Jurisprudencia sobre Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Filtros
Voces
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Absuelve
Orden
Civil
Constitucional
Supranacional
Ponente
Arias Rodriguez, Jose Manuel
Andres Cuenca, Rosa Maria
Garcia Garcia, Jesus
Caruana Font De Mora, Gonzalo Maria
Roca De Togores, Luis Seller
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
PRIMERO.- Motivos del recurso de apelación. Todas las acciones ejercitadas en demanda no resultan de aplicación debiendo ser la ley 11/2015 de 18 de junio de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, la que se aplique por tratarse de una norma especial. Falta de legitimación pasiva, incongruencia de la sentencia al ser cuestión pacifica en el procedimiento. Imposibilidad de imputar responsabilidad por incumplimiento de la <rel id="23860151" uri="
PRIMERO.- La sentencia de primera instancia ha estimado en los términos que han quedado expuestos en los Antecedentes de Hecho de esta resolución, la acción resarcitoria por incumplimiento de obligaciones legales deducida con carácter subsidiario en la demanda interpuesta por D. Melchor, acción de responsabilidad civil sustentada en las informaciones incorrectas e inexactas y omisiones de datos relevantes del folleto informativo de la ampliación de capital realizada por BANCO POPULAR en el m
PRIMERO.- La representación del Banco Santander S.A. formula recurso de apelación discrepando de la sentencia recurrida, que afirma que la situación financiera del Banco Popular no se ajustaba a lo determinado en el folleto informativo. Sustentaba en su discurso recursivo, que la acción ejercitada ex art.
PRIMERO.- La sentencia de primera instancia ha estimado la demanda interpuesta por D. Salvador frente a BANCO SANTANDER S.A. acogiendo la acción de nulidad relativa o anulabilidad por concurrencia de vicio del consentimiento deducida en ella con carácter principal en relación a la compra de acciones de BANCO POPULAR S.A. en el mes de junio de 2016, siendo la primera de las cuestiones que debe ser solventada en esta alzada a medio del recurso interpuesto por la entidad bancaria la relativa a
PRIMERO.- Motivos del recurso de apelación. Todas las acciones ejercitadas en demanda no resultan de aplicación debiendo ser la ley 11/2015 de 18 de junio de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, la que se aplique por tratarse de una norma especial. Falta de legitimación pasiva, incongruencia de la sentencia al ser cuestión pacifica en el procedimiento. Imposibilidad de imputar responsabilidad por incumplimiento de la <rel id="23860151" uri="
PRIMERO.- La sentencia de primera instancia ha estimado en los términos que han quedado expuestos en los Antecedentes de Hecho de esta resolución, la acción resarcitoria por incumplimiento de obligaciones legales deducida con carácter subsidiario en la demanda interpuesta por D. Melchor, acción de responsabilidad civil sustentada en las informaciones incorrectas e inexactas y omisiones de datos relevantes del folleto informativo de la ampliación de capital realizada por BANCO POPULAR en el m
PRIMERO.- La representación del Banco Santander S.A. formula recurso de apelación discrepando de la sentencia recurrida, que afirma que la situación financiera del Banco Popular no se ajustaba a lo determinado en el folleto informativo. Sustentaba en su discurso recursivo, que la acción ejercitada ex art.
PRIMERO.- La sentencia de primera instancia ha estimado la demanda interpuesta por D. Salvador frente a BANCO SANTANDER S.A. acogiendo la acción de nulidad relativa o anulabilidad por concurrencia de vicio del consentimiento deducida en ella con carácter principal en relación a la compra de acciones de BANCO POPULAR S.A. en el mes de junio de 2016, siendo la primera de las cuestiones que debe ser solventada en esta alzada a medio del recurso interpuesto por la entidad bancaria la relativa a