Jurisprudencia sobre Cuestión de competencia.
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Cuestión de competencia
Auto Penal TSJ Andalucia, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 43/2017, 16-10-2017
PRIMERO.- Del testimonio de particulares remitido a esta Sala se infiere, por lo que interesa para la decisión de la cuestión de competencia territorial sometida al mismo, lo siguiente.a) El Juzgado de Instrucción nº 5 de Málaga en fecha 14 de octubre de 2016, inicio las Diligencias Previas nº 1873/2016, en base a la denuncia formulada por D. Virgilio , frente al abogado D. Alexis por supuesto delito de estafa. El mencionado Juzgado tras oír al Ministerio Fiscal, acuerda remitir las
Auto Penal Nº 31/2018, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 21/2018, 20-04-2018
PRIMERO.- El artículo 73.3.d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que corresponde a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia la decisión de las cuestiones de competencia entre los órganos judiciales del orden penal con sede en la Comunidad Autónoma y que no tengan otro superior común.Atendido que la sede
Auto Penal TSJ Andalucia, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 44/2017, 17-10-2017
PRIMERO .- Con carácter previo a la resolución de la cuestión de competencia planteada, parece ineludible señalar que las decisiones sobre competencia territorial en materia penal, cuando surgen en la fase instructora, presentan un mero cariz provisional y, por tanto, sin perjuicio de lo que se resuelva en estadios posteriores de la tramitación.SEGUNDO .- Del testimonio de particulares remitido a este Tribunal se infiere, por lo que interesa para la decisión de la cuestión de
Auto Penal Nº 6/2017, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 4/2017, 27-01-2017
PRIMERO.- El artículo 73.3.d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que corresponde a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia la decisión de las cuestiones de competencia entre los órganos judiciales del orden penal con sede en la Comunidad Autónoma y que no tengan otro superior común.Atendido que la sede
Auto Penal TSJ Andalucia, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 41/2017, 13-11-2017
PRIMERO.- Del testimonio de particulares remitido a esta Sala se infiere, por lo que interesa para la decisión de la cuestión de competencia territorial sometida al mismo, lo siguiente.a) El Juzgado de Instrucción nº 1 de Marchena en fecha 17 de enero de 2017, da inicio las Diligencias Previas nº 63/2017, en base al atestado de la Guardia Civil de dicha localidad (atestado nº NUM000 ) ella que acompañaba denuncia formulada por Pablo Jesús por supuesto delito de estafa. El mencionado
Auto Penal TSJ Andalucia, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 47/2017, 11-12-2017
PRIMERO.- Del testimonio de particulares remitido a esta Sala se infiere, por lo que interesa para la decisión de la cuestión de competencia territorial sometida al mismo, lo siguiente.a) El Juzgado de Instrucción nº 4 de Roquetas de Mar,en fecha 3 de octubre de 2016 da inicio a las Diligencias Previas 699/2016, en virtud de denuncia formulada ante la Guardia Civil (atestado NUM000 ) por D. Rodolfo por una supuesta estafa, denuncia que formula en representación de Riticulae CEZ Enter
Auto Penal Nº 21/2017, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 20/2017, 22-03-2017
PRIMERO.- El artículo 73.3.d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que corresponde a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia la decisión de las cuestiones de competencia entre los órganos judiciales del orden penal con sede en la Comunidad Autónoma y que no tengan otro superior común.Atendido que la sede
Auto Penal Nº 16/2017, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 12/2017, 09-03-2017
PRIMERO.- La Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 73.3.d ) establece la competencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia para la decisión de las cuestiones de competencia entre órganos jurisdiccionales del orden penal con sede en la Comunidad Autónoma que no tengan otro superior común, como es el caso de los dos Juzgados entre los que se plantea la presente cue
Auto Penal Nº 77/2018, TSJ Madrid, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 289/2018, 23-10-2018
ÚNICO.- Ante la remisión de las actuaciones por el Juzgado de Instrucción, esta Sala viene manteniendo la postura siguiente recogida en su auto 71/2018, de 16 de octubre (Ponente Sr. Jesús María Santos Vijande): 1º. Que la presentación de una denuncia no obliga a quien la recibe a su admisión a trámite, sin más, sino que con carácter previo debe ponderar si los hechos denunciados revisten o no caracteres de delito o si la denuncia es o no manifiestamente falsa, pues si los hechos denunciados no
