Jurisprudencia de Audiencia Provincial - Gipuzkoa.
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Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Absuelve
Orden
Civil
Penal
Ponente
Unanue Arratibel, Juana Maria
Suarez Odriozola, Iñigo Francisco
Domeño Nieto, Yolanda
Blanquez Perez, Luis
Bildarraz Alzuri, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
AP - Gipuzkoa
Búsqueda: Tribunal
AP - Gipuzkoa
Sentencia Penal Nº 50/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 1, Rec 1017/2015, 04-03-2015
PRIMERO.-Debate jurídico.
I.- Con fecha 5 de diciembre de 2014 se dictó Sentencia por la Ilma. Magistrada que sirve el Juzgado de lo Penal nº 1 de Donostia-San Sebastián, resolución en la que condenaba a D.
Pio como autor de un delito de estafa en grado de tentativa a la pena de cuatro meses de prisión junto con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el mismo plazo.
II.- La representación procesal del acusado inter
Sentencia Civil Nº 48/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2310/2014, 27-02-2015
PRIMERO.-
Planteamiento del debate en esta instancia
El Juez del
Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Azpeitia pronunció sentencia, en fecha 21 de mayo de 2014 , en la que acordaba el divorcio del matrimonio formado por D.
Avelino y Dª
Eufrasia adoptando las medidas reguladoras de dicha situación relacionadas en el primer antecedente de la presente resolución.
Ambas partes impugnan la referida sentencia.
La representación de Dª
Eufrasia interesa que:
Sentencia Penal Nº 40/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 1, Rec 1042/2014, 17-02-2015
PRIMERO.- DELIMITACIÓN DEL OBJETO DEL PROCESO
I.-
El Ministerio Fiscal y la acusación particular de BARCLAYS BANK,S.A.U., en el acto del juicio oral, calificaron los hechos como constitutivos de un delito de receptación, en su modalidad de blanqueo de capitales del
art. 301.3º del <rel id="1948765" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30566" tipo="LEGISLAC
Sentencia Civil Nº 40/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2369/2014, 19-02-2015
Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida, en todo lo que no contradigan lo que después se dirá.
PRIMERO.- Por parte de D.
Juan Antonio se ha interpuesto recurso de apelación contra la
sentencia de fecha 17 de Octubre de 2.014, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Irún , en solicitud de que se dicte en su día resolución, por la que acuerde revocar en parte la sentencia recurrida y, mediante un nuevo examen de las actuaciones llevadas a cabo, dicte reso
Sentencia Penal Nº 44/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 1, Rec 1016/2015, 20-02-2015
PRIMERO.-
I.-La sentencia impugnada:
- Absolvió a
Constantino por la falta de injurias por la que fue acusado y
- Le condenó como autor responsable de un delito de maltrato no habitual previsto en el
art. 153.1º del Código Penal , a las penas de 9 meses de prisión e inh
Sentencia Civil Nº 248/2014, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3194/2014, 28-10-2014
Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no se opongan a los que a continuación se exponen y ;
PRIMERO.-En
el recurso interpuesto por la Comunidad de Propietarios de la
CALLE000 nº
NUM000 de Errenteria se exhiben los siguientes motivos de recurso:
.-errónea valoración de la prueba.
Ha de partirse de que en la demanda se ejercita acción declarativa dirigida a que se declare la obligación de reparar una serie de goteras y humedades existentes en
Sentencia Civil Nº 227/2014, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3275/2014, 13-10-2014
PRIMERO.-
GOIKO AUTO,S.A. interpone recurso de apelación contra la
sentencia de 9 de Junio de 2014 dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 8 de San Sebastián en el Juicio Ordinario número 613/13.
Motivación :
1.-Infracción de la Doctrina del TS sobre el concepto de robo en el orden civil en referencia al
artículo 50 de la <rel id="1269228" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30817" tipo
Sentencia Penal Nº 32/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2011/2015, 26-03-2015
Se aceptan los Hechos Probados y los Fundamentos de Derecho contenidos en la Sentencia de instancia.
PRIMERO.- La representación de
Carlos Daniel y
Carlos interpone recurso de apelación frente a la
sentencia de fecha 30 de diciembre de 2014 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 5 de esta capital . y solicita el dictado de una nueva resolución por la cual se les absuelva del delito por el que han sido condenados , subsidiariamente solicita la reducción de la pena a dos meses , rebaja
Sentencia Civil Nº 61/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2057/2015, 17-03-2015
PRIMERO.-
Planteamiento del debate en la presente instancia
Frente a la sentencia dictada por el Ilmo. Magistrado-Juez del Juzgado de lo mercantil nº 1 de Donostia-San Sebastián que estima, en los términos recogidos en el primer antecedente de la presente resolución, la demanda interpuesta por Dª
Soledad y D.
Doroteo frente a KUTXABANK,S.A. ejercitando acumuladamente una acción individual de nulidad de condiciones generales de la contratación prevista en el
art. <rel
Sentencia Penal Nº 14/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3008/2015, 18-02-2015
PRIMERO.-
Dentro del procedimiento de Juicio Faltas 156/2014, tramitado en el
Juzgado de Instrucción nº5 de San Sebastián se dictó sentencia con fecha 3 de diciembre de 2014 , absolviendo a D.
Luis Alberto y a Dña.
Olga por la falta de insultos & amenazas, al agente con nº prof.
NUM002 por falta de vejaciones y al agente con nº prof.
