Jurisprudencia sobre Fumus bonis iuris.
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Ponente
Basanta Rodriguez, Amalia
Martinez-arenas Santos, Jose
Olarte Madero, Miguel Angel
Macho Macho, Santiago
Calderon Gonzalez, Javier Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
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Fumus bonis iuris
Auto Contencioso-Administrativo AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1049/2020, 05-10-2020
PRIMERO:Se plantea por la federación recurrente la solicitud de la medida cautelar de suspensión, respecto de los apartados primero letra A) y letra B) 4 del 'Resuelvo'de la Orden, en los que se establece:PRIMERO - Declarar como actuaciones coordinadas en salud pública para responder a la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19, de acuerdo con lo establecido en el artículo
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 800/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 10, Rec 850/2019, 17-10-2019
Objeto del recurso de apelaciónPRIMERO.- Tiene su origen el presente recurso de apelación en la impugnación del Auto de fecha 7 de junio de 2019, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 24 de Madrid en la Pieza de Medidas Cautelares nº 228/2019.SEGUNDO.- La resolución apelada deniega la medida cautelar de suspensión de la orden de expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por un período de tres años, dictada contra D. Gerardo en virtud d
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 2578/2020, TSJ Andalucia, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 1885/2020, 29-07-2020
PRIMERO.- Objeto del recurso.Es objeto del presente recurso de apelación el auto número 346/2019, de fecha 26 de noviembre de 2019, que dimana de los autos de la pieza de medidas cautelares número 512.1/2019, seguida ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Almería, que denegó la medida cautelar solicitada por la ciudadana extranjera.SEGUNDO.- Causas de impugnación de la resolución judicial de instancia.La parte actora presenta recurso d
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 31/2020, TSJ Galicia, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 4356/2019, 24-01-2020
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos jurídicos del auto apelado en todo aquello en lo que no discrepen de los de la presente sentencia.SEGUNDO.- Fundamentación jurídica del recurso de apelación. Resolución sobre el fondo del recurso: improcedencia del emplazamiento interesado.Se sostiene en el recurso de apelación que se han vulnerado los artículos 21 y <rel id="1949354_
Auto Contencioso-Administrativo TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sec. 4, Rec 208/2020, 15-09-2020
PRIMERO: El artículo 135.1LJCA dispone lo siguiente: '1. Cuando los interesados alegaran la concurrencia de circunstancias de especial urgencia en el caso, el juez o tribunal sin oír a la parte contraria, en el plazo de dos días podrá mediante auto: a) Apreciar las circunstancias de especial urgencia y adoptar o denegar la medida, conforme al artículo 130.Contra este auto no se dará recurso alguno. En la misma resolución el órgano judicial dará audiencia a la parte contraria para que
Auto Contencioso-Administrativo Nº 20/2020, AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 509/2020, 29-10-2020
PRIMERO.- La actora en el escrito de su recurso y mediante Segundo Otrosí, solicita la suspensión de la Orden impugnada hasta que se resuelva la causa, atendiendo al art. 130.2 de la LRJCA.Sostiene la parte que la aplicación de dicha Orden tendría consecuencias irreparables para las empresas pesqueras.En segundo término, afirma que la RRJCA recoge la medida provisional de suspensión como una generalización y no excepción.El Abogado del Estado se opone por las razones
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 323/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 305/2019, 08-11-2019
PRIMERO.- Como recuerda, entre otras muchas, la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 11 de octubre de 2018: «Conforme declara la exposición de motivos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, la justicia cautelar forma parte del derecho a la tutela judicial efectiva, razón por la que la adopción de medidas cautelares que permitan asegurar el resultado del proceso no debe contemplarse como una
Auto CIVIL Nº 93/2017, AP - Alicante, Sec. 8, Rec 79/2017, 18-07-2017
PRIMERO.- El auto recurrido ha desestimado la solicitud de medidas cautelares instada por la mercantil EGAMASTER, SA al considerar que falta el presupuesto de la apariencia de buen derecho, por existir una situación largamente consentida en el tiempo ( art. 728 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , en adelante, <rel id="436271" uri="http://poolparty
