Jurisprudencia por Fernandez Ardavin, Luis Cayetano.
Filtros
Voces
Incapacidad permanente absoluta
Incapacidad permanente total
Profesión habitual
Enfermedad Común
Incapacidad permanente
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Social
Ponente
Fernandez Ardavin, Luis Cayetano
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
TSJ Asturias
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Oviedo, la cual desestima la pretensión de la actora de ser declarada en situación de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo o, subsidiariamente, total para la profesión habitual, derivada de enfermedad común. Respecto a la revisión instada por la actora, debe prevalecer la solución dada por el juez de instancia, y ninguno de los documentos citados reúne el carácter
Se estima el recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Gijón, sobre reintegro de prestaciones por gastos farmaceúticos. La Sala señala que en el tratamiento médico de la hija del recurrente, no están contemplados los medicamentos de utilización cosmética. Pero añade la Sala que la severa enfermedad de la hija del recurrente tampoco tiene una
medicación específica contemplada en el listado de productos farmaceúticos. La Sala considera
Se desestima el recurso de suplicación formalizado por el INSS contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 2 de Oviedo sobre invalidez. Se determina que el Equipo de Valoración de Incapacidades recoge rotura completa del manguito de rotadores con retroacción tendinosa, aunque señala que el tendón supraespinoso, infraespinoso y subescapular son normales. Al respecto concreta el informe de síntesis "evolución favorable con el tratamiento rehabilitador, mejorando la movilidad y
Se estima el recurso de suplicación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo, sobre incapacidad permanente absoluta para todo trabajo derivada de enfermedad común. La Sala, partiendo de los hechos que se declaran probados, señala que la trabajadora recurrente padece un cuadro depresivo que ha evolucionado de forma tórpida a pesar del tratamiento, hasta el punto de calificarlo como episodio depresivo grave. Es por ello que la Sala entiende que la situació
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Gijón sobre incapacidad permanente absoluta. Se determina que el cuadro de secuelas que afecta al trabajador demandante le impide la realización de cualquier tarea valorable en el mundo del trabajo tanto por cuenta propia como ajena, con la responsabilidad exigible al prototipo de un buen trabajador, dada la importante afectación de sus miembros superiores, lo que constituye la incapacidad per
Se desestima el Recurso de Suplicación contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Mieres, sobre incapacidad permanente.
Se declara, en aras a desestimar la impugnación, que las secuelas padecidas por la parte recurrente tienen entidad suficiente para limitar su capacidad en la realización de las principales tareas de la que fue su profesión habitual, pero no las de toda profesión u oficio, tal como se exige, para declarar el grado de incapacidad permanente absoluta que re
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias desestima el recurso de suplicación interpuesto por el trabajador frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social nº2 de Gijón, sobre incapacidad permanente absoluta, que rechazó su pretensión de ser declarado en tal grado incapacitante. La Sala fundamenta su decisión en considerar, en primer lugar, que no procede la revisión de hechos probados solicitada por el recurrente, por no haber quedado acreditado que el juzgador a quo
Se desestima recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 6 de los de Oviedo, en materia de reclamación por incapacidad permanente total. Atendiendo a los hechos declarados probados en la instancia, y que no han sido discutidos, se considera correcta la valoración hecha por el Juzgador "a quo", ya que las dolencias descritas no impiden al trabajador demandante la realización de las principales labores de su profesión habitual, por lo que no es pos
Se desestima recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de los de Gijón, en materia de invalidez permanente. Según reiterada doctrina jurisprudencial, para poder acceder a la revisión de hechos declarados probados en la instancia se exige la concurrencia de los siguientes requisitos: a.- que se especifique la equivocación del juzgador y la concreta revisión que se solicite, b.- que se indiquen los documentos de autos de donde derive de forma c
Se declara de oficio la incompetencia del orden jurisdiccional de lo social para conocer el litigio promovido contra el Servicio de Salud del Principado de Asturias. La Sala advierte a las partes que la Jurisdicción Contencioso-Administrativa es la competente para el conocimiento del asunto. La Sala recuerda que "son los Juzgados y Tribunales de lo Contencioso-Administrativo los competentes para conocer de todas las pretensiones relativas al régimen jurídico del personal estatutario de los se
