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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
Hechos I Por sentencia firme dictada el día 13 de julio de 2017 por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Figueres, se estimó la demanda de divorcio de mutuo acuerdo interpuesta por los cónyuges don J. F. S. y doña M.C.F.T., declarándose disuelto el matrimonio, con aprobación del convenio regulador suscrito y ratificado por ellos, en el que se contenía la liquidación su sociedad de gananciales por la que, entre otros bienes, se adjudicaba a doña M. C. F. T. la finca registral número 4.805
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1.g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 19 de septiembre de 2017.-El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
Antecedentes de hecho Primero.Constitución de la Fundación. La Fundación anteriormente citada fue constituida la sociedad Internetsia S.L. con domicilio en Madrid en la calle Viriato 20, según consta en la escritura pública, otorgada ante el Notario de Madrid don Luis Rueda Esteban de fecha 26 de mayo de 2017 con el número 1026 de su protocolo subsanada por otra otorgada ante el mismo Notario el 13 de febrero de 2018 con el número 273 de su protocolo. Segundo.Domicilio y ámbito de la Fundación.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 10.g) del Real Decreto 725/2017, de 21 de julio, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 1 de febrero de 2018.-El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1.g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 4 de agosto de 2017.-El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
Antecedentes de hecho Primero.Constitución de la Fundación. La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Provincia Ibérica de la Congregación de los Sagrados Corazones de Jesús y de María y de la Adoración Perpetua del Santísimo Sacramento del Altar según consta en la escritura pública, otorgada ante el notario de Madrid Don José Manuel Senante Romero el 23 de octubre de 2013 con el número 3015 de protocolo modificada por otras otorgada ante el citado notario el 24 de enero de 2018 c
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1 g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, ha acordado la jubilación voluntaria del mencionado notario, por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 1 de junio de 2017.-El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 10 g) del Real Decreto 725/2017, de 21 de julio, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado notario por haber cumplido la edad legalmente establecida. Madrid, 30 de enero de 2018.-El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
Antecedentes de hecho Primero.Constitución de la Fundación. La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad mercantil Plural Multimedia y Ocio S.L., según consta en la escritura pública, otorgada ante el Notario de Madrid don Javier de Lucas y Cadenas el 22 de septiembre de 2017 con el número 3952 de su protocolo. Segundo.Domicilio y ámbito de la Fundación. El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Alcalá, 20, 6.ª planta número 40, Madrid y su ámbito de actuació
Este Centro Directivo ha acordado: Primero. Resolver la provisión de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles vacantes con los Registradores que se relacionan en el anexo de la presente resolución. Segundo. Comunicar esta resolución a las Comunidades Autónomas correspondientes al objeto de que, por el órgano competente de las mismas, se proceda al nombramiento de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles que deban ocupar plazas situadas en el territ

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