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Auto Penal TSJ Andalucia, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 43/2017, 16-10-2017
PRIMERO.- Del testimonio de particulares remitido a esta Sala se infiere, por lo que interesa para la decisión de la cuestión de competencia territorial sometida al mismo, lo siguiente.a) El Juzgado de Instrucción nº 5 de Málaga en fecha 14 de octubre de 2016, inicio las Diligencias Previas nº 1873/2016, en base a la denuncia formulada por D. Virgilio , frente al abogado D. Alexis por supuesto delito de estafa. El mencionado Juzgado tras oír al Ministerio Fiscal, acuerda remitir las
Auto Penal Nº 31/2018, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 21/2018, 20-04-2018
PRIMERO.- El artículo 73.3.d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que corresponde a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia la decisión de las cuestiones de competencia entre los órganos judiciales del orden penal con sede en la Comunidad Autónoma y que no tengan otro superior común.Atendido que la sede
Auto Penal TSJ Andalucia, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 44/2017, 17-10-2017
PRIMERO .- Con carácter previo a la resolución de la cuestión de competencia planteada, parece ineludible señalar que las decisiones sobre competencia territorial en materia penal, cuando surgen en la fase instructora, presentan un mero cariz provisional y, por tanto, sin perjuicio de lo que se resuelva en estadios posteriores de la tramitación.SEGUNDO .- Del testimonio de particulares remitido a este Tribunal se infiere, por lo que interesa para la decisión de la cuestión de
Auto Penal Nº 6/2017, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 4/2017, 27-01-2017
PRIMERO.- El artículo 73.3.d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que corresponde a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia la decisión de las cuestiones de competencia entre los órganos judiciales del orden penal con sede en la Comunidad Autónoma y que no tengan otro superior común.Atendido que la sede
Auto Penal TSJ Andalucia, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 41/2017, 13-11-2017
PRIMERO.- Del testimonio de particulares remitido a esta Sala se infiere, por lo que interesa para la decisión de la cuestión de competencia territorial sometida al mismo, lo siguiente.a) El Juzgado de Instrucción nº 1 de Marchena en fecha 17 de enero de 2017, da inicio las Diligencias Previas nº 63/2017, en base al atestado de la Guardia Civil de dicha localidad (atestado nº NUM000 ) ella que acompañaba denuncia formulada por Pablo Jesús por supuesto delito de estafa. El mencionado
Auto Penal TSJ Andalucia, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 47/2017, 11-12-2017
PRIMERO.- Del testimonio de particulares remitido a esta Sala se infiere, por lo que interesa para la decisión de la cuestión de competencia territorial sometida al mismo, lo siguiente.a) El Juzgado de Instrucción nº 4 de Roquetas de Mar,en fecha 3 de octubre de 2016 da inicio a las Diligencias Previas 699/2016, en virtud de denuncia formulada ante la Guardia Civil (atestado NUM000 ) por D. Rodolfo por una supuesta estafa, denuncia que formula en representación de Riticulae CEZ Enter
Auto Penal Nº 21/2017, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 20/2017, 22-03-2017
PRIMERO.- El artículo 73.3.d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que corresponde a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia la decisión de las cuestiones de competencia entre los órganos judiciales del orden penal con sede en la Comunidad Autónoma y que no tengan otro superior común.Atendido que la sede
Auto Penal Nº 16/2017, TSJ Comunidad Valenciana, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 12/2017, 09-03-2017
PRIMERO.- La Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 73.3.d ) establece la competencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia para la decisión de las cuestiones de competencia entre órganos jurisdiccionales del orden penal con sede en la Comunidad Autónoma que no tengan otro superior común, como es el caso de los dos Juzgados entre los que se plantea la presente cue
Auto Penal Nº 77/2018, TSJ Madrid, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1, Rec 289/2018, 23-10-2018
ÚNICO.- Ante la remisión de las actuaciones por el Juzgado de Instrucción, esta Sala viene manteniendo la postura siguiente recogida en su auto 71/2018, de 16 de octubre (Ponente Sr. Jesús María Santos Vijande): 1º. Que la presentación de una denuncia no obliga a quien la recibe a su admisión a trámite, sin más, sino que con carácter previo debe ponderar si los hechos denunciados revisten o no caracteres de delito o si la denuncia es o no manifiestamente falsa, pues si los hechos denunciados no