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Top Concepts
Servicios Sociales
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Localización
Murcia
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Economía Social, Familia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Participación ciudadana, Agricultura, Seguridad, Caza y pesca
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
10/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de 1.000,00 euros
Finalidad

1. El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el establecimiento como trabajadores autónomos de personas que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por primera vez, o hayan pasado más de 2 años desde la última vez que se dieron de alta en dicho régimen. También la reincorporación de las trabajadoras por cuenta propia o autónomas en determinados supuestos que prevé esta norma cuando vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia, dándose de alta en RETA, dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese.
2. El ámbito territorial de aplicación de esta Orden se circunscribe al territorio de la Región de Murcia.

Localización
BOE
Categorías
Educación y ciencia, Cultura e idiomas, Ferias y congresos, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empleo y contratación, Servicios Sociales
Beneficiarios
Asociaciones y economía social
F. Publicación
17/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Cantabria
Categorías
Servicios Sociales, Vivienda e hipotecas, Construcción y obras, Transporte y vehículos, Empleo y contratación, Igualdad, Energía, Empresa, Educación y ciencia
Beneficiarios
Administraciones públicas, Particulares
F. Publicación
07/03/2022
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
Aragón
Categorías
Empleo y contratación, Infancia y juventud, Empresa, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Cultura e idiomas, Servicios Sociales, Igualdad, Educación y ciencia, Caza y pesca, Medio Ambiente, Economía Social, Seguridad, Deporte, Familia, Turismo y agencias de viajes, Ocio y tiempo libre, Participación ciudadana, Construcción y obras, Vivienda e hipotecas, Estadísticas y encuestas, Comunicación pública, Consumo
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social
F. Publicación
01/02/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Las ayudas a la contratación previstas en la presente Orden y vinculadas a costes directos de personal se determinan conforme a la modalidad de costes unitarios establecida en el artículo 53 y siguientes del RDC. El cálculo de la subvención por persona joven contratada se realizará conforme a la siguiente fórmula: Coste Unitario multiplicado por el número de meses completos de duración del contrato inicial, con el límite máximo de 10 meses subvencionables.
Finalidad
La presente Orden tiene por objeto aprobar el "Programa JOVEM" de fomento del empleo juvenil cuya finalidad es favorecer la empleabilidad, la mejora de las competencias profesionales y la adquisición de experiencia laboral de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil a través de su participación en proyectos de interés general y social promovidos por entidades locales, organismos, corporaciones y empresas públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de colaboración con el Instituto Aragonés de Empleo, que se ejecuten o presten en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Localización
Madrid
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Industria, Comercio y marketing, Familia, Ferias y congresos, Seguridad, Servicios Sociales, Igualdad, Infancia y juventud, Cultura e idiomas, Vivienda e hipotecas, Estadísticas y encuestas, Construcción y obras, Justicia
Beneficiarios
Administraciones públicas, Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
25/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la ayuda será como máximo de 450.000 euros por proyecto.
Finalidad
NOTA: PLAZO
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
OBJETO Y FINALIDAD
El objeto de la presente orden es establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo comprendido en las prioridades de la Estrategia Regional de Especialización Inteligente (S3) de la Comunidad de Madrid a través de entidades de enlace de la innovación tecnológica y proceder a la convocatoria de las ayudas correspondientes al año 2022.

1. Las bases reguladoras que se aprueban mediante la presente orden se dirigen con carácter general al cumplimiento de los siguientes fines:

a) Promover la innovación y transferencia tecnológica al tejido empresarial, así como estimular el uso de la innovación, en especial, para desarrollar nuevos productos, procesos y servicios, o mejoras en los ya existentes.

b) Potenciar la colaboración entre empresas e investigadores e innovadores tecnológicos para facilitar la transferencia y uso de la innovación tecnológica en el sector productivo.

