Subvenciones

Subvenciones

Quisiste decir...

Filtros

Voces


Boletín


Tipo Subvención


Beneficiario


Quisiste decir...
Top Concepts
Servicios Sociales
Top Concepts
Servicios Sociales
Localización
País Vasco
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Agricultura, Educación y ciencia, Medio Ambiente, Servicios Sociales, Empresa, Igualdad, Empleo y contratación, Industria, Cultura e idiomas, Transporte y vehículos, Economía Social, Vivienda e hipotecas, Energía, Justicia, Consumo
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
24/10/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
El límite máximo de la ayuda por solicitud será de hasta 25.000 euros.
Finalidad
1.? El presente Decreto tiene por objeto regular el Programa de ayudas al diseño de Proyectos Tractores Transversales Colaborativos de Investigación y Desarrollo en los ámbitos del «Envejecimiento Saludable», la «Movilidad Eléctrica» y la «Economía Circular», que resulten de la integración de los diferentes proyectos presentados por las entidades solicitantes de la ayuda y que puedan ofrecer respuestas a los retos y objetivos establecidos para cada Iniciativa Tractora Transversal.

2.? La presente normativa se acoge al artículo 25 del Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, por el que se declaran las ayudas a Proyectos de Investigación y Desarrollo compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.
Localización
Castilla-La Mancha
Categorías
Servicios Sociales, Igualdad, Empleo y contratación, Empresa, Economía Social, Educación y ciencia, Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social
F. Publicación
11/11/2021
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
-
Finalidad
-
Localización
La Rioja
Categorías
Vivienda e hipotecas, Servicios Sociales, Ganadería, Agricultura, Transporte y vehículos, Familia, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Educación y ciencia, Economía Social, Empleo y contratación
Beneficiarios
Comunidades de propietarios, Particulares
F. Publicación
21/10/2022
Plazo Solicitud
ABIERTO hasta 01/09/2025
Cantidad
Se concederá a las personas beneficiarias una ayuda de hasta el 100 % de la renta arrendaticia mensual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente.
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras en régimen de concesión directa del Programa de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida regulado en el Capítulo V del Título II del Real Decret 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

La finalidad de este programa es conceder una ayuda para el pago del alquiler a las personas arrendatarias de vivienda habitual en el supuesto de vulnerabilidad sobrevenida.
Localización
La Rioja
Categorías
Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Servicios Sociales, Ganadería, Agricultura, Empresa, Economía Social, Comercio y marketing, Seguridad, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Deporte
Beneficiarios
Administraciones públicas, Comunidades de propietarios, Empresas y autónomos, Particulares
F. Publicación
21/10/2022
Plazo Solicitud
ABIERTO hasta 01/09/2025
Cantidad
1. La cuantía máxima de la subvención a conceder no podrá superar los límites previstos en el artículo 114, del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero: a) 12.500 euros por vivienda cuando se solicita para actuaciones correspondientes a viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila. Esta ayuda se podrá incrementar hasta 15.000 euros por vivienda si reside una persona con discapacidad y hasta 18.000 euros por vivienda si ésta acredita un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %. b) 9.000 euros por vivienda y 90 euros por metro cuadrado de superficie construida de local comercial u otros usos compatibles, cuando se solicite para actuaciones correspondientes a edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, interviniendo tanto en sus elementos comunes como en el interior de cada vivienda. c) 6.000 euros por vivienda cuando se solicita para actuaciones correspondientes a viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva. d) El 60 % del coste de la actuación. Este porcentaje se podrá incrementar hasta el 80 % si en la vivienda o una de las personas que resida en el edificio sea una persona con discapacidad o mayor de sesenta y cinco años.
Finalidad
La presente orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concesión directa, de las ayudas del programa de mejora de la accesibilidad en y a viviendas recogidos en el Capítulo XII, del Título II, del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Localización
Cataluña
Categorías
Medio Ambiente, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Energía, Ocio y tiempo libre, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Seguridad, Reparación daños fenómenos naturales, Transporte y vehículos, Igualdad, Turismo y agencias de viajes, Ferias y congresos
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
21/10/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
La convocatoria establece la posición presupuestaria a la que se deben imputar las subvenciones y determina la cuantía máxima para esta línea.
Finalidad
El objetivo principal de estas subvenciones es fomentar y dar apoyo a los proyectos de inversiones de las estaciones de esquí alpino, destinadas a las siguientes finalidades:

- Promover la innovación tecnológica de los sistemas digitales de control de acceso a la estación y de servicios, que sean compatibles en un sistema unificado para todas las estaciones catalanas y que permitan desarrollar aplicaciones ajustadas a las necesidades de las personas usuarias.

