Subvenciones

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Top Concepts
Familia
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Localización
Extremadura
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Educación y ciencia, Infancia y juventud, Servicios Sociales, Igualdad, Economía Social, Seguridad, Caza y pesca, Deporte, Cultura e idiomas, Estadísticas y encuestas, Desarrollo Local y Rural, Transporte y vehículos, Familia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
25/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención será la que resulte de multiplicar por 6 la base mínima de cotización legalmente establecida para el Régimen General a la Seguridad Social por contingencias comunes que le corresponda al grupo de cotización de la persona trabajadora objeto de subvención vigente al día de publicación de la convocatoria. Las bases diarias mínimas de cotización de los grupos 8, 9, 10 y 11 se multiplicarán por 30.
Finalidad
NOTA: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
1. Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, a contar desde la fecha de inicio de la contratación.
2. No obstante lo anterior y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 16.3 de las bases reguladoras, se habilita un plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación en el DOE de la convocatoria, para que puedan presentarse solicitudes para los contratos para la obtención de práctica profesional cuyas fechas de inicio se hayan producido entre el 30 de marzo de 2022 y el día de publicación de la presente convocatoria.

OBJETO Y FINALIDAD:

1. El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de práctica profesional en la Comuni- dad Autónoma de Extremadura y aprobar la primera convocatoria.

2. Este programa establece ayudas a las entidades enumeradas en el artículo 5 del presente decreto por la contratación de personas desempleadas mediante la modalidad de contrato para la obtención de práctica profesional adecuada a su nivel de estudios, para favorecer la mejora de su empleabilidad a través de la adquisición de experiencia profesional y su incorporación al mercado de trabajo.
Localización
Madrid
Categorías
Industria, Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Energía, Construcción y obras, Seguridad, Medio Ambiente, Transporte y vehículos, Educación y ciencia, Minería, Vivienda e hipotecas, Familia, Consumo, Estadísticas y encuestas, Ferias y congresos, Desarrollo Local y Rural, Comunicación pública, Igualdad, Infancia y juventud, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
05/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El límite máximo de la ayuda en el supuesto de que el beneficiario sea un ayuntamiento, una mancomunidad de ayuntamientos o una entidad urbanística de conservación será de 1.000.000 de euros por área de actuación o 1.000.000 de euros por beneficiario; en ambos casos en el ejercicio en el que se notifique la resolución de concesión de ayuda para dicho proyecto; El límite máximo de la ayuda para el resto de beneficiarios, sometidos a la normativa de minimis, será de 200.000 euros por beneficiario y, en todo caso 1.000.000 euros por área de actuación, en ambos casos en el ejercicio en el que se notifique la resolución de concesión de ayuda para dicho proyecto.
Finalidad
El objeto de las presentes normas reguladoras es el establecimiento del procedimiento de concesión directa de ayudas para la mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios en los polígonos industriales, áreas empresariales y áreas industriales de la Comunidad de Madrid.

Es una medida prioritaria para el desarrollo del sector industrial de la Comunidad de Madrid, cuya finalidad es mejorar la competitividad de las empresas, recuperar el entorno empresarial y la propia imagen de estas áreas, permitir la adaptación de estos espacios al modelo de Industria 4.0 y digitalización de la empresa, además de incrementar su seguridad y mejorar su eficiencia energética y medioambiental.
Localización
Madrid
Categorías
Empresa, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Educación y ciencia, Igualdad, Familia, Seguridad, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Infancia y juventud
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
05/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El límite máximo de subvención, incluyendo todos los conceptos de gasto, será de 250.000 euros para las medianas empresas y de 350.000 euros para las pequeñas empresas; El límite máximo de subvención por gastos de consultoría será de 20.000 euros.
Finalidad
El objeto de la presente norma reguladora es el establecimiento del procedimiento de concesión directa de ayudas a pymes, con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid, para financiar la implementación de proyectos destinados a su digitalización, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa de la Comunidad de Madrid 2021-2027.