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Oviedo, la cual desestima la pretensión de la actora de ser declarada en situación de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo o, subsidiariamente, total para la profesión habitual, derivada de enfermedad común. Respecto a la revisión instada por la actora, debe prevalecer la solución dada por el juez de instancia, y ninguno de los documentos citados reúne el carácter
Se estima el recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Gijón, sobre reintegro de prestaciones por gastos farmaceúticos. La Sala señala que en el tratamiento médico de la hija del recurrente, no están contemplados los medicamentos de utilización cosmética. Pero añade la Sala que la severa enfermedad de la hija del recurrente tampoco tiene una
medicación específica contemplada en el listado de productos farmaceúticos. La Sala considera
Se desestima el recurso de suplicación formalizado por el INSS contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 2 de Oviedo sobre invalidez. Se determina que el Equipo de Valoración de Incapacidades recoge rotura completa del manguito de rotadores con retroacción tendinosa, aunque señala que el tendón supraespinoso, infraespinoso y subescapular son normales. Al respecto concreta el informe de síntesis "evolución favorable con el tratamiento rehabilitador, mejorando la movilidad y
Se estima el recurso de suplicación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo, sobre incapacidad permanente absoluta para todo trabajo derivada de enfermedad común. La Sala, partiendo de los hechos que se declaran probados, señala que la trabajadora recurrente padece un cuadro depresivo que ha evolucionado de forma tórpida a pesar del tratamiento, hasta el punto de calificarlo como episodio depresivo grave. Es por ello que la Sala entiende que la situació
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Gijón sobre incapacidad permanente absoluta. Se determina que el cuadro de secuelas que afecta al trabajador demandante le impide la realización de cualquier tarea valorable en el mundo del trabajo tanto por cuenta propia como ajena, con la responsabilidad exigible al prototipo de un buen trabajador, dada la importante afectación de sus miembros superiores, lo que constituye la incapacidad per
Se desestima el Recurso de Suplicación contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Mieres, sobre incapacidad permanente.
Se declara, en aras a desestimar la impugnación, que las secuelas padecidas por la parte recurrente tienen entidad suficiente para limitar su capacidad en la realización de las principales tareas de la que fue su profesión habitual, pero no las de toda profesión u oficio, tal como se exige, para declarar el grado de incapacidad permanente absoluta que re
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias desestima el recurso de suplicación interpuesto por el trabajador frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social nº2 de Gijón, sobre incapacidad permanente absoluta, que rechazó su pretensión de ser declarado en tal grado incapacitante. La Sala fundamenta su decisión en considerar, en primer lugar, que no procede la revisión de hechos probados solicitada por el recurrente, por no haber quedado acreditado que el juzgador a quo
Se desestima recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 6 de los de Oviedo, en materia de reclamación por incapacidad permanente total. Atendiendo a los hechos declarados probados en la instancia, y que no han sido discutidos, se considera correcta la valoración hecha por el Juzgador "a quo", ya que las dolencias descritas no impiden al trabajador demandante la realización de las principales labores de su profesión habitual, por lo que no es pos
Se desestima recurso de suplicación interpuesto contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de los de Gijón, en materia de invalidez permanente. Según reiterada doctrina jurisprudencial, para poder acceder a la revisión de hechos declarados probados en la instancia se exige la concurrencia de los siguientes requisitos: a.- que se especifique la equivocación del juzgador y la concreta revisión que se solicite, b.- que se indiquen los documentos de autos de donde derive de forma c
Se declara de oficio la incompetencia del orden jurisdiccional de lo social para conocer el litigio promovido contra el Servicio de Salud del Principado de Asturias. La Sala advierte a las partes que la Jurisdicción Contencioso-Administrativa es la competente para el conocimiento del asunto. La Sala recuerda que "son los Juzgados y Tribunales de lo Contencioso-Administrativo los competentes para conocer de todas las pretensiones relativas al régimen jurídico del personal estatutario de los se