- Contribuir a ampliar la cobertura actual de producción y renovar las instalaciones de nieve para garantizar la disponibilidad del manto nival en las zonas principales de la estación y reducir su incertidumbre, al mismo tiempo que se mejora la eficiencia energética de las instalaciones y su sostenibilidad.

- Facilitar las grandes inspecciones de remontes mecánicos para garantizar su continuidad y su seguridad, renovar remontes y maquinaria obsoleta para modernizarlos con criterios de sostenibilidad y mejora de su eficiencia energética e instalar remontes y transporte para nuevas actividades y nuevos segmentos de usuarios, tanto de invierno como de verano, o para unir dominios esquiables existentes.

- Rehabilitar edificios de servicios existentes, establecimientos de restauración, aparcamientos, cabañas o refugios de montaña, destinados a las personas usuarias de la estación, y los entornos naturales próximos para hacerlos más sostenibles y polivalentes, y también la ampliación o nueva construcción de edificios de servicios para nuevas actividades de invierno o de verano y nuevos segmentos de usuarios.

Además de la utilidad pública y el interés social de las finalidades señaladas, se considera también de interés público, económico y social, garantizar el mantenimiento de la actividad en las estaciones de esquí alpino y de montaña, en la medida en que la riqueza, el mantenimiento y el aumento del empleo que se puedan generar repercuten directa e indirectamente en beneficio de las comarcas de montaña y de sus poblaciones.
Localización
Madrid
Categorías
Servicios Sociales, Economía Social, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Familia, Infancia y juventud, Empresa
Beneficiarios
Particulares
F. Publicación
30/06/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
Finalidad
Localización
Madrid
Categorías
Empleo y contratación, Educación y ciencia, Empresa, Servicios Sociales, Medio Ambiente, Sector Financiero/Bancario, Economía Social, Familia, Seguridad, Transporte y vehículos, Estadísticas y encuestas, Comunicación pública, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Justicia, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Asociaciones y economía social
F. Publicación
19/10/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
La cuantía de la subvención será un módulo de 5.454 euros a percibir por cada persona participante que concluya el intinerario personalizado que se le haya diseñado.
Finalidad
1. La presente Orden tiene como objeto la aprobación de las bases reguladoras y de la convocatoria para el año 2022 de las subvenciones para la realización de ?Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-Colectivos vulnerables?, cuyo objeto consiste en promover el desarrollo de proyectos integrados de inserción laboral, a través de itinerarios individualizados y personalizados, que deberán dirigirse a los colectivos vulnerables del artículo 5, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

2. Las ayudas para la gestión de itinerarios personalizados de inserción tienen como finalidad mejorar la empleabilidad de las personas destinatarias de estas ayudas mediante su participación en dichos itinerarios.
Localización
Asturias
Categorías
Transporte y vehículos, Empresa, Empleo y contratación, Servicios Sociales, Medio Ambiente, Comercio y marketing
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
19/10/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
El importe definitivo de cada subvención se determinará dentro del importe máximo previsto en la partida correspondiente del presupuesto anual.
Finalidad
El objeto de estas subvenciones es la adquisición de vehículos nuevos adaptados o la adaptación de los mismos, así como la compra de vehículos usados ya adaptados de las categorías M1, M2 y M3, que dispongan de autorización de transportes de las series VD y VT y reúnan las características de accesibilidad definidas en esta Resolución.

En el caso de adquisición de vehículos nuevos adaptados y adaptación de los ya existentes únicamente serán subvencionables los costes de la adaptación del vehículo a la normativa que más abajo se señala.

En el caso de adquisición de vehículos usados ya adaptados el importe subvencionable será equivalente al porcentaje que representó el coste de la adaptación sobre el coste total del vehículo cuando fue adquirido por el primer propietario del vehículo (si el coste de la primera adaptación supuso el 10% del precio total, el importe a subvencionar será el 10% del precio de adquisición del actual propietario)

Solo será objeto de subvención un máximo de dos vehículos por empresa.