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Auto Contencioso-Administrativo AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 8, Rec 1049/2020, 05-10-2020
PRIMERO:Se plantea por la federación recurrente la solicitud de la medida cautelar de suspensión, respecto de los apartados primero letra A) y letra B) 4 del 'Resuelvo'de la Orden, en los que se establece:PRIMERO - Declarar como actuaciones coordinadas en salud pública para responder a la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19, de acuerdo con lo establecido en el artículo
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 800/2019, TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso, Sec. 10, Rec 850/2019, 17-10-2019
Objeto del recurso de apelaciónPRIMERO.- Tiene su origen el presente recurso de apelación en la impugnación del Auto de fecha 7 de junio de 2019, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 24 de Madrid en la Pieza de Medidas Cautelares nº 228/2019.SEGUNDO.- La resolución apelada deniega la medida cautelar de suspensión de la orden de expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por un período de tres años, dictada contra D. Gerardo en virtud d
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 2578/2020, TSJ Andalucia, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 1885/2020, 29-07-2020
PRIMERO.- Objeto del recurso.Es objeto del presente recurso de apelación el auto número 346/2019, de fecha 26 de noviembre de 2019, que dimana de los autos de la pieza de medidas cautelares número 512.1/2019, seguida ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Almería, que denegó la medida cautelar solicitada por la ciudadana extranjera.SEGUNDO.- Causas de impugnación de la resolución judicial de instancia.La parte actora presenta recurso d
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 31/2020, TSJ Galicia, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 4356/2019, 24-01-2020
PRIMERO.- Se aceptan los fundamentos jurídicos del auto apelado en todo aquello en lo que no discrepen de los de la presente sentencia.SEGUNDO.- Fundamentación jurídica del recurso de apelación. Resolución sobre el fondo del recurso: improcedencia del emplazamiento interesado.Se sostiene en el recurso de apelación que se han vulnerado los artículos 21 y <rel id="1949354_
Auto Contencioso-Administrativo TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Contencioso, Sec. 4, Rec 208/2020, 15-09-2020
PRIMERO: El artículo 135.1LJCA dispone lo siguiente: '1. Cuando los interesados alegaran la concurrencia de circunstancias de especial urgencia en el caso, el juez o tribunal sin oír a la parte contraria, en el plazo de dos días podrá mediante auto: a) Apreciar las circunstancias de especial urgencia y adoptar o denegar la medida, conforme al artículo 130.Contra este auto no se dará recurso alguno. En la misma resolución el órgano judicial dará audiencia a la parte contraria para que
Auto Contencioso-Administrativo Nº 20/2020, AN, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 509/2020, 29-10-2020
PRIMERO.- La actora en el escrito de su recurso y mediante Segundo Otrosí, solicita la suspensión de la Orden impugnada hasta que se resuelva la causa, atendiendo al art. 130.2 de la LRJCA.Sostiene la parte que la aplicación de dicha Orden tendría consecuencias irreparables para las empresas pesqueras.En segundo término, afirma que la RRJCA recoge la medida provisional de suspensión como una generalización y no excepción.El Abogado del Estado se opone por las razones
Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 323/2019, TSJ Canarias, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 305/2019, 08-11-2019
PRIMERO.- Como recuerda, entre otras muchas, la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 11 de octubre de 2018: «Conforme declara la exposición de motivos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, la justicia cautelar forma parte del derecho a la tutela judicial efectiva, razón por la que la adopción de medidas cautelares que permitan asegurar el resultado del proceso no debe contemplarse como una
Auto CIVIL Nº 93/2017, AP - Alicante, Sec. 8, Rec 79/2017, 18-07-2017
PRIMERO.- El auto recurrido ha desestimado la solicitud de medidas cautelares instada por la mercantil EGAMASTER, SA al considerar que falta el presupuesto de la apariencia de buen derecho, por existir una situación largamente consentida en el tiempo ( art. 728 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , en adelante, <rel id="436271" uri="http://poolparty