c) Impulsar la colaboración público-privada en innovación y transferencia tecnológica, especialmente para fortalecer las líneas de innovación tecnológica de las empresas madrileñas y para desarrollar proyectos tecnológicos e industriales junto con las Universidades, Parques Científicos, Organismos Públicos de Investigación o las fundaciones de investigación hospitalarias, etc.

d) Potenciar el desarrollo de nuevas ideas empresariales y de nuevas empresas de base tecnológica (spin-off?s; start-up?s; nuevas empresas de base tecnológica: EBT?s/EBC?s) desde universidades, centros u organismos de investigación o fundaciones de investigación hospitalaria, a través de centros o unidades de enlace que pongan a su disposición los medios y servicios necesarios para que las empresas puedan innovar y mejorar su posición en el entorno empresarial.

e) Facilitar a emprendedores y nuevas empresas de base tecnológica el acceso al mercado en condiciones competitivas, mediante servicios de consultoría y asesoría técnica, financiera, jurídica, tecnológica y de gestión y desarrollo empresarial, así como acompañar a empresas innovadoras ya creadas en su proceso de desarrollo, financiación y crecimiento.

f) Impulsar el aprovechamiento, por parte de las empresas, de las entidades de transferencia tecnológica y de las facilitadoras de la cooperación entre los diferentes subsistemas (ciencia-empresa-administración-usuarios) para dar apoyo al tejido empresarial en las diferentes etapas del proceso de generación y uso de la innovación tecnológica, desde la fase de emprendimiento, crecimiento, generación de innovación, etc. hasta la transferencia de conocimiento, incluyendo el resto de etapas intermedias.

g) Fomentar y desarrollar actividades de difusión, estímulo y dinamización de la cultura de innovación empresarial y cooperación tecnológica, entre ellas, análisis, divulgación, formación y mayor accesibilidad de la innovación tecnológica.

h) Potenciar un enfoque de innovación tecnológica más distribuido, más participativo y más descentralizado, avanzando hacia el concepto de innovación abierta (open-innovation).

i) Valorizar la aplicación en el tejido empresarial del conocimiento y la innovación tecnológica, generados en los organismos y centros de investigación e innovación tecnológica.

j) Facilitar el acceso del tejido empresarial a los catálogos y recursos de oferta tecnológica de Universidades, centros y organismos públicos de investigación y de otras entidades de I+D+i de la Comunidad de Madrid.

k) Estimular el contacto entre las empresas y el subsistema técnico-científico y, con carácter general, entre los diferentes agentes participantes en el ecosistema innovador, e impulsar la participación conjunta de dichos agentes en proyectos de transferencia tecnológica al tejido empresarial.

l) Facilitar y desarrollar la organización de eventos, jornadas, concursos, premios, actividades de difusión y, en general, actividades de promoción de la transferencia tecnológica que permitan conocer las necesidades del sector productivo en materia de innovación, potenciar la innovación y transferencia tecnológica al tejido productivo y poner a disposición de las empresas las nuevas tecnologías generadas por los distintos agentes del ecosistema innovador de la Comunidad de Madrid.

m) Fomentar la participación de los agentes del ecosistema innovador y tecnológico de la Comunidad de Madrid en Foros de Transferencia de Conocimiento y Tecnología a nivel regional, nacional e internacional.

n) Fomentar la participación del tejido empresarial en proyectos internacionales de innovación tecnológica, así como la provisión de facilidades para la presentación de proyectos a convocatorias regionales, nacionales e internacionales.

ñ) Apoyar al tejido empresarial para facilitarle la obtención de derechos de propiedad industrial e intelectual, su identificación, concepción, gestión y comercialización, obtención de licencias y demás derechos por parte de las empresas, especialmente en colaboración con el resto de los distintos agentes del ecosistema innovador y entidades participantes en el flujo de transferencia de tecnología.

