Jurisprudencia sobre Aduanas.
Filtros
Orden
Administrativo
Supranacional
Constitucional
Ponente
Gallego Laguna, Jose Alberto
Manglano Sada, Luis
Ornosa Fernandez, Maria Rosario
Frias Ponce, Emilio
Santos Gomez, Jose
Tribunal
TSJ Madrid
TSJ Andalucia
Tribunal Supremo
Tribunal de Justicia de la Union Europea
Audiencia Nacional
46250330032011100600 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Valencia Sección: 3 Nº de Resolución: 573/2011 Fecha de Resolución: 10/05/2011 Nº de Recurso: 4350/2008 Jurisdicción: Contencioso Ponente: RAFAEL PEREZ NIETO Procedimiento: CONTENCIOSO Tipo de Resolución: Sentencia
La cuestión que se plantea en el presente recurso se concreta en determinar la posición arancelaria de los altramuces dulces y blancos para consumo animal: sí la 1214.90.99.00 del Arancel de las Comunidades Europeas, con un tipo del 0% por destinarlos a forrajes, según pretensión de la entidad declarante o si, por el contrario, como el Órgano gestor ha entendido, la partida arancelaria aplicable a la mercancía importada es la 1209.29.50.00 del Arancel Integrado, posición arancelaria que tiene
Aduanas. Altramuces forrajeros. Falta de identidad: supuestos de hecho distintos.
46250330032011100600 Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso Sede: Valencia Sección: 3 Nº de Resolución: 573/2011 Fecha de Resolución: 10/05/2011 Nº de Recurso: 4350/2008 Jurisdicción: Contencioso Ponente: RAFAEL PEREZ NIETO Procedimiento: CONTENCIOSO Tipo de Resolución: Sentencia
La cuestión que se plantea en el presente recurso se concreta en determinar la posición arancelaria de los altramuces dulces y blancos para consumo animal: sí la 1214.90.99.00 del Arancel de las Comunidades Europeas, con un tipo del 0% por destinarlos a forrajes, según pretensión de la entidad declarante o si, por el contrario, como el Órgano gestor ha entendido, la partida arancelaria aplicable a la mercancía importada es la 1209.29.50.00 del Arancel Integrado, posición arancelaria que tiene
Aduanas. Altramuces forrajeros. Falta de identidad: supuestos de hecho distintos.