Jurisprudencia por Facorr...Francisco.

Jurisprudencia por Facorro Alonso, Alberto Francisco.

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FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO
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FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO
Sentencia Penal Nº 770/2010, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 404/2010, 24-11-2010

Orden: Penal


Tribunal: AP Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 770/2010



03014370012010100904 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Alicante/Alacant Sección: 1 Nº de Resolución: 770/2010 Fecha de Resolución: 24/11/2010 Nº de Recurso: 404/2010 Jurisdicción: Penal Ponente: ALBERTO FRANCISCO FACORRO ALONSO Procedimiento: PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO Tipo de Resolución: Sentencia

Sentencia Penal Nº 455/2005, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 37/2005, 15-06-2005

Orden: Penal


Tribunal: AP Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 455/2005



El Tribunal Constitucional ha considerado prueba suficiente para enervar la presunción de inocencia el reconocimiento efectuado en el juicio oral, sin ningún género de dudas, por parte del testigo, a pesar de las irregularidades de los reconocimientos fotográficos, o incluso de reconocimientos en rueda anteriores.

Sentencia Penal Nº 531/2005, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 150/2005, 23-07-2005

Orden: Penal


Tribunal: AP Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 531/2005



"Nadie puede ser condenado si no se ha formulado contra él una acusación de laque haya tenido oportunidad de defenderse en forma contradictoria, estando, por ello, obligados el Juez o Tribunal a pronunciarse dentro del debate, tal y como han sido formulados por la acusación y la defensa, lo cual, a su vez, significa que en última instancia ha de existir siempre correlación entre la acusación y el fallo de la Sentencia".

Sentencia Penal Nº 525/2005, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 147/2005, 21-07-2005

Orden: Penal


Tribunal: AP Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 525/2005



El derecho a la tutela judicial efectiva, consagrada en el artículo 24 de la Constitución y su desarrollo legislativo en el artículo 238. 3º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como su interpretaci

Sentencia Social Nº 2754/2011, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 5431/2010, 14-04-2011

Orden: Social


Tribunal: TSJ Cataluña


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 2754/2011



PRIMER.- Postulen els actors en els seus primers motius de suplicació, la revisió de fets provats de la sentència, per la via de l'apartat b) de l' art. 191 TRLPL . En concret, se'ns demanen els següents canvis: - Fet provat primer, en relació als documents que es citen i consten en els folis 1841 a 1843, 1797, 2321 i 1834 , per tal que s'hi indiqui que l'antiguitat de l'actora Guadalupe és del 18 de març de 1983, fent una sèrie de consideracions sobre aspectes jurídics de fon
Sentencia Penal Nº 582/2011, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 373/2011, 12-09-2011

Orden: Penal


Tribunal: AP - Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 582/2011



Primero.- En relación a los motivos alegados referentes a la pretendidamente inexistente y errónea apreciación de la prueba, su contemplación debe efectuarse a la luz de la doctrina jurisprudencial y doctrina del Tribunal Constitucional que considera que la declaración de un único testigo, aun en el caso de que sea la víctima del delito, puede ser prueba de cargo apta y bastante para enervar la presunción de inocencia del acusado. De no otorgarse la debida relevancia a este tipo de
Sentencia Penal Nº 587/2011, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 361/2011, 13-09-2011

Orden: Penal


Tribunal: AP - Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 587/2011



Primero.- Basta la lectura de los folios 43, 48, 49 y 50 de las actuaciones para rechazar el primer motivo del recurso, al constar la practica de Diligencia de Notificación y Requerimiento de la Orden de Protección a información de derechos y declaración en fase sumarial, para apreciar que todos ellas se han practicado en presencia de letrado designado por el recurrente; sin necesidad de interprete; por lo que no cabe alegar ignorancia del deber de acatar la orden judicial de protec
Sentencia Penal Nº 631/2011, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 394/2011, 22-09-2011

Orden: Penal


Tribunal: AP - Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 631/2011



Primero.- La ratificación debe obtenerse, pues la convicción fáctica y jurídica en la instancia, se ha obtenido de la racional crítica de las declaraciones de los intervinientes y los testigos en el suceso enjuiciado, y para modificar tal conclusión es necesario e imprescindible proceder a una revisión de la valoración efectuada por el juzgador de instancia de las declaraciones prestadas a su presencia y a ese respecto tiene declarado el Tribunal Constitucional desde la sentencia 1
Sentencia Penal Nº 623/2011, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 121/2011, 21-09-2011

Orden: Penal


Tribunal: AP - Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 623/2011



Primero.- Rige en el derecho procesal el principio basado en el clásico aforismo "tamtum appellatum quantum devolutum", es decir que en el recurso solo cabe resolver sobre el contenido de la sentencia y de las pretensiones del recurrente; no admitida tampoco la "reformatio in peius" o reforma peyorativa en relación al apelante, sin haberse formulado recurso o adherido al mismo, por lo que no cabe pronunciamiento sobre la prescripción sin perjuicio de que en ejecución de sentencia al
Sentencia Penal Nº 508/2010, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 125/2010, 14-07-2010

Orden: Penal


Tribunal: AP - Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 508/2010



Primero.- El principio de presunción de inocencia, requiere para su quebrantamiento la verificación de prueba de cargo que sea bastante o eficaz para desvirtuar la verdad interina de inculpabilidad, y en el presente supuesto la prueba practicada consiste en declaraciones de parte absolutamente antagónicas y contradictorias, de idéntica eficacia y valor probatorio, efectuados en juicio oral y sometidas a contradicción, de las que no puede conseguirse una conclusión fáctica determinante de una