Las características técnicas de los vehículos cuya adquisición o reforma puede ser objeto de ayuda deberán cumplir con los requisitos indicados en el anexo VII de la Directiva 2001/85, y el Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.

Serán subvencionables las actuaciones realizadas durante el período que se indique en cada convocatoria anual. No se considerará subvencionable el IVA soportado.

Asimismo, siendo el procedimiento de concesión el de concurrencia competitiva, excepcionalmente en este caso será el de prorrateo al sólo tenerse en cuenta para la concesión de las mismas el coste de las inversiones subvencionables dentro del período al que se haga referencia en la Resolución de convocatoria anual de las mismas. El procedimiento de prorrateo permite que todos los solicitantes de subvención puedan obtener la misma de forma proporcional a la inversión realizada y el crédito disponible en cada convocatoria, fomentando de este modo la adaptación de vehículos.
Localización
Comunidad Valenciana
Categorías
Educación y ciencia, Empleo y contratación, Cultura e idiomas, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Comercio y marketing, Medio Ambiente, Vivienda e hipotecas, Industria, Servicios Sociales, Construcción y obras, Consumo, Energía, Estadísticas y encuestas, Hostelería y hoteles, Comunicación pública, Transporte y vehículos, Igualdad, Justicia, Infancia y juventud, Familia, Turismo y agencias de viajes, Agricultura, Sector Financiero/Bancario
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
18/10/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
La creación de seis líneas nominativas por importe de 6.921.948 euros; - «Colaboración con Fundación de la CV Escuela de Formación Profesional FEMPA, Cualificaciones Profesionales y Formación del Sector Metal.» por importe de 1.823.778,00 € - «Colaboración con el Consejo de Cámaras de Comercio de la C.V.» por importe de 500.000,00 € - «Colaboración con Cruz Roja» por importe de 800.000,00 € - «Colaboración con la Federación Empresarial Metalúrgica Valenciana, FEMEVAL» por importe de 1.301.862,00 € - «Colaboración con Fundación Laboral Construcción» por importe de 1.396.308,00 € - «Colaboración con los Institutos Tecnólogicos REDIT» por importe de 1.100.000,00 €
Finalidad


Este decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras, que constan como Anexo I, y la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público de tipo social y económico, de seis subvenciones, todas ellas en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, a las siguientes entidades: Cruz Roja Española, Fundación de la Comunitat Valenciana Escuela de Formación Profesional FEMPA Cualificaciones Profesionales y Formación del Sector Metal (Fundación CV Escuela de FP FEMPA), Federación Empresarial Metalúrgica Valenciana (FEMEVAL), Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunidad Valenciana, Red de Institutos Tecnológicos (REDIT), y Fundación Laboral de la Construcción.

Todas estas subvenciones irán dirigidas a la impartición de acciones de formación no formal, de carácter modular y destinadas al reskilling y upskilling de personas trabajadoras, tanto ocupadas, como desempleadas residentes en la Comunidad Valenciana. Asimismo, es condición indispensable que dicha formación esté vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales durante el ejercicio 2022, y pertenecientes cada una de ellas a uno o varios de los sectores estratégicos incluidos en el Plan de modernización de la Formación Profesional u a otros sectores de interés debidamente justificados.

Todas las acciones financiadas por las concesiones directas se llevarán a cabo en el plazo de un año desde la notificación de la resolución de concesión.

Localización
Cataluña
Categorías
Empleo y contratación, Servicios Sociales, Empresa, Igualdad, Economía Social, Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Seguridad, Medio Ambiente, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Consumo, Infancia y juventud, Familia, Deporte
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
18/10/2022
Plazo Solicitud
Ver Detalles hasta ----
Cantidad
La cuantía de la subvención a otorgar por las actuaciones reguladas en la presente Orden es la siguiente: a) Apoyo salarial a la transición del trabajo a la jubilación. b) Acompañamiento especializado en el proceso de transición a la jubilación.
Finalidad
El objeto de estas bases es regular el procedimiento de concesión de las subvenciones para el apoyo a puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad afectadas por envejecimiento prematuro en centros especiales de trabajo.

En cuanto a los fondos asignados por parte de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, estas actuaciones contribuyen a alcanzar los objetivos estructurales establecidos en el eje 3, oportunidades de empleo.

1458 Resultados