Jurisprudencia sobre Falta de lesiones.
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Falta de lesiones
Valoración de la prueba
Presunción de inocencia
Práctica de la prueba
Error en la valoración de la prueba
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Condena
Estima parcialmente
Absuelve
Orden
Penal
Constitucional
Supranacional
Ponente
Cid Guede, Maria Nelida
De La Torre Aparicio, Miguel Angel
Guindulain Oliveras, Elena
Ferrer Gonzalez, Jose
Navares Villar, Maria Cristina
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 6 de A Coruña, sobre falta de daños. Corresponde apreciar la reducción de la indemización de los daños causados que fija la sentencia recurrida, puesto que del informe pericial, que no ha merecido prueba en contrario, se acredita que el valor del teléfono móvil de la víctima es inferior a dicha suma.
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Corcubión, sobre falta de lesiones. Consideramos que el Juzgado de instancia ha contado con prueba de cargo para fundar el pronunciamiento ahora combatido, que es coherente y acorde con dicho bagaje probatorio, suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia de la acusada. Dicha prueba consiste en la declaración de la denunciante, que resulta corroborad
Se dicta sentencia condenatoria por el Juzgado de Instrucción de Negreira, sobre falta de lesiones. Se declara probado que el acusado encontrándose en la discoteca, propinó al denunciante un fuerte puñetazo en la cara, resultando como lesiones contractura mandibular y exodoncia del molar, que precisó tratamiento médico y quirúrgico, curando en 90 días, encontrándose incapacitado durante 40 días, y quedándole como secuelas consolidación viciosa de mandíbula, dolor y falta de sensibilidad en la
Se desestima el recurso formulado contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Ribeira, en juicio de faltas de lesiones. El Tribunal entiende que no han quedado, desvirtuados los razonamientos empleados, por las simples alegaciones del recurrente. El apelado debía de haber presentado el testigo en primera instancia, con la finalidad de haber podido contrastar su testimonio. De esta forma, su manifestación ha quedado contradicha con la declaración del menor y de los padres
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Ribeira, sobre falta de lesiones. La parte recurrente solicita la revisión de la cuantificación de indemnización asignada en primera instancia. Se considera que las lesiones sufridas son en distintas partes del cuerpo donde la curación puede producirse a distinto ritmo. Por lo que se estima que en ejecución de sentencia se emita un informe médico el cual precise el per
Se desestima el recurso de apelación y se estima parcialmente el del lesionado, interpuestos contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Santiago de Compostela, sobre falta de lesiones. De los hechos se tiene probado que, el vejado al salir de una entidad bancaria, por su distracción chocó con la parte trasera de una furgoneta que se encontraba estacionada en la acera. Ante dicho golpe salió de la misma el conductor quien le dijo que era un "Viejo y que mira
Se estima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción n° 5 de A Coruña, sobre falta de lesiones. La Sala señala que las faltas prescriben a los 6 meses y que la prescripción se produce en cualquier momento del trámite procesal, incluido durante el recurso, sea antes o después de haber sido resuelto. Vistas las fechas, se evidencia por la Sala que se ha cumplido con exceso el plazo de 6 meses, por lo que se declara la prescripción, dictando un
La condena impuesta por una falta de lesiones se basa exclusivamente en la versión facilitada por la denunciante que es verosímil, pero no por ello verídica, pues con independencia de algunas incoherencias relativas que son perfectamente asumibles en los términos explicados en la fundamentación de la sentencia recurrida, no parece muy lógico aceptar que otras imputaciones no han sido acreditadas pese a ser relatadas por la misma denunciante y que se elija una de ellas como acreditada sólo por
Dado que en nuestro ordenamiento procesal penal, la celebración de vista aparece condicionada a los supuestos tasados de práctica de prueba en la alzada, de acuerdo con lo prevenido en el artículo
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 6 de A Coruña, sobre falta de daños. Corresponde apreciar la reducción de la indemización de los daños causados que fija la sentencia recurrida, puesto que del informe pericial, que no ha merecido prueba en contrario, se acredita que el valor del teléfono móvil de la víctima es inferior a dicha suma.
Se desestima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Corcubión, sobre falta de lesiones. Consideramos que el Juzgado de instancia ha contado con prueba de cargo para fundar el pronunciamiento ahora combatido, que es coherente y acorde con dicho bagaje probatorio, suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia de la acusada. Dicha prueba consiste en la declaración de la denunciante, que resulta corroborad
Se dicta sentencia condenatoria por el Juzgado de Instrucción de Negreira, sobre falta de lesiones. Se declara probado que el acusado encontrándose en la discoteca, propinó al denunciante un fuerte puñetazo en la cara, resultando como lesiones contractura mandibular y exodoncia del molar, que precisó tratamiento médico y quirúrgico, curando en 90 días, encontrándose incapacitado durante 40 días, y quedándole como secuelas consolidación viciosa de mandíbula, dolor y falta de sensibilidad en la
Se desestima el recurso formulado contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Ribeira, en juicio de faltas de lesiones. El Tribunal entiende que no han quedado, desvirtuados los razonamientos empleados, por las simples alegaciones del recurrente. El apelado debía de haber presentado el testigo en primera instancia, con la finalidad de haber podido contrastar su testimonio. De esta forma, su manifestación ha quedado contradicha con la declaración del menor y de los padres
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Ribeira, sobre falta de lesiones. La parte recurrente solicita la revisión de la cuantificación de indemnización asignada en primera instancia. Se considera que las lesiones sufridas son en distintas partes del cuerpo donde la curación puede producirse a distinto ritmo. Por lo que se estima que en ejecución de sentencia se emita un informe médico el cual precise el per
Se desestima el recurso de apelación y se estima parcialmente el del lesionado, interpuestos contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción nº 3 de Santiago de Compostela, sobre falta de lesiones. De los hechos se tiene probado que, el vejado al salir de una entidad bancaria, por su distracción chocó con la parte trasera de una furgoneta que se encontraba estacionada en la acera. Ante dicho golpe salió de la misma el conductor quien le dijo que era un "Viejo y que mira
Se estima el recurso de apelación contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Instrucción n° 5 de A Coruña, sobre falta de lesiones. La Sala señala que las faltas prescriben a los 6 meses y que la prescripción se produce en cualquier momento del trámite procesal, incluido durante el recurso, sea antes o después de haber sido resuelto. Vistas las fechas, se evidencia por la Sala que se ha cumplido con exceso el plazo de 6 meses, por lo que se declara la prescripción, dictando un
La condena impuesta por una falta de lesiones se basa exclusivamente en la versión facilitada por la denunciante que es verosímil, pero no por ello verídica, pues con independencia de algunas incoherencias relativas que son perfectamente asumibles en los términos explicados en la fundamentación de la sentencia recurrida, no parece muy lógico aceptar que otras imputaciones no han sido acreditadas pese a ser relatadas por la misma denunciante y que se elija una de ellas como acreditada sólo por
Dado que en nuestro ordenamiento procesal penal, la celebración de vista aparece condicionada a los supuestos tasados de práctica de prueba en la alzada, de acuerdo con lo prevenido en el artículo