Jurisprudencia sobre Herencia.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Absuelve
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Fernandez-porto Garcia, Rafael Jesus
Conde Nuñez, Manuel
Rodriguez Gonzalez, Maria Begoña
Casero Alonso, Jose Luis
Cremades Morant, Juan Bautista
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Otros
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Si bien se entiende que es difícil simultanear o compaginar la liquidación del régimen matrimonial (consorcio matrimonial) y la división de la herencia de uno de los cónyuges, porque primero es necesario conocer qué bienes corresponden al fallecido liquidando el patrimonio común y sobre ellos practicar la partición hereditaria, tal modo de operar no está prohibido y además, al caso, las partes han aceptado ese desarrollo procedimental siendo la discrepancia la adjudicación de los bienes. El v
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Dos hermanos demandan al tercero para la división de cosa común (vivienda, trastero y plaza de garaje) que proviene de la herencia de los padres, oponiéndose la demandada por no existir la cosa común por ser precisa previamente la partición de la herencia de los padres y por tener la herencia deudas con dicha demandada. La herencia está sin partir y por tanto no permite hablar de copropiedad pues aún no se conoce la distribución exacta de los bienes de la herencia respecto de los cuales los h
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Si bien se entiende que es difícil simultanear o compaginar la liquidación del régimen matrimonial (consorcio matrimonial) y la división de la herencia de uno de los cónyuges, porque primero es necesario conocer qué bienes corresponden al fallecido liquidando el patrimonio común y sobre ellos practicar la partición hereditaria, tal modo de operar no está prohibido y además, al caso, las partes han aceptado ese desarrollo procedimental siendo la discrepancia la adjudicación de los bienes. El v
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Dos hermanos demandan al tercero para la división de cosa común (vivienda, trastero y plaza de garaje) que proviene de la herencia de los padres, oponiéndose la demandada por no existir la cosa común por ser precisa previamente la partición de la herencia de los padres y por tener la herencia deudas con dicha demandada. La herencia está sin partir y por tanto no permite hablar de copropiedad pues aún no se conoce la distribución exacta de los bienes de la herencia respecto de los cuales los h
MATERIAS NO ESPECIFICADAS