Jurisprudencia sobre Enfermedad profesional.
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Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad permanente total
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Social
Supranacional
Constitucional
Ponente
Martin Morillo, Jesus Maria
Colino Rey, Adolfo Matias
Perez Sibon, Maria Del Carmen
Gan Busto, Maria Del Mar
Palos Peñarroya, Ignacio Maria
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
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Enfermedad profesional
Sentencia Social Nº 305/2015, TSJ Cantabria, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 25/2015, 21-04-2015
PRIMERO.- La sentencia de instancia desestima la demanda, en reclamación de la contingencia de enfermedad profesional, respecto de la situación de incapacidad temporal que afectó al demandante desde el 7 de noviembre de 2013 hasta el 4 de febrero de 2014, por haber venido prestando servicios como trefilador postensado, con las funciones que detalla en el ordinal primero, desde el 16-10-2000. Siendo el diagnóstico que padece, el contenido en el ordinal tercero, en ambos hombros, con te
Sentencia Social Nº 8313/2014, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 5458/2014, 15-12-2014
PRIMERO.-Recurre en suplicación la representación de URALITA, S.A. y con correcto amparo procesal en el
apartado c.) del artículo 193 de la LRJS , denuncia la infracción por la sentencia de instancia del artículo 44 del <rel id="715709" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30849" tip
Sentencia Social Nº 7178/2014, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3343/2014, 29-10-2014
PRIMERO.- Recurre la Mutua actora el desfavorable pronunciamiento judicial que, al desestimar la demanda por ella interpuesta, confirma la impugnada resolución administrativa de 27 de septiembre de 2011 según la cual el proceso de IT comprendido entre el 13 de diciembre de 2007 y el 16 de octubre de 2008 (con el 'diagnóstico de trastorno a la marcha y movilidad') 'derivaba de enfermedad profesional'; recurso que formaliza bajo un primer motivo de revisión fáctica dirigido a la modific
Sentencia Social Nº 8112/2014, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 6167/2014, 09-12-2014
PRIMERO.-Se ha formalizado por Uralita S.A recurso de suplicación contra la
sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. 9 de los de Barcelona en fecha 7/3/2014 en la que el Juzgado desestima la demanda presentada por la ahora recurrente contra el I.N.S.S., T.G.S.S. y contra D.
Moises , D.
Pablo y Dª.
Edurne dirigida la misma a que se declarara 'la ausencia de responsabilidad de Uralita S.A. en la enfermedad de D.
Apolonio , revocando la resolución mencionada o subsidiariame
Sentencia Social Nº 774/2014, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 5, Rec 29/2014, 13-10-2014
PRIMERO.- La sentencia de instancia desestima la demanda interpuesta por GRUPO ZENA PIZZA SOCIEDAD COMANDITARIA POR ACCIONES confirmando la resolución de la DIRECCION PROVINCIAL DEL INSS de fecha 12/05/2011. Frente a dicho pronunciamiento se alza la representación procesal de la demandante formulando tres motivos de recurso destinados a la revisión de los hechos declarados probados y a la censura jurídica. El recurso no ha sido impugnado de contrario.
SEGUNDO.- Los dos
Sentencia Social Nº 3299/2015, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 593/2015, 21-05-2015
PRIMERO.-El recurso de suplicación formulado por la representación de URALITA S.A. se dirigen, en primer término y con amparo procesal en el
artículo 193 b) de la LRJS , a la revisión de la exposición fáctica de la sentencia de instancia, interesando la adición de seis nuevos ordinales con el
Sentencia Social Nº 2559/2015, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 729/2015, 14-04-2015
PRIMERO.-En su primer Motivo, al amparo del artículo 193 letra b) de la Ley de la Jurisdicción Social, pare revisar los hechos declarados probados a la vista de las pruebas documentales y periciales practicadas, desea la Mutua recurrente adicionar al hecho probado segundo que en la sentencia que ahí se refiere: ' se determinaba la responsabilidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social
Sentencia Social Nº 2124/2015, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 377/2015, 23-03-2015
PRIMERO.-Recurre en suplicación la empresa demandante, contra la sentencia de instancia que desestima la demanda y confirma en sus términos la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social en la que se le impone recargo de prestaciones de seguridad social del 50%, derivadas de la enfermedad profesional contraída por el causante de la prestación de viudedad objeto del litigio.