Esta es una medida prioritaria de carácter económico para el desarrollo de las pymes industriales madrileñas que les permitirá avanzar de forma acelerada en la implementación de tecnologías para la digitalización de sus procesos, productos y servicios, con la finalidad de incrementar así la productividad y la competitividad empresarial.
Localización
BOE
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Comercio y marketing, Turismo y agencias de viajes, Educación y ciencia, Estadísticas y encuestas, Seguridad, Medio Ambiente, Igualdad, Servicios Sociales, Familia, Economía Social, Transporte y vehículos, Consumo, Energía, Vivienda e hipotecas, Agricultura, Deporte, Construcción y obras
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
16/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Se establece un límite máximo subvencionable de 150.000 euros
Finalidad
Mediante esta orden se establecen las bases reguladoras y el procedimiento de concesión y gestión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto que incorporen, entre otras, medidas de reducción de la jornada laboral.

Localización
BOE
Categorías
Economía Social, Empleo y contratación, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Medio Ambiente, Desarrollo Local y Rural, Igualdad, Infancia y juventud, Industria, Educación y ciencia, Seguridad, Comercio y marketing, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Familia, Sector Financiero/Bancario, Energía, Vivienda e hipotecas, Ferias y congresos
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
14/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras y efectuar la convocatoria para los años 2022 y 2023 de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de, al menos, treinta proyectos de carácter innovador en materia de Economía Social, atendiendo a lo que se establece en el objetivo número 349 del Anexo de la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (COM(2021) 322 final), a finalizar en el cuarto trimestre de 2023,a través de los siguientes programas:

a)? Programa de generación y mantenimiento del empleo de empresas viables que estén atravesando dificultades o sin relevo generacional, mediante su conversión en fórmulas empresariales de la Economía Social (cooperativas y sociedades laborales), gestionadas por sus trabajadoras y trabajadores.

b)? Programa de creación y consolidación del tejido productivo de la Economía Social con carácter innovador, incidiendo en el relevo generacional y en el emprendimiento juvenil.

c)? Proyectos trasformadores de apoyo a la modernización tecnológica de las empresas de la Economía Social mediante la creación de plataformas digitales, la automatización de procesos y el uso de herramientas tecnológicas con el fin de mejorar el bienestar de la ciudadanía, especialmente en las zonas rurales.

d)? Promoción de las redes de cooperativas, sociedades laborales y otras fórmulas de Economía Social acompañada de medidas de capacitación y formación para ofrecer nuevos servicios integrales a la sociedad.

e)? Programa de impulso de las transiciones sostenibles e inclusivas de empresas de la Economía Social y de colectivos en situación de vulnerabilidad.
Localización
Madrid
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Familia, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Igualdad, Seguridad, Justicia, Empresa
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
12/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de la cuantía de la ayuda a la conciliación contemplada en esta Orden será 14 euros por día de asistencia a la formación. Se abonará una vez finalizada la acción formativa, o período de prácticas, en función de los días de asistencia acreditados por el Centro de formación.
Finalidad
El objeto de las normas aprobadas en la presente Orden es la regulación de la ayuda a la conciliación para trabajadores desempleados que participen en acciones de formación, en modalidad presencial y en las jornadas de presencia obligatoria de las acciones de modalidad tele formación, integradas en el Sistema de Formación Profesional para el Empleo financiadas con fondos públicos por parte de la Dirección General de Formación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

La finalidad de la ayuda regulada en esta Orden es permitir a las personas desempleadas conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado, siempre que al inicio de la acción formativa cumplan el requisito de carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 por ciento del ?Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples? (IPREM).
Localización
Canarias
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Medio Ambiente, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Servicios Sociales, Hostelería y hoteles, Transporte y vehículos, Seguridad, Igualdad, Desarrollo Local y Rural, Ferias y congresos, Turismo y agencias de viajes, Estadísticas y encuestas, Energía, Cultura e idiomas, Agricultura, Consumo, Economía Social, Comunicación pública, Vivienda e hipotecas, Familia, Comercio y marketing, Caza y pesca, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
05/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Cada módulo de formación tendrá una subvención fija de un mínimo de 245 euros por persona formada, para la formación de 30 horas, y un máximo de 549 euros por persona formada, para los módulos formativos que alcancen las 60 horas de formación, siendo los gastos máximos proporcionales al número de horas en acciones formativas mayores de 30 y menores de 60 horas, aplicándose para el cálculo de la proporcionalidad el módulo de 549 euros. El importe que se podrá conceder será de 300.000 euros para las entidades beneficiarias de los apartados 1 y 3 de la base reguladora tercera, y de 500.000 euros para las entidades beneficiarias previstas en el apartado 2 de la base reguladora tercera, pudiéndose incrementar de forma proporcional para todas las modalidades previstas, en caso de no agotarse el crédito en cada una de las modalidades, sin que en ningún caso supere la cuantía de 500.000 euros para las entidades beneficiarias de los apartados 1 y 3, y de 700.000 euros para las entidades beneficiarias del apartado 2.
Finalidad
1. La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, en sectores estratégicos, de acuerdo con la dotación presupuestaria asignada a tal fin, incluida en la Inversión 1 del Componente 20 ?Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional? del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Las ayudas que se financien con arreglo a esta orden se enmarcan en la Inversión 1, reskilling y upskilling de la población activa ligado a cualificaciones profesionales del componente 20 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, Plan de Recuperación) del Gobierno de España, y contribuirán al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora del mecanismo de recuperación y resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.