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FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO
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Sentencia Penal Nº 770/2010, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 404/2010, 24-11-2010

Orden: Penal


Tribunal: AP Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 770/2010



03014370012010100904 Órgano: Audiencia Provincial Sede: Alicante/Alacant Sección: 1 Nº de Resolución: 770/2010 Fecha de Resolución: 24/11/2010 Nº de Recurso: 404/2010 Jurisdicción: Penal Ponente: ALBERTO FRANCISCO FACORRO ALONSO Procedimiento: PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO Tipo de Resolución: Sentencia

Sentencia Penal Nº 455/2005, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 37/2005, 15-06-2005

Orden: Penal


Tribunal: AP Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 455/2005



El Tribunal Constitucional ha considerado prueba suficiente para enervar la presunción de inocencia el reconocimiento efectuado en el juicio oral, sin ningún género de dudas, por parte del testigo, a pesar de las irregularidades de los reconocimientos fotográficos, o incluso de reconocimientos en rueda anteriores.

Sentencia Penal Nº 531/2005, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 150/2005, 23-07-2005

Orden: Penal


Tribunal: AP Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 531/2005



"Nadie puede ser condenado si no se ha formulado contra él una acusación de laque haya tenido oportunidad de defenderse en forma contradictoria, estando, por ello, obligados el Juez o Tribunal a pronunciarse dentro del debate, tal y como han sido formulados por la acusación y la defensa, lo cual, a su vez, significa que en última instancia ha de existir siempre correlación entre la acusación y el fallo de la Sentencia".

Sentencia Penal Nº 525/2005, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 147/2005, 21-07-2005

Orden: Penal


Tribunal: AP Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 525/2005



El derecho a la tutela judicial efectiva, consagrada en el artículo 24 de la Constitución y su desarrollo legislativo en el artículo 238. 3º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como su interpretaci

Sentencia Social Nº 2754/2011, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 5431/2010, 14-04-2011

Orden: Social


Tribunal: TSJ Cataluña


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 2754/2011



PRIMER.- Postulen els actors en els seus primers motius de suplicació, la revisió de fets provats de la sentència, per la via de l'apartat b) de l' art. 191 TRLPL . En concret, se'ns demanen els següents canvis: - Fet provat primer, en relació als documents que es citen i consten en els folis 1841 a 1843, 1797, 2321 i 1834 , per tal que s'hi indiqui que l'antiguitat de l'actora Guadalupe és del 18 de març de 1983, fent una sèrie de consideracions sobre aspectes jurídics de fon
Sentencia Penal Nº 582/2011, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 373/2011, 12-09-2011

Orden: Penal


Tribunal: AP - Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 582/2011



Primero.- En relación a los motivos alegados referentes a la pretendidamente inexistente y errónea apreciación de la prueba, su contemplación debe efectuarse a la luz de la doctrina jurisprudencial y doctrina del Tribunal Constitucional que considera que la declaración de un único testigo, aun en el caso de que sea la víctima del delito, puede ser prueba de cargo apta y bastante para enervar la presunción de inocencia del acusado. De no otorgarse la debida relevancia a este tipo de
Sentencia Penal Nº 587/2011, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 361/2011, 13-09-2011

Orden: Penal


Tribunal: AP - Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 587/2011



Primero.- Basta la lectura de los folios 43, 48, 49 y 50 de las actuaciones para rechazar el primer motivo del recurso, al constar la practica de Diligencia de Notificación y Requerimiento de la Orden de Protección a información de derechos y declaración en fase sumarial, para apreciar que todos ellas se han practicado en presencia de letrado designado por el recurrente; sin necesidad de interprete; por lo que no cabe alegar ignorancia del deber de acatar la orden judicial de protec
Sentencia Penal Nº 631/2011, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 394/2011, 22-09-2011

Orden: Penal


Tribunal: AP - Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 631/2011



Primero.- La ratificación debe obtenerse, pues la convicción fáctica y jurídica en la instancia, se ha obtenido de la racional crítica de las declaraciones de los intervinientes y los testigos en el suceso enjuiciado, y para modificar tal conclusión es necesario e imprescindible proceder a una revisión de la valoración efectuada por el juzgador de instancia de las declaraciones prestadas a su presencia y a ese respecto tiene declarado el Tribunal Constitucional desde la sentencia 1
Sentencia Penal Nº 623/2011, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 121/2011, 21-09-2011

Orden: Penal


Tribunal: AP - Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 623/2011



Primero.- Rige en el derecho procesal el principio basado en el clásico aforismo "tamtum appellatum quantum devolutum", es decir que en el recurso solo cabe resolver sobre el contenido de la sentencia y de las pretensiones del recurrente; no admitida tampoco la "reformatio in peius" o reforma peyorativa en relación al apelante, sin haberse formulado recurso o adherido al mismo, por lo que no cabe pronunciamiento sobre la prescripción sin perjuicio de que en ejecución de sentencia al
Sentencia Penal Nº 508/2010, AP - Alicante, Sec. 1, Rec 125/2010, 14-07-2010

Orden: Penal


Tribunal: AP - Alicante


Ponente: FACORRO ALONSO, ALBERTO FRANCISCO


Nº de sentencia: 508/2010



Primero.- El principio de presunción de inocencia, requiere para su quebrantamiento la verificación de prueba de cargo que sea bastante o eficaz para desvirtuar la verdad interina de inculpabilidad, y en el presente supuesto la prueba practicada consiste en declaraciones de parte absolutamente antagónicas y contradictorias, de idéntica eficacia y valor probatorio, efectuados en juicio oral y sometidas a contradicción, de las que no puede conseguirse una conclusión fáctica determinante de una

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