IV. Falta de cita y fundamentación de la infracción legal.
VIUDEDAD. LA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y A UN PROCESO SIN DILACIONES INDEBIDAS. EFECTOS ECONÓMICOS DE LA PENSIÓN DE VIUDEDAD ATRIBUIDA A UNA EX-ESPOSA QUE TIENE RECONOCIDA PENSIÓN COMPENSATORIA, APLICACIÓN DE LA DT 18ª
Incapacidad permanente. Revisión de la base reguladora: aplicación o no del efecto de cosa juzgada por haberse reconocido la situación de incapacidad permanente total en un pleito anterior. Falta de contradicción.
SEGURIDAD SOCIAL. Pensión de viudedad: reconocimiento del derecho desde la situación de pareja de hecho. Falta de contradicción. Falta de relación precisa y circunstanciada de la contradicción alegada. Falta de contenido casacional por adecuación de la sentencia recurrida a la doctrina de la Sala IV. Falta de cita y fundamentación de la infracción legal.
VIUDEDAD. LA VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y A UN PROCESO SIN DILACIONES INDEBIDAS. EFECTOS ECONÓMICOS DE LA PENSIÓN DE VIUDEDAD ATRIBUIDA A UNA EX-ESPOSA QUE TIENE RECONOCIDA PENSIÓN COMPENSATORIA, APLICACIÓN DE LA DT 18ª
Incapacidad permanente. Revisión de la base reguladora: aplicación o no del efecto de cosa juzgada por haberse reconocido la situación de incapacidad permanente total en un pleito anterior. Falta de contradicción.