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Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado)
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Hechos I Mediante instancia privada presentada en el Registro de la Propiedad de Eivissa número 4 en fecha 31 de mayo de 2018, doña V. C. T., como dueña de la finca registral número 2.777 del término de Sant Antoni de Portmany, solicitó que, en virtud de lo establecido en la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo
Hechos I Mediante escritura otorgada el día 16 de mayo de 2018 ante el notario de Algemesí, don Luis Alberto Lorente Villar, con el número 498 de protocolo, don O. F. B. como dueño de la finca registral número 9.717 de Albalat de la Ribera, declara que sobre la misma se está construyendo una vivienda unifamiliar. II Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Sueca, fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Registro de la Propiedad de Sueca. Hechos Primero. En virtud de
Hechos I Por el notario de Madrid, don Antonio Domínguez Mena, se autorizó, el día 12 de junio de 2018, escritura pública de compraventa en la que comparecen por un lado don A. R. G. P. A., en representación de doña M. J. A. T., y, por otro lado, doña M. D. M. C. En relación a la finca urbana objeto del negocio jurídico se hacía constar lo siguiente: que el representante de la vendedora manifestaba que se encuentra libre de cargas y arrendamientos y la existencia de determinadas servidumbres por
Hechos I Don S. M. O. presentó el día 3 de julio de 2018 en el Registro de la Propiedad de Madrid número 7 solicitud de emisión de «certificación únicamente de dominio de la siguiente finca: Solar calle (…) Madrid, que linda al norte con la calle (…), sur con calle (…), este con comunidad de propietarios de la calle (…), y oeste con (…) Tiene una superficie aproximada de tres mil doscientos treinta y cinco metros cuadrados. Titular R. B. T.». Alegaba como interés conocido que justificase el acce
Antecedentes de hecho Primero.Constitución de la Fundación. La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña Miriam-Lourdes Izquierdo Barriuso, don Carlos Fernández Astiz y doña Ana Díaz Oliver Fernandez-Hijicos en virtud de escritura otorgada ante el Notario de Madrid, don Alberto Bravo Olaciregui, el 31 de marzo de 2017, con el número 746 de protocolo, subsanada y complementada por escrituras otorgadas por el mismo Notario de fechas 19 de abril de 2018, número 684 de protocolo, y 27
Hechos I Mediante instancia suscrita por don A. M. L., en representación de la mercantil «Consfri, S.A.», se solicitó la constancia registral de las referencias catastrales que se afirma se corresponden con las fincas registrales 644 y 863, ambas del término de Tielmes. II Presentada el día 19 de junio de 2018 dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Arganda del Rey número 1, fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Nota de calificación registral. Antecedentes de hecho Primero.
Hechos I Mediante oficio expedido por Registrador de la Propiedad de Villajoyosa número 1, de fecha 27 de junio de 2018, se formulaba requerimiento a la registradora de la Propiedad de Callosa d'en Sarrià para la expedición de certificación registral con objeto del traslado del historial registral relativo a la finca registral número 1.542, sita en parte en el término municipal de Benimantell, correspondiente a la circunscripción de este último Registro, y en parte también al término municipal d
Hechos I En el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Aranda de Duero se tramitó el procedimiento ordinario número 320/2015 en el que se dictó sentencia, de fecha 26 de septiembre de 2016, por la que se declaraba que los demandantes habían adquirido por prescripción determinadas participaciones indivisas de una serie de fincas registrales. II Presentado testimonio de la citada sentencia en el Registro de la Propiedad de Roa, fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Regis
Hechos I Mediante acta autorizada por el notario de Pozuelo de Alarcón, don Adolfo Pries Picardo, con fecha 22 de mayo de 2018, con el número 1.115 de protocolo, se inició la tramitación del expediente previsto en los artículos 201 y 203 de la Ley Hipotecaria para la rectificación de la descripción de la finca número 1.647 del término de Chapinería. II Presentada dicha acta en el Registro de la Propiedad de Navalcarnero número 2, se expidió la pertinente certificación en los siguientes términos:
Hechos I Por instancia suscrita en Puerto del Rosario el día 11 de mayo de 2018 por don J. J. C. G., en su propio nombre y además como administrador único de la sociedad «Parque Las Rehoyas, S.L.», se solicita la prórroga de la anotación preventiva de querella, trabada a favor de dicha sociedad, sobre ciertas fincas pertenecientes al Registro de la Propiedad de Puerto del Rosario número 2. II La referida instancia fue presentada en el Registro de la Propiedad de Puerto del Rosario número 2 el dí

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