Jurisprudencia por Marques Ferrero, Santiago Ezequiel.
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Intervención de abogado
Prueba documental
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Convenio colectivo
Tesorería General de la Seguridad Social
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Social
Administrativo
Ponente
Marques Ferrero, Santiago Ezequiel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto aclaratorio
Tribunal
TSJ Castilla y Leon
TSJ Madrid
Búsqueda: Ponente
MARQUES FERRERO, SANTIAGO EZEQUIEL
Sentencia Social Nº 262/2014, TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 281/2014, 08-05-2014
DESPIDO OBJETIVO. Cálculo de la indemnización cuando las percepciones no son iguales mensualmente
Sentencia Social Nº 695/2016, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 2, Rec 513/2016, 14-09-2016
PRIMERO: La Sentencia del Juzgado de lo social nº 40 de Madrid, de fecha 12 de febrero de dos mil dieciséis , en los autos 843/2014, estima la demanda de la actora, Doña Josefa , contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social- INSS -y la Tesorería General de la Seguridad Social- TGSS-, en su petición subsidiaria y le declara afecta de una invalidez permanente total para su profesión habitual de cuidadora escolar.Frente a la misma se interpone por la representación letrada del In
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MARQUES FERRERO, SANTIAGO EZEQUIEL
Sentencia Social Nº 262/2014, TSJ Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 281/2014, 08-05-2014
DESPIDO OBJETIVO. Cálculo de la indemnización cuando las percepciones no son iguales mensualmente
Sentencia Social Nº 695/2016, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 2, Rec 513/2016, 14-09-2016
PRIMERO: La Sentencia del Juzgado de lo social nº 40 de Madrid, de fecha 12 de febrero de dos mil dieciséis , en los autos 843/2014, estima la demanda de la actora, Doña Josefa , contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social- INSS -y la Tesorería General de la Seguridad Social- TGSS-, en su petición subsidiaria y le declara afecta de una invalidez permanente total para su profesión habitual de cuidadora escolar.Frente a la misma se interpone por la representación letrada del In