Jurisprudencia sobre Cláusula contractual.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Absuelve
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Silvia Oldrini Residenti
Sanz Acosta, Luis Aurelio
Homar, Mateo Lorenzo Ramon
Pellicer Ortiz, Berta
Herrera Tagua, Jose
CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Villagarcía de Arosa, sobre indemnización de daños y perjuicios. En el contrato se pactó por las partes que para el supuesto de resolución unilateral del contrato por parte del cliente, antes de su vencimiento, la demandada debería abonar a la actora una indemnización igual al 50% del importe del mantenimiento pendiente desde el momento de la resoluc
RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA DE VIVIENDA.- La posible negligencia de la promotora en la obtención de la cédula de habitabilidad, no facultaría para la resolución del contrato, pues no se frustaría el fin del mismo, manteniéndose intacta la idoneidad del objeto contractual.-
Se desestima el recurso de apelación formulado por el demandante contra sentencia parcialmente estimatoria del Juzgado Civil nº 8 de Murcia, sobre solicitud
Se estima el recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 56 de Madrid sobre pago de cantidades derivadas de un contrato de obra. La fianza de retención de un 5% del importe facturado es un mecanismo de garantía sustitutivo del seguro de daños materiales o de caución que tiene por finalidad el resarcimiento por los mismos o por defectos de ejecución. Dicha retención se considera vencida conforme a lo pactado en el contrato, siendo exigible su devolución. La eje
La Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de apelación del demandado sobre actualización de rentas; la Sala señala que está acreditado que la renta no es pacífica, no cabiendo acoger como renta la cifrada por el actor en el acto del juicio, ni en el presente recurso, al no constar que la misma sea la realmente debida ni incluso tras actualizaciones de las que no consta su práctica, ni que se hubiesen efectuado en legal forma, añadiendo la Sala que la actualización de la renta de
CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
MATERIAS NO ESPECIFICADAS
Se estima parcialmente el recurso de apelación contra la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Villagarcía de Arosa, sobre indemnización de daños y perjuicios. En el contrato se pactó por las partes que para el supuesto de resolución unilateral del contrato por parte del cliente, antes de su vencimiento, la demandada debería abonar a la actora una indemnización igual al 50% del importe del mantenimiento pendiente desde el momento de la resoluc
RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA DE VIVIENDA.- La posible negligencia de la promotora en la obtención de la cédula de habitabilidad, no facultaría para la resolución del contrato, pues no se frustaría el fin del mismo, manteniéndose intacta la idoneidad del objeto contractual.-
Se desestima el recurso de apelación formulado por el demandante contra sentencia parcialmente estimatoria del Juzgado Civil nº 8 de Murcia, sobre solicitud
Se estima el recurso de apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 56 de Madrid sobre pago de cantidades derivadas de un contrato de obra. La fianza de retención de un 5% del importe facturado es un mecanismo de garantía sustitutivo del seguro de daños materiales o de caución que tiene por finalidad el resarcimiento por los mismos o por defectos de ejecución. Dicha retención se considera vencida conforme a lo pactado en el contrato, siendo exigible su devolución. La eje
La Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de apelación del demandado sobre actualización de rentas; la Sala señala que está acreditado que la renta no es pacífica, no cabiendo acoger como renta la cifrada por el actor en el acto del juicio, ni en el presente recurso, al no constar que la misma sea la realmente debida ni incluso tras actualizaciones de las que no consta su práctica, ni que se hubiesen efectuado en legal forma, añadiendo la Sala que la actualización de la renta de