Jurisprudencia sobre Arras.
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Arras
Sociedad de responsabilidad limitada
Contrato de compraventa
Arras penitenciales
Resolución de los contratos
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Orden
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Cerdan Villalba, Maria Pilar Eugenia
Cremades Morant, Juan Bautista
Valdivieso Polaino, Jose Luis
Font Marquina, Marta
Pereda Gamez, Francisco Javier
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Se desestima el Recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 51 de Madrid, sobre resolución contrato de opción.
Se impugna la resolución que declaró la resolución del contrato de opción de compra entre las partes. Combate la recurrente el importe de la suma por la que se le condena, al incluir en la misma cierta cantidad como cláusula penal. Se desestima el recurso. Debe determinarse la cantidad a pagar por la demandada, ante el incumplimiento del con
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Navalcarnero, sobre acción reivindicatoria de inmueble. La Sala no concuerda con la apreciación del Juez a quo quien rechazó la posibilidad de que los vendedores pudieran apartarse del cumplimiento del contrato, mediante la devolución de las arras otorgadas por el compromiso de compraventa del inmueble. El Tribunal entiende que el contrato de promesa de venta es
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Lleida, sobre contrato de compraventa. El recurrente alega que una de las cláusulas del contrato le permite desistir del mismo a cambio de la devolución de las arras. La Sala estima que dicha cláusula es de resolución ya que no establece unas arras penitenciales que autoricen al desistimiento unilateral del contrato y las dudas que puedan generarse en la interpretación siempre han de
Considera la Sala que si la parte recurrente (en su día reconviniente) no cumplió con sus obligaciones (entregar notarialmente la cantidad pactada para la resolución del contrato) y , pese a ello, vio satisfecha la obligación de la contraria que, con el ejercicio de la acción en el presente se muestra conforme con la resolución pactada, a no dudar no puede el recurrente impetrar la ineficacia del pacto resolutorio por él incumplido y si, por el contrario, el actor recurrido pretender el pago
Se desestima el Recurso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 51 de Madrid, sobre resolución contrato de opción.
Se impugna la resolución que declaró la resolución del contrato de opción de compra entre las partes. Combate la recurrente el importe de la suma por la que se le condena, al incluir en la misma cierta cantidad como cláusula penal. Se desestima el recurso. Debe determinarse la cantidad a pagar por la demandada, ante el incumplimiento del con
Se estima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia desestimatoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Navalcarnero, sobre acción reivindicatoria de inmueble. La Sala no concuerda con la apreciación del Juez a quo quien rechazó la posibilidad de que los vendedores pudieran apartarse del cumplimiento del contrato, mediante la devolución de las arras otorgadas por el compromiso de compraventa del inmueble. El Tribunal entiende que el contrato de promesa de venta es
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Lleida, sobre contrato de compraventa. El recurrente alega que una de las cláusulas del contrato le permite desistir del mismo a cambio de la devolución de las arras. La Sala estima que dicha cláusula es de resolución ya que no establece unas arras penitenciales que autoricen al desistimiento unilateral del contrato y las dudas que puedan generarse en la interpretación siempre han de
Considera la Sala que si la parte recurrente (en su día reconviniente) no cumplió con sus obligaciones (entregar notarialmente la cantidad pactada para la resolución del contrato) y , pese a ello, vio satisfecha la obligación de la contraria que, con el ejercicio de la acción en el presente se muestra conforme con la resolución pactada, a no dudar no puede el recurrente impetrar la ineficacia del pacto resolutorio por él incumplido y si, por el contrario, el actor recurrido pretender el pago