Jurisprudencia sobre Antenas.
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Estima
Estima parcialmente
Se inadmite
Condena
Orden
Administrativo
Civil
Supranacional
Constitucional
Ponente
Fernandez Montalvo, Rafael
Olea Godoy, Wenceslao Francisco
Otero Pedrouzo, Alfonso
Abárzuza Gil, Miguel Ángel
Fernandez Urzainqui, Francisco Javier
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Barcelona, sobre licencia municipal y certificado de no compatibilidad urbanística para la legalización de la actividad de estación base de telefonía móvil. La doctrina sentada por la Sala establecida en anteriores Sentencias, que se deniega la licencia pretendida en base fundamentalmente a que la instalación que se precisa supera la altura máxima permitida en
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 14 de Barcelona, sobre licencia de actividad solicitada para una estación base de telefonía móvil. Una estación base de telefonía móvil no es una parte integrante de los servicios del edificio de carácter común, no es un servicio común del edificio. Según doctrina sentada por esta Sala, en anterior sentencia se deniega la licencia pretendida en base fundamentalmente
Se desestima el Recurso de Apelación interpuesto contra el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Barcelona, que ratificaba la resolución dictada por el Ayuntamiento demandado que ordenaba la desconexión del Sistema UMTS de una estación de telefonía móvil instalada en edificio, por falta de licencia para ese Sistema UMTS y en base a la orden del Pleno de dicho Ayuntamiento que acordaba la suspensión del otorgamiento de dichas licencias por el plazo de un año
El TSJ estima parcialmente la demanda interpuesta por la entidad recurrente, contra el acuerdo del Ayuntamiento impugnado, en el sentido de anular la referencia a la suspensión del otorgamiento de licencias ambientales para la implantación de instalaciones y usos de radiocomunicación con antenas radiantes en todo el término municipal y en consecuencia, la suspensión en dicho acto acordada, quedará ceñida exclusivamente al otorgamiento de licencias de obras precisas para dicha implantación.
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Barcelona, sobre licencia municipal y certificado de no compatibilidad urbanística para la legalización de la actividad de estación base de telefonía móvil. La doctrina sentada por la Sala establecida en anteriores Sentencias, que se deniega la licencia pretendida en base fundamentalmente a que la instalación que se precisa supera la altura máxima permitida en
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 14 de Barcelona, sobre licencia de actividad solicitada para una estación base de telefonía móvil. Una estación base de telefonía móvil no es una parte integrante de los servicios del edificio de carácter común, no es un servicio común del edificio. Según doctrina sentada por esta Sala, en anterior sentencia se deniega la licencia pretendida en base fundamentalmente
Se desestima el Recurso de Apelación interpuesto contra el auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Barcelona, que ratificaba la resolución dictada por el Ayuntamiento demandado que ordenaba la desconexión del Sistema UMTS de una estación de telefonía móvil instalada en edificio, por falta de licencia para ese Sistema UMTS y en base a la orden del Pleno de dicho Ayuntamiento que acordaba la suspensión del otorgamiento de dichas licencias por el plazo de un año
El TSJ estima parcialmente la demanda interpuesta por la entidad recurrente, contra el acuerdo del Ayuntamiento impugnado, en el sentido de anular la referencia a la suspensión del otorgamiento de licencias ambientales para la implantación de instalaciones y usos de radiocomunicación con antenas radiantes en todo el término municipal y en consecuencia, la suspensión en dicho acto acordada, quedará ceñida exclusivamente al otorgamiento de licencias de obras precisas para dicha implantación.