Jurisprudencia del año 1998.
Filtros
Año
1998
Voces
Ponente
Carrera Ibarzabal, Jaime
Ruiz Ramo, Jose
De La Torre Aparicio, Miguel Angel
Judel Prieto, Angel Maria
Martinez Sanchez, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Auto aclaratorio
Tribunal
AP A Coruña
Tribunal Constitucional
AP - Pontevedra
AP - Soria
Tribunal de Justicia de la Union Europea
Ayudas de Estado - Recurso de anulación - Plazos - Personas individualmente afectadas - Principio del inversor privado en una economía de mercado - Iniciación del procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 93 del Tratado.
Doctrina:Idot, Laurence: La jurisprudence du tribunal en matière d'aides d'état - Septembre 1998, Europe 1998 Novembre Chron. nº 9 p.6-8Orlandi, M.: Il Foro italiano 1999 IV Col.88-93Kletter, Mark: Beginn des Fristenlaufs im Nichtigkeitsverfahren, European La
Sentencia de 20 de noviembre de 1998
Ponente: FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS
Prescripción de acciones
Plazo anual general
Interrupción
Cómputo
Para que un derecho prescriba no basta con que haya nacido, sino que es además necesario que pueda ser ejercitado, motivo p
Sentencia de 22/12/1998
Tribunal Supremo
Ponente: Martín Valverde Recurso nº 483/1998
Convenios colectivos
Peculiaridades de determinados ámbitos
Personal laboral de Iberia
Los Oficiales Técnicos de a bordo que se encuentren en situación de reserva o de pérdida de licencia y edad comprendida
sentencia de 13 de julio de 1998
Ponente: Excmo. Sr. Don José María Martín Correa
Convenio Colectivo.
Plus de movilidad funcional.
Sobre el plus de movilidad funcional del Convenio Colectivo de 1993-1997. El plus de movilidad funcional gira sobre las doce mensualidades ordinarias del año sin computar las pagas extraordinarias.
<P clsentencia de 24 de enero de 1998
Ponente: Don Luis Manglano Sada
Relación jurídica tributaria.
Deuda tributaria.
Vía de apremio. Ejecución antes de resolver sobre aplazamiento.
Es ilegal la ejecución antes de resolver sobre el aplazamiento de la deuda solicitada.
Leg
Se contrae exclusivamente el recurso de apelación a solicitar la no imposición de costas en ambas instancias, por entender la apelante que existen circunstancias excepcionales para ello, como son la complejidad del asunto y que ambas partes sostienen posturas legítimas, por lo que se limitan a pedir la revocación parcial de la sentencia en el único pronunciamiento de la no imposición de costas en atención a esas circunstancias excepcionales.
Se
Ayudas de Estado - Recurso de anulación - Plazos - Personas individualmente afectadas - Principio del inversor privado en una economía de mercado - Iniciación del procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 93 del Tratado.
Doctrina:Idot, Laurence: La jurisprudence du tribunal en matière d'aides d'état - Septembre 1998, Europe 1998 Novembre Chron. nº 9 p.6-8Orlandi, M.: Il Foro italiano 1999 IV Col.88-93Kletter, Mark: Beginn des Fristenlaufs im Nichtigkeitsverfahren, European La
Sentencia de 20 de noviembre de 1998
Ponente: FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS
Prescripción de acciones
Plazo anual general
Interrupción
Cómputo
Para que un derecho prescriba no basta con que haya nacido, sino que es además necesario que pueda ser ejercitado, motivo p
Sentencia de 22/12/1998
Tribunal Supremo
Ponente: Martín Valverde Recurso nº 483/1998
Convenios colectivos
Peculiaridades de determinados ámbitos
Personal laboral de Iberia
Los Oficiales Técnicos de a bordo que se encuentren en situación de reserva o de pérdida de licencia y edad comprendida
sentencia de 13 de julio de 1998
Ponente: Excmo. Sr. Don José María Martín Correa
Convenio Colectivo.
Plus de movilidad funcional.
Sobre el plus de movilidad funcional del Convenio Colectivo de 1993-1997. El plus de movilidad funcional gira sobre las doce mensualidades ordinarias del año sin computar las pagas extraordinarias.
<P clsentencia de 24 de enero de 1998
Ponente: Don Luis Manglano Sada
Relación jurídica tributaria.
Deuda tributaria.
Vía de apremio. Ejecución antes de resolver sobre aplazamiento.
Es ilegal la ejecución antes de resolver sobre el aplazamiento de la deuda solicitada.
Leg
Se contrae exclusivamente el recurso de apelación a solicitar la no imposición de costas en ambas instancias, por entender la apelante que existen circunstancias excepcionales para ello, como son la complejidad del asunto y que ambas partes sostienen posturas legítimas, por lo que se limitan a pedir la revocación parcial de la sentencia en el único pronunciamiento de la no imposición de costas en atención a esas circunstancias excepcionales.
Se