Jurisprudencia sobre Falta de jurisdicción.
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Falta de jurisdicción
Valoración de la prueba
Error en la valoración de la prueba
Práctica de la prueba
Ponente
Carapeto Y Marquez De Prado, Carlos Jesus
Feliu Morell, Maria Jose
Juanes Fraga, Enrique
Torres Andres, Juan Miguel
Ventura Faci, Ramiro Jose
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Acuerdo de sala
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra Auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santiago de Compostela, sobre competencia territorial. La Sala señala que, en el presente supuesto, "nos hallamos ante un supuesto de incompetencia territorial". En este sentido, la Sala recuerda que "la remisión de las actuaciones al órgano judicial que se estima competente no puede conllevar la obligación de los promoventes de personarse ante éste en el plazo que determi
La cuestión que se plantea es en suplicación consiste en determinar si entre las partes existe relación laboral, como pretende el demandante en su demanda, o, por el contrario, se trata de una relación mercantil , un contrato de agencia, como sostienen la demandada y el juzgador de instancia en la sentencia recurrida. El TSJ desestima el recurso al razonar que no se aprecia en este caso la dependencia a que se refiere el recurrente, pues el juzgador de instancia declara probado que el d
RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.
Se desestima el recurso de apelación contra sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Ourense, sobre actuación material en vía de hecho. La Sala confirma la condena a la Administración demandada, que deberá indemnizar a la actora el valor del terreno ocupado por la misma. Sin entrar en el fondo del asunto, se desestima la apelación por no contener una crítica fundada de la sentencia a quo, sino únicamente la reproducción de las alegaciones contenidas en el escrito de dema
Se estima la excepción de falta de jurisdicción del Orden Social, para conocer de la demanda interpuesta ante la Sala de lo Social del TSJ de Extremadura, en materia de conflicto colectivo. En el presente caso, la Sala recoge la doctrina jurisprudencial en la materia, según la cual corresponde a la Administración (local, autonómica o estatal) la formación y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo, definiendo las plantillas y determinando las ofertas públicas de empleo, siendo las n
La AP desestima el recurso de apelación formulado por la representación procesal del demandado. La Sala señala que la actora, que por equivocación se vino a hacer entrega a la ahora parte demandada, del sobrante de la subasta de sus bienes pese a existir un acuerdo hipotecario preferente. Lo que motivó que la propia parte actora tuviera por ello que satisfacer al Banco hipotecario su crédito, para si poder cancelar las anotaciones de embargo con carácter previo a la inscripc
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra Auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santiago de Compostela, sobre competencia territorial. La Sala señala que, en el presente supuesto, "nos hallamos ante un supuesto de incompetencia territorial". En este sentido, la Sala recuerda que "la remisión de las actuaciones al órgano judicial que se estima competente no puede conllevar la obligación de los promoventes de personarse ante éste en el plazo que determi
La cuestión que se plantea es en suplicación consiste en determinar si entre las partes existe relación laboral, como pretende el demandante en su demanda, o, por el contrario, se trata de una relación mercantil , un contrato de agencia, como sostienen la demandada y el juzgador de instancia en la sentencia recurrida. El TSJ desestima el recurso al razonar que no se aprecia en este caso la dependencia a que se refiere el recurrente, pues el juzgador de instancia declara probado que el d
RESPONS. PATRIMONIAL DE LA ADMON.
Se desestima el recurso de apelación contra sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Ourense, sobre actuación material en vía de hecho. La Sala confirma la condena a la Administración demandada, que deberá indemnizar a la actora el valor del terreno ocupado por la misma. Sin entrar en el fondo del asunto, se desestima la apelación por no contener una crítica fundada de la sentencia a quo, sino únicamente la reproducción de las alegaciones contenidas en el escrito de dema
Se estima la excepción de falta de jurisdicción del Orden Social, para conocer de la demanda interpuesta ante la Sala de lo Social del TSJ de Extremadura, en materia de conflicto colectivo. En el presente caso, la Sala recoge la doctrina jurisprudencial en la materia, según la cual corresponde a la Administración (local, autonómica o estatal) la formación y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo, definiendo las plantillas y determinando las ofertas públicas de empleo, siendo las n
La AP desestima el recurso de apelación formulado por la representación procesal del demandado. La Sala señala que la actora, que por equivocación se vino a hacer entrega a la ahora parte demandada, del sobrante de la subasta de sus bienes pese a existir un acuerdo hipotecario preferente. Lo que motivó que la propia parte actora tuviera por ello que satisfacer al Banco hipotecario su crédito, para si poder cancelar las anotaciones de embargo con carácter previo a la inscripc