Jurisprudencia de Audiencia Provincial - Pamplona.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Condena
Absuelve
Orden
Civil
Penal
Ponente
Cobo Saenz, Jose Francisco
Erice Martinez, Maria Esther
Goyena Salgado, Francisco Jose
Zubiri Oteiza, Fermin Javier
Huarte Lazaro, Jose Julian
Tipo de sentencia
Sentencia
Tribunal
AP - Pamplona
La AP desestima los recursos de apelación interpuestos por los demandados. La Sala señala que se excluye toda posibilidad de apreciar un enriquecimiento sin causa en la reclamación formulada por el actor, en la medida en que el abono de la cantidad reclamada, equivalente al importe de la renta pactada durante los meses a que se refiere dicha reclamación, constituye, incluso después de resuelto el contrato, una obligación de los arrendatarios.
Absuelve la Sala al condenado en la instancia de un delito de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud , en su modalidad agravada de hechos realizados en establecimiento abierto al público, pues, entre otras consideraciones, no se estima justificado que el agente policial percibiera un concreto acto de tráfico. Las sospechas policiales, acerca de que un camarero que trabaja en un bar se dedicara a la venta de drogas en el mismo, cuando estaba abierto al público, no sirven para fu
La AP desestima el recurso de apelación de la demandante. La Sala señala en sus fundamentos de derecho que en el caso presente concurren los requisitos de poseer en concepto de dueño, justa causa y buena fe en la demandada, a lo que hay que añadir el transcurso del plazo de 20 años, puesto que acrece a la demandada el tiempo transcurrido a favor del causante de ésta.
La AP desestima el recurso de apelación, interpuesto por la demandante. La Sala señala que las representaciones de la obra "El Misterio de San Guillen y Santa Felicia", se llevaron a cabo por la parte demandada sin haber obtenido para ello la previa autorización de la SGAE, infringiéndose así los derechos gestionados por esta entidad.
La AP estima parcialmente el recurso de apelación de la apelante. La Sala señala que está acreditado que los actores invertían el capital en fondos de inversión mobiliaria, tal y como se acredita con la prueba documental y con las cartillas de las que eran titulares y que en modo alguno estaba garantizada la devolución del capital, que estaba sometido a la contingencia propia de los fondos.
Se condena al coimputado de un delito de estafa, con la concurrencia de la agravante específica de especial gravedad, atendiendo al valor de la defraudación, pues en cuanto a la suficiencia del engaño debe señalarse que, si bien la engañada era una sociedad relevante, no por ello debe excluirse toda posibilidad de engañar a la misma, dado que, si bien han de tenerse en cuenta las circunstancias del destinatario del engaño, en este caso, dada la especial índole técnica de la empresa en la
Confirma la Sala la sentencia que estimó la demanda formulada por los actores, por sí y en interés y beneficio de la sociedad de conquistas formada por él y su esposa, ejercitando las acciones de división y alternativamente, para el caso de no ser divisible la finca litigiosa, de adjudicación, con base en el art.
Se absuelve en esta alzada al condenado de un delito de tenencia ilícita de armas, habida cuenta estarse ante un supuesto típico del nº 1 del art.
Conforme al veredicto del jurado, se condena al acusado de un delito asesinato, toda vez que ha sido declarado probado por el Tribunal del Jurado como hecho justiciable que la víctima falleció como consecuencia de la violencia ejercida sobre el mismo por otras personas, ya que no sólo el inicial uso de la violencia sobre el mismo fue sorpresiva, y por ende eliminadora de cualquier defensa que pudiera partir de la victima, sino que además la acción propiamente desencadenante de la muerte, c
La AP desestima los recursos de apelación interpuestos por los demandados. La Sala señala que se excluye toda posibilidad de apreciar un enriquecimiento sin causa en la reclamación formulada por el actor, en la medida en que el abono de la cantidad reclamada, equivalente al importe de la renta pactada durante los meses a que se refiere dicha reclamación, constituye, incluso después de resuelto el contrato, una obligación de los arrendatarios.
Absuelve la Sala al condenado en la instancia de un delito de tráfico de drogas que causan grave daño a la salud , en su modalidad agravada de hechos realizados en establecimiento abierto al público, pues, entre otras consideraciones, no se estima justificado que el agente policial percibiera un concreto acto de tráfico. Las sospechas policiales, acerca de que un camarero que trabaja en un bar se dedicara a la venta de drogas en el mismo, cuando estaba abierto al público, no sirven para fu
La AP desestima el recurso de apelación de la demandante. La Sala señala en sus fundamentos de derecho que en el caso presente concurren los requisitos de poseer en concepto de dueño, justa causa y buena fe en la demandada, a lo que hay que añadir el transcurso del plazo de 20 años, puesto que acrece a la demandada el tiempo transcurrido a favor del causante de ésta.
La AP desestima el recurso de apelación, interpuesto por la demandante. La Sala señala que las representaciones de la obra "El Misterio de San Guillen y Santa Felicia", se llevaron a cabo por la parte demandada sin haber obtenido para ello la previa autorización de la SGAE, infringiéndose así los derechos gestionados por esta entidad.
La AP estima parcialmente el recurso de apelación de la apelante. La Sala señala que está acreditado que los actores invertían el capital en fondos de inversión mobiliaria, tal y como se acredita con la prueba documental y con las cartillas de las que eran titulares y que en modo alguno estaba garantizada la devolución del capital, que estaba sometido a la contingencia propia de los fondos.
Se condena al coimputado de un delito de estafa, con la concurrencia de la agravante específica de especial gravedad, atendiendo al valor de la defraudación, pues en cuanto a la suficiencia del engaño debe señalarse que, si bien la engañada era una sociedad relevante, no por ello debe excluirse toda posibilidad de engañar a la misma, dado que, si bien han de tenerse en cuenta las circunstancias del destinatario del engaño, en este caso, dada la especial índole técnica de la empresa en la
Confirma la Sala la sentencia que estimó la demanda formulada por los actores, por sí y en interés y beneficio de la sociedad de conquistas formada por él y su esposa, ejercitando las acciones de división y alternativamente, para el caso de no ser divisible la finca litigiosa, de adjudicación, con base en el art.
Se absuelve en esta alzada al condenado de un delito de tenencia ilícita de armas, habida cuenta estarse ante un supuesto típico del nº 1 del art.
Conforme al veredicto del jurado, se condena al acusado de un delito asesinato, toda vez que ha sido declarado probado por el Tribunal del Jurado como hecho justiciable que la víctima falleció como consecuencia de la violencia ejercida sobre el mismo por otras personas, ya que no sólo el inicial uso de la violencia sobre el mismo fue sorpresiva, y por ende eliminadora de cualquier defensa que pudiera partir de la victima, sino que además la acción propiamente desencadenante de la muerte, c