NUM001 por falta de lesiones. Condenando a Dña.
María Dolores por una falta contra el orden público del
art. 634 C.P .
Notificada
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Sentencia Penal Nº 50/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 1, Rec 1017/2015, 04-03-2015
PRIMERO.-Debate jurídico.
I.- Con fecha 5 de diciembre de 2014 se dictó Sentencia por la Ilma. Magistrada que sirve el Juzgado de lo Penal nº 1 de Donostia-San Sebastián, resolución en la que condenaba a D.
Pio como autor de un delito de estafa en grado de tentativa a la pena de cuatro meses de prisión junto con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por el mismo plazo.
II.- La representación procesal del acusado inter
Sentencia Civil Nº 48/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2310/2014, 27-02-2015
PRIMERO.-
Planteamiento del debate en esta instancia
El Juez del
Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Azpeitia pronunció sentencia, en fecha 21 de mayo de 2014 , en la que acordaba el divorcio del matrimonio formado por D.
Avelino y Dª
Eufrasia adoptando las medidas reguladoras de dicha situación relacionadas en el primer antecedente de la presente resolución.
Ambas partes impugnan la referida sentencia.
La representación de Dª
Eufrasia interesa que:
Sentencia Penal Nº 40/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 1, Rec 1042/2014, 17-02-2015
PRIMERO.- DELIMITACIÓN DEL OBJETO DEL PROCESO
I.-
El Ministerio Fiscal y la acusación particular de BARCLAYS BANK,S.A.U., en el acto del juicio oral, calificaron los hechos como constitutivos de un delito de receptación, en su modalidad de blanqueo de capitales del
art. 301.3º del <rel id="1948765" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30566" tipo="LEGISLAC
Sentencia Civil Nº 40/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2369/2014, 19-02-2015
Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia recurrida, en todo lo que no contradigan lo que después se dirá.
PRIMERO.- Por parte de D.
Juan Antonio se ha interpuesto recurso de apelación contra la
sentencia de fecha 17 de Octubre de 2.014, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Irún , en solicitud de que se dicte en su día resolución, por la que acuerde revocar en parte la sentencia recurrida y, mediante un nuevo examen de las actuaciones llevadas a cabo, dicte reso
Sentencia Penal Nº 44/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 1, Rec 1016/2015, 20-02-2015
PRIMERO.-
I.-La sentencia impugnada:
- Absolvió a
Constantino por la falta de injurias por la que fue acusado y
- Le condenó como autor responsable de un delito de maltrato no habitual previsto en el
art. 153.1º del Código Penal , a las penas de 9 meses de prisión e inh
Sentencia Civil Nº 248/2014, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3194/2014, 28-10-2014
Se aceptan los de la resolución recurrida en lo que no se opongan a los que a continuación se exponen y ;
PRIMERO.-En
el recurso interpuesto por la Comunidad de Propietarios de la
CALLE000 nº
NUM000 de Errenteria se exhiben los siguientes motivos de recurso:
.-errónea valoración de la prueba.
Ha de partirse de que en la demanda se ejercita acción declarativa dirigida a que se declare la obligación de reparar una serie de goteras y humedades existentes en
Sentencia Civil Nº 227/2014, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3275/2014, 13-10-2014
PRIMERO.-
GOIKO AUTO,S.A. interpone recurso de apelación contra la
sentencia de 9 de Junio de 2014 dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 8 de San Sebastián en el Juicio Ordinario número 613/13.
Motivación :
1.-Infracción de la Doctrina del TS sobre el concepto de robo en el orden civil en referencia al
artículo 50 de la <rel id="1269228" uri="http://poolparty.iberley.es/Legislacion/30817" tipo
Sentencia Penal Nº 32/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2011/2015, 26-03-2015
Se aceptan los Hechos Probados y los Fundamentos de Derecho contenidos en la Sentencia de instancia.
PRIMERO.- La representación de
Carlos Daniel y
Carlos interpone recurso de apelación frente a la
sentencia de fecha 30 de diciembre de 2014 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 5 de esta capital . y solicita el dictado de una nueva resolución por la cual se les absuelva del delito por el que han sido condenados , subsidiariamente solicita la reducción de la pena a dos meses , rebaja
Sentencia Civil Nº 61/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 2, Rec 2057/2015, 17-03-2015
PRIMERO.-
Planteamiento del debate en la presente instancia
Frente a la sentencia dictada por el Ilmo. Magistrado-Juez del Juzgado de lo mercantil nº 1 de Donostia-San Sebastián que estima, en los términos recogidos en el primer antecedente de la presente resolución, la demanda interpuesta por Dª
Soledad y D.
Doroteo frente a KUTXABANK,S.A. ejercitando acumuladamente una acción individual de nulidad de condiciones generales de la contratación prevista en el
art. <rel
Sentencia Penal Nº 14/2015, AP - Gipuzkoa, Sec. 3, Rec 3008/2015, 18-02-2015
PRIMERO.-
Dentro del procedimiento de Juicio Faltas 156/2014, tramitado en el
Juzgado de Instrucción nº5 de San Sebastián se dictó sentencia con fecha 3 de diciembre de 2014 , absolviendo a D.
Luis Alberto y a Dña.
Olga por la falta de insultos & amenazas, al agente con nº prof.
NUM002 por falta de vejaciones y al agente con nº prof.
NUM001 por falta de lesiones. Condenando a Dña.
María Dolores por una falta contra el orden público del
art. 634 C.P .
Notificada