Jurisprudencia sobre Copropietario.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Se inadmite
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Garcia De Ceca Benito, Paloma Marta
Cremades Morant, Juan Bautista
Gomis Masque, Maria Dels Angels
Utrillas Carbonell, Fernando
Gutierrez Sanchez, Juan Vicente
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Conclusiones
Otros
PRIMERO.-Motivo del recurso de apelación. Error en la valoración de la prueba . Aún cuando como mantiene la sentencia hoy recurrida aún cuando se firmaron las hojas de asistencia y se entregaron las deliberaciones, lo cierto es que no se comprobaron la procedencia o validez de las mismas antes de iniciarse la Junta por el Secretario-Administrador de la Junta. Ninguno de los testigos confirma este hecho. Por otro lado dos delegaciones en concreto -la de Dª Sara y la de D. Arsenio- son nulas ya
PROPIEDAD HORIZONTAL. Actividades molestas ex artículo 7 de la
Propiedad horizontal. La comunicación al copropietario ausente de los acuerdos de las juntas prevista en el artículo 18.3
Propiedad horizontal. Realización de obras en elementos comunes. Consentimiento tácito y abuso de derecho. El principio de igualdad prohíbe las desigualdades que resulten artificiosas o injustificadas por no venir fundadas en criterios objetivos y razonables, según criterios o juicios de valor generalmente aceptados. En materia de propiedad horizontal, el abuso de derecho, se traduce en el uso de una norma, por parte de la comunidad o de un propietario, con mala fe, en perjuicio de otro u otr
PRIMERO.-Motivo del recurso de apelación. Error en la valoración de la prueba . Aún cuando como mantiene la sentencia hoy recurrida aún cuando se firmaron las hojas de asistencia y se entregaron las deliberaciones, lo cierto es que no se comprobaron la procedencia o validez de las mismas antes de iniciarse la Junta por el Secretario-Administrador de la Junta. Ninguno de los testigos confirma este hecho. Por otro lado dos delegaciones en concreto -la de Dª Sara y la de D. Arsenio- son nulas ya
PROPIEDAD HORIZONTAL. Actividades molestas ex artículo 7 de la
Propiedad horizontal. La comunicación al copropietario ausente de los acuerdos de las juntas prevista en el artículo 18.3
Propiedad horizontal. Realización de obras en elementos comunes. Consentimiento tácito y abuso de derecho. El principio de igualdad prohíbe las desigualdades que resulten artificiosas o injustificadas por no venir fundadas en criterios objetivos y razonables, según criterios o juicios de valor generalmente aceptados. En materia de propiedad horizontal, el abuso de derecho, se traduce en el uso de una norma, por parte de la comunidad o de un propietario, con mala fe, en perjuicio de otro u otr