2. La finalidad es conceder subvenciones a las entidades beneficiarias previstas en la base reguladora tercera para el desarrollo de proyectos que contribuyan a los objetivos descritos en el apartado anterior.
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Vivienda e hipotecas, Economía Social, Empresa, Construcción y obras, Servicios Sociales, Familia, Seguridad, Igualdad, Empleo y contratación, Consumo
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
02/12/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la ayuda será de hasta el 60% del coste subvencionable por la adquisición, con un límite máximo de 75.000 euros por vivienda. La ayuda podrá ser de hasta el 100 % del precio o coste de subvencionable con el límite de 75.000 euros por vivienda, cuando se aplique a la adquisición de una vivienda propiedad de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB)
Finalidad
1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de incremento del parque público de viviendas del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, de conformidad con el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

2. La finalidad de las ayudas reguladas en esta orden es fomentar la oferta de vivienda social en alquiler o cesión en uso, que permita el acceso a la vivienda de personas con rentas limitadas.
Localización
Baleares
Categorías
Educación y ciencia, Igualdad, Empleo y contratación, Familia, Economía Social, Servicios Sociales, Empresa, Cultura e idiomas, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Infancia y juventud, Justicia, Turismo y agencias de viajes, Ocio y tiempo libre, Deporte, Seguridad
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
30/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
-
Finalidad
El objeto de esta convocatoria es subvencionar la organización del servicio de escuela matinal que lleven a cabo centros educativos concertados y asociaciones de madres y padres de los centros concertados de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, especialmente entre las unidades familiares con más necesidad de protección.
Localización
Canarias
Categorías
Empresa, Economía Social, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Transporte y vehículos, Igualdad, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Deporte, Cultura e idiomas, Industria, Sector Financiero/Bancario, Vivienda e hipotecas, Comercio y marketing, Hostelería y hoteles, Infancia y juventud, Seguridad, Ocio y tiempo libre, Energía, Educación y ciencia, Familia, Construcción y obras, Comunicación pública, Artesanía, Turismo y agencias de viajes, Consumo
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
29/11/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención se determinará mediante la aplicación de un porcentaje máximo sobre el importe subvencionable de la inversión realizada, sin que pueda rebasarse ninguno de los límites siguientes: a) Con carácter general, hasta el 50% del coste de adquisición de los activos subvencionables. b) El 40%, con el límite de 100.000 euros por beneficiaria, para las inversiones destinadas a la adquisición de edificios o a la realización de obras o instalaciones técnicas en los mismos, así como a la adquisición de terrenos, pudiéndose incrementar hasta el 50% cuando la inversión tenga lugar en las islas de La Palma, El Hierro, Fuerteventura, La Gomera o Lanzarote y esté destinada al establecimiento de una sede en dichas islas o directamente relacionada con la actividad de la entidad.
Finalidad
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por parte del Servicio Canario de Empleo (en adelante SCE) destinadas a la financiación de inversiones en sociedades cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción (en adelante empresas de economía social), en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El objetivo es, por un lado, dar soporte financiero para la las inversiones productivas en la creación de nuevas empresas de economía social y, por otro, incentivar la modernización e innovación de los activos fijos de las empresas existentes de esta tipología, mejorando su competitividad y facilitando su consolidación.

En concreto podrá ser objeto de subvención la realización de inversiones en activos fijos o inmovilizado, en operaciones de adquisición de la propiedad, plena y no condicionada, de bienes específicamente afectos a la realización del objeto social de la entidad, de conformidad con los estatutos sociales vigentes en la fecha de presentación de la solicitud, siempre que dicha inversión contribuya a la consecución de los mencionados objetivos.

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