Jurisprudencia sobre Enfermedad profesional.
Filtros
Voces
Enfermedad profesional
Accidente laboral
Incapacidad temporal
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad permanente total
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Martin Morillo, Jesus Maria
Colino Rey, Adolfo Matias
Perez Sibon, Maria Del Carmen
Gan Busto, Maria Del Mar
Palos Peñarroya, Ignacio Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Se desestima los Recursos de Suplicación contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 6 de Oviedo, sobre incapacidad permanente.
El demandante denuncia, sin éxito a juicio de la Sala, que debería de haber sido declarado afecto de incapacidad permanente total, derivada de la contingencia de enfermedad profesional. La actividad del demandante no está incluída en el catálogo de enfermedades profesionales, no consta probado que el nivel sonoro del puesto de trabajo del
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Oviedo, sobre Incapacidad Permanente Absoluta. Todas las incapacidades permanentes por causa de enfermedad profesional pueden ser revisadas y no existe límite de plazo alguno para que los pensionistas por enfermedades profesionales soliciten revisión de su incapacidad. Pero del propio tenor literal de este precepto, en que el que se apoya el recurso, no cabe despren
Se estima parcialmente el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Uno de Avilés, sobre responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad. Se entiende que los daños morales para cada uno de los hijos mayores del trabajador fallecido, teniendo en cuenta que todos ellos son mayores de 25 años según se aprecia en la copia del libro de familia y tomando en consideración las otras circunstancias mencionadas, se cifr
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo, sobre incapacidad permanente. No está probado que la padecida por el recurrente se trate de una dermatitis ocupacional o enfermedad de etiología profesional, ya que las pruebas alérgicas de contacto realizadas en la Medicina Pública han sido negativas y se consigna en el informe que es alérgico al polvo y ácaros lo que omitió al ser reconocido anteriormente.
No encontrada materia4-SE317
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Se desestima los Recursos de Suplicación contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 6 de Oviedo, sobre incapacidad permanente.
El demandante denuncia, sin éxito a juicio de la Sala, que debería de haber sido declarado afecto de incapacidad permanente total, derivada de la contingencia de enfermedad profesional. La actividad del demandante no está incluída en el catálogo de enfermedades profesionales, no consta probado que el nivel sonoro del puesto de trabajo del
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Oviedo, sobre Incapacidad Permanente Absoluta. Todas las incapacidades permanentes por causa de enfermedad profesional pueden ser revisadas y no existe límite de plazo alguno para que los pensionistas por enfermedades profesionales soliciten revisión de su incapacidad. Pero del propio tenor literal de este precepto, en que el que se apoya el recurso, no cabe despren
Se estima parcialmente el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Uno de Avilés, sobre responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad. Se entiende que los daños morales para cada uno de los hijos mayores del trabajador fallecido, teniendo en cuenta que todos ellos son mayores de 25 años según se aprecia en la copia del libro de familia y tomando en consideración las otras circunstancias mencionadas, se cifr
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo, sobre incapacidad permanente. No está probado que la padecida por el recurrente se trate de una dermatitis ocupacional o enfermedad de etiología profesional, ya que las pruebas alérgicas de contacto realizadas en la Medicina Pública han sido negativas y se consigna en el informe que es alérgico al polvo y ácaros lo que omitió al ser reconocido anteriormente.
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