Por la vía del
párrafo b) del art. 193 de la <rel id="9197375" uri="http://poolparty.iberl
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Enfermedad profesional
Sentencia Social Nº 305/2015, TSJ Cantabria, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 25/2015, 21-04-2015
PRIMERO.- La sentencia de instancia desestima la demanda, en reclamación de la contingencia de enfermedad profesional, respecto de la situación de incapacidad temporal que afectó al demandante desde el 7 de noviembre de 2013 hasta el 4 de febrero de 2014, por haber venido prestando servicios como trefilador postensado, con las funciones que detalla en el ordinal primero, desde el 16-10-2000. Siendo el diagnóstico que padece, el contenido en el ordinal tercero, en ambos hombros, con te
Sentencia Social Nº 8313/2014, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 5458/2014, 15-12-2014
PRIMERO.-Recurre en suplicación la representación de URALITA, S.A. y con correcto amparo procesal en el
apartado c.) del artículo 193 de la LRJS , denuncia la infracción por la sentencia de instancia del artículo 44 del <rel id="715709" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30849" tip
Sentencia Social Nº 7178/2014, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 3343/2014, 29-10-2014
PRIMERO.- Recurre la Mutua actora el desfavorable pronunciamiento judicial que, al desestimar la demanda por ella interpuesta, confirma la impugnada resolución administrativa de 27 de septiembre de 2011 según la cual el proceso de IT comprendido entre el 13 de diciembre de 2007 y el 16 de octubre de 2008 (con el 'diagnóstico de trastorno a la marcha y movilidad') 'derivaba de enfermedad profesional'; recurso que formaliza bajo un primer motivo de revisión fáctica dirigido a la modific
Sentencia Social Nº 8112/2014, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 6167/2014, 09-12-2014
PRIMERO.-Se ha formalizado por Uralita S.A recurso de suplicación contra la
sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº. 9 de los de Barcelona en fecha 7/3/2014 en la que el Juzgado desestima la demanda presentada por la ahora recurrente contra el I.N.S.S., T.G.S.S. y contra D.
Moises , D.
Pablo y Dª.
Edurne dirigida la misma a que se declarara 'la ausencia de responsabilidad de Uralita S.A. en la enfermedad de D.
Apolonio , revocando la resolución mencionada o subsidiariame
Sentencia Social Nº 774/2014, TSJ Madrid, Sala de lo Social, Sec. 5, Rec 29/2014, 13-10-2014
PRIMERO.- La sentencia de instancia desestima la demanda interpuesta por GRUPO ZENA PIZZA SOCIEDAD COMANDITARIA POR ACCIONES confirmando la resolución de la DIRECCION PROVINCIAL DEL INSS de fecha 12/05/2011. Frente a dicho pronunciamiento se alza la representación procesal de la demandante formulando tres motivos de recurso destinados a la revisión de los hechos declarados probados y a la censura jurídica. El recurso no ha sido impugnado de contrario.
SEGUNDO.- Los dos
Sentencia Social Nº 3299/2015, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 593/2015, 21-05-2015
PRIMERO.-El recurso de suplicación formulado por la representación de URALITA S.A. se dirigen, en primer término y con amparo procesal en el
artículo 193 b) de la LRJS , a la revisión de la exposición fáctica de la sentencia de instancia, interesando la adición de seis nuevos ordinales con el
Sentencia Social Nº 2559/2015, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 729/2015, 14-04-2015
PRIMERO.-En su primer Motivo, al amparo del artículo 193 letra b) de la Ley de la Jurisdicción Social, pare revisar los hechos declarados probados a la vista de las pruebas documentales y periciales practicadas, desea la Mutua recurrente adicionar al hecho probado segundo que en la sentencia que ahí se refiere: ' se determinaba la responsabilidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social
Sentencia Social Nº 2124/2015, TSJ Cataluña, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 377/2015, 23-03-2015
PRIMERO.-Recurre en suplicación la empresa demandante, contra la sentencia de instancia que desestima la demanda y confirma en sus términos la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social en la que se le impone recargo de prestaciones de seguridad social del 50%, derivadas de la enfermedad profesional contraída por el causante de la prestación de viudedad objeto del litigio.
Por la vía del
párrafo b) del art. 193 de la <rel id="9197375" uri="http://poolparty.iberl