Jurisprudencia sobre Enfermedad profesional.
Filtros
Voces
Enfermedad profesional
Accidente laboral
Incapacidad temporal
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad permanente total
Orden
Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Martin Morillo, Jesus Maria
Colino Rey, Adolfo Matias
Perez Sibon, Maria Del Carmen
Gan Busto, Maria Del Mar
Palos Peñarroya, Ignacio Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sobre una reclamación de pensión de viudedad.
Cumplido el requisito de igualdad sustancia en los hechos, fundamentos y las pretensiones de las sentencias comparadas para la viabilidad del recurso de casación para la unificación de doctrina, se tiene que realizando el analisis de contraste y el analisis de la situación
El TS mantiene el pronunciamiento de instancia que, acogiendo la demanda, declaró a la trabajadora actora en situación de Incapacidad Permanente Total derivada de enfermedad profesional, al desestimar el recurso interpuesto por la entidad gestora demandada por falta de contradicción entre las sentencias comparadas.
El TS estima el recurso interpuesto por el actor y declara que reúne el periodo de carencia específico necesario para el supuesto de que se encuentre en situación de incapacidad permanente absoluta por agravación de la total derivada de enfermedad profesional, decretando por ello, de oficio, la nulidad actuaciones reponiéndolas al momento de dictar sentencia por el Juzgador de instancia. Basa la Sala su pronunciamiento en que, en el supuesto de que el trabajador se encuentre en situación de
Se debate en el presente recurso de casación unificadora si la situación de incapacidad temporal reconocida a la trabajadora codemandada deriva de un accidente de trabajo o es la consecuencia de una enfermedad profesional. El TS confirma la sentencia recurrida que mantuvo que la incapacidad temporal de la beneficiaria tenía como contingencia determinante la enfermedad profesional, al desestimar el recurso interpuesto por la empresa demandada, por falta de contradicción entre las sentencias
El TS desestima el recurso interpuesto por el trabajador actor por falta de contradicción entre las sentencias comparadas. Declara la Sala al respecto que una cosa es que aquel suceso pueda ser calificado de accidente de trabajo, que no se niega, y otra distinta las consecuencias derivadas de dicho accidente, concretamente la enfermedad detectada años después, con relación a la cual se niega en la sentencia recurrida la conexión causa-efecto.
El TS estima el recurso interpuesto por el INSS y revoca el pronunciamiento que declara al demandante afectado de una INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA para toda profesión u oficio derivada de ENFERMEDAD PROFESIONAL. Declara la Sala que, la cuestión ha de ventilarse a la luz del artículo 45 de la Orden Ministerial de 15 de abril de 1969 y precisamente del modo que lo hace la sentencia referente, al condicionar la declaración del grado de incapacidad permanente absoluta a la concurrencia del
La cuestión debatida en casación consiste en determinar si en el supuesto de que la base reguladora, calculada con arreglo a las normas específicas para determinarla, supere el máximo de la base de cotización prevista legalmente, basta que el fallo de la sentencia haga referencia a estos topes máximos, aunque establezca como base reguladora de la prestación reconocida una superior a este máximo legal, o, por el contrario, es preciso que el fallo de la sentencia fije expresamente como base
La cuestión debatida consiste en determinar si unas cicatrices quirúrgicas, derivadas de enfermedad profesional, deben dar lugar a indemnización como lesiones permanentes no invalidantes, además de la que corresponda a la limitación funcional producida por las lesiones a que están vinculadas. El TS confirma su procedencia por cuanto en el caso que hoy se enjuicia es evidente que se han producido dos efectos: una limitación en la movilidad del codo que produce una merma en la capacidad del tr
Pensión de viudedad. Contingencia. Enfermedad profesional Asbestosis. Falta de relación precisa y circunstanciada. Falta de contradicción. Falta de fundamentación de la infracción legal.
Indemnización por daños y perjuicios derivados de enfermedad profesional: procedencia. Prescripción de la acción.
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sobre una reclamación de pensión de viudedad.
Cumplido el requisito de igualdad sustancia en los hechos, fundamentos y las pretensiones de las sentencias comparadas para la viabilidad del recurso de casación para la unificación de doctrina, se tiene que realizando el analisis de contraste y el analisis de la situación
El TS mantiene el pronunciamiento de instancia que, acogiendo la demanda, declaró a la trabajadora actora en situación de Incapacidad Permanente Total derivada de enfermedad profesional, al desestimar el recurso interpuesto por la entidad gestora demandada por falta de contradicción entre las sentencias comparadas.
El TS estima el recurso interpuesto por el actor y declara que reúne el periodo de carencia específico necesario para el supuesto de que se encuentre en situación de incapacidad permanente absoluta por agravación de la total derivada de enfermedad profesional, decretando por ello, de oficio, la nulidad actuaciones reponiéndolas al momento de dictar sentencia por el Juzgador de instancia. Basa la Sala su pronunciamiento en que, en el supuesto de que el trabajador se encuentre en situación de
Se debate en el presente recurso de casación unificadora si la situación de incapacidad temporal reconocida a la trabajadora codemandada deriva de un accidente de trabajo o es la consecuencia de una enfermedad profesional. El TS confirma la sentencia recurrida que mantuvo que la incapacidad temporal de la beneficiaria tenía como contingencia determinante la enfermedad profesional, al desestimar el recurso interpuesto por la empresa demandada, por falta de contradicción entre las sentencias
El TS desestima el recurso interpuesto por el trabajador actor por falta de contradicción entre las sentencias comparadas. Declara la Sala al respecto que una cosa es que aquel suceso pueda ser calificado de accidente de trabajo, que no se niega, y otra distinta las consecuencias derivadas de dicho accidente, concretamente la enfermedad detectada años después, con relación a la cual se niega en la sentencia recurrida la conexión causa-efecto.
El TS estima el recurso interpuesto por el INSS y revoca el pronunciamiento que declara al demandante afectado de una INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA para toda profesión u oficio derivada de ENFERMEDAD PROFESIONAL. Declara la Sala que, la cuestión ha de ventilarse a la luz del artículo 45 de la Orden Ministerial de 15 de abril de 1969 y precisamente del modo que lo hace la sentencia referente, al condicionar la declaración del grado de incapacidad permanente absoluta a la concurrencia del
La cuestión debatida en casación consiste en determinar si en el supuesto de que la base reguladora, calculada con arreglo a las normas específicas para determinarla, supere el máximo de la base de cotización prevista legalmente, basta que el fallo de la sentencia haga referencia a estos topes máximos, aunque establezca como base reguladora de la prestación reconocida una superior a este máximo legal, o, por el contrario, es preciso que el fallo de la sentencia fije expresamente como base
La cuestión debatida consiste en determinar si unas cicatrices quirúrgicas, derivadas de enfermedad profesional, deben dar lugar a indemnización como lesiones permanentes no invalidantes, además de la que corresponda a la limitación funcional producida por las lesiones a que están vinculadas. El TS confirma su procedencia por cuanto en el caso que hoy se enjuicia es evidente que se han producido dos efectos: una limitación en la movilidad del codo que produce una merma en la capacidad del tr
Pensión de viudedad. Contingencia. Enfermedad profesional Asbestosis. Falta de relación precisa y circunstanciada. Falta de contradicción. Falta de fundamentación de la infracción legal.
Indemnización por daños y perjuicios derivados de enfermedad profesional: procedencia. Prescripción de la acción.