Jurisprudencia sobre Estancia.
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Estima parcialmente
Condena
Absuelve
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Sambola Cabrer, Myriam
Neira Vazquez, Carmen
Álvarez-linera Prado, Miguel Ángel
Alastruey Gracia, Raquel
Perez Tormo, Maria Jose
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Otros
Conclusiones
Tribunal
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se desestima el recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Soria sobre pago de factura por operaciones quirúrgicas. La Sala considera que debe de estarse a los presupuestos que se dieron a la demandada antes de la operación, que comprende dos intervenciones que se llevaron a cabo de forma sucesiva, incluyéndose en el primer presupuesto los derechos profesionales del cirujano, si bien se excluyen del segundo, por lo que entiende que no se po
La AP estima parcialmente el recurso de apelación de la parte actora. La Sala señala que en cuanto al pago de pensiones atrasadas que se reclaman por importe de 300 euros mensuales, con efectos desde el auto de medidas provisionales, no procede formular el pronunciamiento que se interesa condenando al demandado a su pago, ya que tales medidas quedaron sin efecto al no interponerse la correspondiente demanda en el plazo de treinta días.
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se desestima el recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Soria sobre pago de factura por operaciones quirúrgicas. La Sala considera que debe de estarse a los presupuestos que se dieron a la demandada antes de la operación, que comprende dos intervenciones que se llevaron a cabo de forma sucesiva, incluyéndose en el primer presupuesto los derechos profesionales del cirujano, si bien se excluyen del segundo, por lo que entiende que no se po
La AP estima parcialmente el recurso de apelación de la parte actora. La Sala señala que en cuanto al pago de pensiones atrasadas que se reclaman por importe de 300 euros mensuales, con efectos desde el auto de medidas provisionales, no procede formular el pronunciamiento que se interesa condenando al demandado a su pago, ya que tales medidas quedaron sin efecto al no interponerse la correspondiente demanda en el plazo de treinta días.