2. Las ayudas se destinarán a financiar los proyectos dinamizadores de las entidades beneficiarias, que estarán dirigidos esencialmente a apoyar al tejido empresarial en las diferentes etapas del proceso de generación y uso de la innovación y transferencia tecnológica.
Localización
Extremadura
Categorías
Empleo y contratación, Empresa, Educación y ciencia, Infancia y juventud, Servicios Sociales, Igualdad, Economía Social, Seguridad, Caza y pesca, Deporte, Cultura e idiomas, Estadísticas y encuestas, Desarrollo Local y Rural, Transporte y vehículos, Familia, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Justicia
Beneficiarios
Asociaciones y economía social, Empresas y autónomos
F. Publicación
25/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La cuantía de la subvención será la que resulte de multiplicar por 6 la base mínima de cotización legalmente establecida para el Régimen General a la Seguridad Social por contingencias comunes que le corresponda al grupo de cotización de la persona trabajadora objeto de subvención vigente al día de publicación de la convocatoria. Las bases diarias mínimas de cotización de los grupos 8, 9, 10 y 11 se multiplicarán por 30.
Finalidad
NOTA: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
1. Durante el periodo de vigencia de la convocatoria, las entidades interesadas deberán solicitar las subvenciones dentro del plazo de dos meses, a contar desde la fecha de inicio de la contratación.
2. No obstante lo anterior y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 16.3 de las bases reguladoras, se habilita un plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación en el DOE de la convocatoria, para que puedan presentarse solicitudes para los contratos para la obtención de práctica profesional cuyas fechas de inicio se hayan producido entre el 30 de marzo de 2022 y el día de publicación de la presente convocatoria.

OBJETO Y FINALIDAD:

1. El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de práctica profesional en la Comuni- dad Autónoma de Extremadura y aprobar la primera convocatoria.

2. Este programa establece ayudas a las entidades enumeradas en el artículo 5 del presente decreto por la contratación de personas desempleadas mediante la modalidad de contrato para la obtención de práctica profesional adecuada a su nivel de estudios, para favorecer la mejora de su empleabilidad a través de la adquisición de experiencia profesional y su incorporación al mercado de trabajo.
Localización
Extremadura
Categorías
Empresa, Empleo y contratación, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Sector Financiero/Bancario, Agricultura, Caza y pesca, Educación y ciencia, Medio Ambiente, Industria, Comercio y marketing, Seguridad, Transporte y vehículos, Vivienda e hipotecas, Ganadería, Comunicación pública, Energía, Servicios Sociales, Economía Social, Hostelería y hoteles, Turismo y agencias de viajes, Consumo, Infancia y juventud, Construcción y obras, Justicia, Desarrollo Local y Rural, Ocio y tiempo libre, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
25/01/2023
Plazo Solicitud
ABIERTO hasta 31/12/2026
Cantidad
La cuantia de esta subvencion es de 40.000.000 euros
Finalidad
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras y realizar la primera convocatoria de una línea de ayudas, en forma de subvención directa, destinada a aquellas empresas que realicen inversiones en activos fijos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura que contribuyan al desarrollo industrial, la mejora de la competitividad, la trans- formación digital, el impulso de la innovación productiva en los ámbitos de la especialización inteligente y a la creación y mantenimiento de empleo en Extremadura.

La finalidad de estas ayudas será:

- Apoyar la creación de nuevas empresas.

- Impulsar la transformación y adaptación a la empresa conectada o empresa 4.0.

- Favorecer la continuidad de empresas ya en funcionamiento y en peligro de desaparición por jubilación, incapacidad permanente o fallecimiento de su titular.

- Contribuir al desarrollo industrial y a la creación de empleo en Extremadura, mediante la mejora de la competitividad de las empresas fomentando la creación y el crecimiento de empresas generadoras de empleo.

