Jurisprudencia sobre Actos de trámite.
Filtros
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Se inadmite
Estima parcialmente
Condena
Orden
Administrativo
Supranacional
Constitucional
Ponente
Fernandez Valverde, Rafael
Canabal Conejos, Francisco Javier
Yagüe Gil, Pedro Jose
Murillo De La Cueva, Pablo Maria Lucas
Altarriba Cano, Carlos
El TSJ desestima el recurso de apelación interpuesto por el recurrente, contra la Sentencia que se anuló el acto en cuanto admitía al proceso selectivo al hoy recurrente. Entiende la Sala que el apartado tercero del art. 34 de la Ley de la Reforma Universitaria condiciona incluso la renovación de los contratos de los profesores ayudantes a que se hubiera obtenido el doctorado, de lo que se desprende que la figura no está prevista exclusivamente para quienes cursen el tercer ciclo de estudios
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ del Principado de Asturias revoca la sentencia apelada que estimó recurso contencioso-administrativo promovido y que anuló oferta de empleo presentada por el Principado para proceder a la selección de técnicos de grado medio. Contra la propuesta de oferta genérica de empleo y el procedimiento llevado a cabo para la selección cabía interponer recurso en vía administrativa cuando las resoluciones o actos deciden directa o indirectamente el fondo
PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Se declara la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, mediante la que se hacen públicas las lista de aspirantes aprobados en la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Titulados de Escalas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio. La Sala declara que la facultad que establece la normativa aplicable a la impugnación realizada, no puede entend
El TSJ, estimando en parte el recurso contencioso-administrativo, anula la resolución recurrida por no ser conforme a derecho la relación de plazas ofertadas en un concurso selectivo para el ingreso en la función pública. La Sala, habida cuenta que el recurso contencioso-administrativo puede interponerse contra los actos de trámite, cuando estos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, y este es el caso del supuesto enjuiciado, pues, aunque no se trata de una resolución de trámit
Se desestima el recurso de apelación interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón sobre inadmisión del recurso contencioso administrativo, al ser el acto objeto de impugnación un acto de trámite, que no decide el fondo del asunto. En el presente caso, la parte apelante, en su recurso de apelación, no hace estudio crítico alguno de la fundamentación del auto apelado, ni lo intenta combatir, no advirtiéndose la existencia de ninguna infra
Se desestima el recurso de apelación interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón sobre inadmisión del recurso contencioso administrativo, al ser el acto objeto de impugnación del mismo un acto de trámite, que no decide el fondo del asunto. En el presente caso, la parte apelante no fundamenta el auto apelado, lo que unido a que no se advierte la existencia de ninguna infracción legal que pueda ser apreciada de oficio, debe conducir a l
El TSJ desestima el recurso de apelación interpuesto por el recurrente, contra la Sentencia que se anuló el acto en cuanto admitía al proceso selectivo al hoy recurrente. Entiende la Sala que el apartado tercero del art. 34 de la Ley de la Reforma Universitaria condiciona incluso la renovación de los contratos de los profesores ayudantes a que se hubiera obtenido el doctorado, de lo que se desprende que la figura no está prevista exclusivamente para quienes cursen el tercer ciclo de estudios
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ del Principado de Asturias revoca la sentencia apelada que estimó recurso contencioso-administrativo promovido y que anuló oferta de empleo presentada por el Principado para proceder a la selección de técnicos de grado medio. Contra la propuesta de oferta genérica de empleo y el procedimiento llevado a cabo para la selección cabía interponer recurso en vía administrativa cuando las resoluciones o actos deciden directa o indirectamente el fondo
PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
Se declara la inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo interpuesto contra resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente, mediante la que se hacen públicas las lista de aspirantes aprobados en la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Titulados de Escalas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio. La Sala declara que la facultad que establece la normativa aplicable a la impugnación realizada, no puede entend
El TSJ, estimando en parte el recurso contencioso-administrativo, anula la resolución recurrida por no ser conforme a derecho la relación de plazas ofertadas en un concurso selectivo para el ingreso en la función pública. La Sala, habida cuenta que el recurso contencioso-administrativo puede interponerse contra los actos de trámite, cuando estos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, y este es el caso del supuesto enjuiciado, pues, aunque no se trata de una resolución de trámit
Se desestima el recurso de apelación interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón sobre inadmisión del recurso contencioso administrativo, al ser el acto objeto de impugnación un acto de trámite, que no decide el fondo del asunto. En el presente caso, la parte apelante, en su recurso de apelación, no hace estudio crítico alguno de la fundamentación del auto apelado, ni lo intenta combatir, no advirtiéndose la existencia de ninguna infra
Se desestima el recurso de apelación interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón sobre inadmisión del recurso contencioso administrativo, al ser el acto objeto de impugnación del mismo un acto de trámite, que no decide el fondo del asunto. En el presente caso, la parte apelante no fundamenta el auto apelado, lo que unido a que no se advierte la existencia de ninguna infracción legal que pueda ser apreciada de oficio, debe conducir a l