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Última revisión
17/09/2024

Publicada la convocatoria del distintivo «Igualdad en la Empresa» para 2024

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Materias: laboral

Fecha: 17/09/2024

El BOE del 13 de septiembre de 2024 ha publicado la Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre, por la que se procede a la convocatoria correspondiente al año 204 para la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» (DIE).


Publicada la convocatoria del distintivo «Igualdad en la Empresa» para 2024
Publicada la convocatoria del distintivo «Igualdad en la Empresa» para 2024


El Boletín Oficial del Estado del pasado 13 de septiembre de 2024 publica la Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre, por la que se aprueban las bases de la concesión del distintivo «Igualdad en la Empresa» y se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2024. Esta convocatoria tiene por objeto reconocer y estimular la labor de las empresas comprometidas con la igualdad, que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad entre mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.

El Real Decreto 1615/2009, de 26 de octubre, regula la concesión y utilización del distintivo «Igualdad en la Empresa», como una forma en la que el Ministerio de Igualdad busca reconocer la excelencia y buenas prácticas acreditadas en materia de igualdad por parte de las empresas y entidades que ejerzan su actividad en territorio español. Las empresas distinguidas pasan a formar parte, por derecho propio, de la Red de empresas con distintivo «Igualdad en la Empresa» o Red DIE, la cual tiene como objetivo potenciar el intercambio de buenas prácticas y experiencias en materia de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito empresarial, haciéndolas públicas para conocimiento de la sociedad en general.

Para optar a conseguir el distintivo «Igualdad en la Empresa», las entidades o empresas candidatas deberán destacar de forma relevante en la implantación, seguimiento, evaluación y resultados de las medidas contenidas en los planes de igualdad o en las políticas de igualdad. Por ello, el Ministerio de Igualdad espera que con esta convocatoria se contribuya a mejorar la igualdad en el terreno laboral y permitir que los esfuerzos realizados por las entidades comprometidas con la igualdad no pasen desapercibidos.

Entidades y empresas candidatas que pueden optar al distintivo «Igualdad en la Empresa» en 2024 (art. 2 de la Orden IGD/954/2024, de 5 de septiembre)

Pueden presentar su candidatura cualquier entidad o empresa, pública o privada, que opere en territorio español, excluyendo a las administraciones públicas.

Clasificación de candidatos

Las empresas se dividen en dos grupos según la obligatoriedad de elaborar y aplicar un plan de igualdad:

Requisitos generales

Las empresas candidatas deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar inscritas en el régimen de la Seguridad Social y, cuando proceda, en el registro público correspondiente.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • No haber sido sancionadas por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad y no discriminación en los tres años anteriores a la fecha de presentación de la candidatura.

Requisitos específicos

Para las empresas obligadas a tener un plan de igualdad:

  • Tener un plan de igualdad vigente y registrado, incluyendo una auditoría retributiva.
  • Haber realizado un informe de seguimiento del plan de igualdad durante al menos dos años.
  • Las sociedades con consejo de administración deben tener una presencia mínima de mujeres del 30%.

Para las empresas no obligadas a tener un plan de igualdad o con un  plan de igualdad voluntario:

  • Tener medidas de igualdad registradas o un plan de igualdad voluntario.
  • Haber implantado medidas de igualdad durante al menos dos años.

Presentación de candidaturas

Las candidaturas deben presentarse mediante modelos normalizados disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Igualdad y en el sitio web del Instituto de las Mujeres. El plazo de presentación es de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la orden en el BOE.

Documentación

Junto con la candidatura, las empresas o entidades deberán aportar la documentación acreditativa fijada en el art. 4 de la Orden IGD/954/2024.

Distintivo «Igualdad en la Empresa».

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