- Impulsar el potencial endógeno del territorio, así como desarrollar y consolidar el tejido industrial en base a criterios de calidad, eficiencia, productividad y respeto al medio am- biente con especial atención al ámbito rural.
Localización
Andalucía
Categorías
Industria, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Igualdad, Empresa, Educación y ciencia, Agricultura, Seguridad, Empleo y contratación, Medio Ambiente, Economía Social, Servicios Sociales, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Comercio y marketing, Comunicación pública, Consumo, Energía, Cultura e idiomas
Beneficiarios
Empresas y autónomos
F. Publicación
20/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
La subvención máxima solicitada podrá ser de hasta 200.000 euros.
Finalidad
1. Constituye el objeto de las subvenciones que se establecen proporcionar conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en los polígonos industriales y centros logísticos, así como en otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos ubicados en las zonas blancas y grises NGA de la Comunidad Autónoma de Andalucía que sean incluidas en cada convocatoria publicada a raíz de las presentes bases reguladoras. Dicho objeto se corresponde con la línea de actuación 1 del artículo 12.1 del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Se definen las «zonas blancas y grises NGA» como «aquellas zonas geográficas descritas en el apartado a) y el apartado b) ?en este último supuesto cuando la cobertura o previsiones de cobertura en los próximos tres años sea proporcionada por un solo operador? del artículo 52.3 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, modificado por el Reglamento (UE) 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021».

Además, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2.l del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, no podrán ser admitidas aquellas solicitudes de subvención destinadas a zonas que no se ajusten al principio de complementariedad con el Programa de Universalización de Infraestructuras Digitales para la Cohesión-Banda Ancha (ÚNICO-Banda Ancha) de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.

2. Serán subvencionables las inversiones y gastos directamente relacionados con el proyecto y que sean imprescindibles para su realización, siempre que sean necesarios para la creación o adaptación de las infraestructuras de red que sean susceptibles de ser utilizadas por los demás operadores a través del acceso mayorista. No serán subvencionables las partidas de gasto asociadas a infraestructuras no relacionadas con el acceso mayorista, destinadas a su uso exclusivo por el operador beneficiario de la ayuda.

3. Los proyectos se referirán a redes de acceso, concepto bajo el que se consideran incluidos los enlaces de transmisión con la red de agregación («backhaul»), con expresión y motivación de la solución tecnológica más adecuada. Todas las propuestas técnicas deberán justificar técnicamente que la solución considerada es capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps en la zona elegible seleccionada.
Localización
Navarra
Categorías
Participación ciudadana, Economía Social, Empleo y contratación, Igualdad, Servicios Sociales, Cultura e idiomas, Educación y ciencia, Estadísticas y encuestas, Empresa, Ocio y tiempo libre, Vivienda e hipotecas, Comunicación pública, Justicia, Medio Ambiente, Ferias y congresos, Transporte y vehículos, Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i)
Beneficiarios
F. Publicación
19/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
Finalidad
Localización
BOE
Categorías
Investigación, desarrollo e innovación (I+D+i), Empresa, Energía, Medio Ambiente, Igualdad, Empleo y contratación, Educación y ciencia, Servicios Sociales, Seguridad, Consumo, Minería, Industria, Agricultura, Participación ciudadana, Economía Social, Comercio y marketing, Vivienda e hipotecas, Comunicación pública, Infancia y juventud, Transporte y vehículos, Sector Financiero/Bancario, Memoria Histórica y víctimas del terrorismo, Cultura e idiomas, Artesanía, Construcción y obras
Beneficiarios
Administraciones públicas, Empresas y autónomos
F. Publicación
06/01/2023
Plazo Solicitud
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Cantidad
El importe de las ayudas que se concedan se determinará en las convocatorias.
Finalidad

Ayudas públicas para impulsar proyectos de nuevos modelos de negocio que ofrezcan soluciones a los retos planteados por la transición energética, relacionados con la innovación, la provisión de servicios de flexibilidad que permitan una mayor integración de las energías renovables, y por tanto favorezcan la descarbonización del sistema, o la promoción y el desarrollo de nuevos proyectos empresariales (startups) que proporcionen soluciones innovadoras para la transición energética

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