RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2007, de la Presidencia del Parlamento de Andalucia, por la que se da publicidad a la Reforma del Reglamento del Parlamento de Andalucía. - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 11-12-2007
Índice
Texto
Ambito: Andalucía
Estado: VIGENTE. Validez desde 05 de Mayo de 2021
F. entrada en vigor: 11/12/2007
Órgano emisor: PARLAMENTO DE ANDALUCIA
Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 242
F. Publicación: 11/12/2007
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. DE LA SESIÓN CONSTITUTIVA DEL PARLAMENTO
Artículo 1.
Artículo 2.
Artículo 3.
Artículo 4.
TÍTULO PRIMERO. DEL ESTATUTO DE LOS DIPUTADOS
CAPÍTULO PRIMERO. De la adquisición de la condición de Diputado o Diputada
Artículo 5.
CAPÍTULO SEGUNDO. De los derechos de los Diputados
Artículo 6.
Artículo 7.
Artículo 8.
Artículo 9.
CAPÍTULO TERCERO. De las prerrogativas parlamentarias
Artículo 10.
Artículo 11.
Artículo 12.
CAPÍTULO CUARTO. De los deberes de los Diputados
Artículo 13.
Artículo 14.
Artículo 15.
Artículo 16.
Artículo 17.
CAPÍTULO QUINTO. De la suspensión y pérdida de la condición de Diputado o Diputada
Artículo 18.
Artículo 19.
TÍTULO SEGUNDO. DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS
Artículo 20.
Artículo 21.
Artículo 22.
Artículo 23.
Artículo 24.
Artículo 25.
Artículo 26.
TÍTULO TERCERO. DE LA ORGANIZACIÓN DEL PARLAMENTO
CAPÍTULO PRIMERO. De la Mesa
SECCIÓN PRIMERA. De las funciones de la Mesa y de sus miembros
Artículo 27.
Artículo 28.
Artículo 29.
Artículo 30.
Artículo 31.
Artículo 32.
SECCIÓN SEGUNDA. De la elección de los miembros de la Mesa
Artículo 33.
Artículo 34.
Artículo 35.
Artículo 36.
Artículo 37.
CAPÍTULO SEGUNDO. De la Junta de Portavoces
Artículo 38.
Artículo 39.
CAPÍTULO TERCERO. De las Comisiones
SECCIÓN PRIMERA. Normas generales
Artículo 40.
Artículo 41.
Artículo 42.
Artículo 43.
Artículo 44.
Artículo 45.
SECCIÓN SEGUNDA. De las Comisiones Permanentes
Artículo 46.
Artículo 47.
Artículo 48.
Artículo 49.
Artículo 50.
SECCIÓN TERCERA. De las Comisiones no Permanentes
Artículo 51.
Artículo 52.
Artículo 53.
SECCIÓN CUARTA. De los Grupos de Trabajo creados en las Comisiones
Artículo 54.
CAPÍTULO CUARTO. Del Pleno
Artículo 55.
Artículo 56.
CAPÍTULO QUINTO. De la Diputación Permanente
Artículo 57.
Artículo 58.
Artículo 59.
CAPÍTULO SEXTO. De los Servicios del Parlamento
SECCIÓN PRIMERA. De los medios personales y materiales
Artículo 60.
Artículo 61.
Artículo 62.
SECCIÓN SEGUNDA. De las publicaciones del Parlamento y de la publicidad de sus trabajos
Artículo 63.
Artículo 64.
Artículo 65.
Artículo 66.
Artículo 66 bis.
TÍTULO CUARTO. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES DE FUNCIONAMIENTO
CAPÍTULO PRIMERO. De las sesiones
Artículo 67.
Artículo 68.
Artículo 69.
Artículo 70.
Artículo 71.
CAPÍTULO SEGUNDO. Del orden del día
Artículo 72.
Artículo 73.
Artículo 74.
CAPÍTULO TERCERO. De los debates
Artículo 75.
Artículo 76.
Artículo 77.
Artículo 78.
Artículo 79.
Artículo 80.
Artículo 81.
Artículo 82.
Artículo 83.
CAPÍTULO CUARTO. De las votaciones
Artículo 84.
Artículo 85.
Artículo 86.
Artículo 87.
Artículo 88.
Artículo 89.
Artículo 90.
Artículo 90 bis.
Artículo 91.
Artículo 92.
Artículo 93.
Artículo 94.
CAPÍTULO QUINTO. Del cómputo de los plazos y de la presentación de documentos
Artículo 95.
Artículo 96.
Artículo 97.
CAPÍTULO SEXTO. De la declaración de urgencia
Artículo 98.
Artículo 99.
CAPÍTULO SÉPTIMO. De la disciplina parlamentaria
SECCIÓN PRIMERA. De las sanciones por el incumplimiento de los deberes de los Diputados
Artículo 100.
Artículo 101.
SECCIÓN SEGUNDA. De las llamadas a la cuestión y al orden
Artículo 102.
Artículo 103.
Artículo 104.
SECCIÓN TERCERA. Del orden dentro del recinto parlamentario
Artículo 105.
Artículo 106.
Artículo 107.
TÍTULO QUINTO. DEL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO
CAPÍTULO PRIMERO. De la iniciativa legislativa
Artículo 108.
CAPÍTULO SEGUNDO. Del procedimiento legislativo común
SECCIÓN PRIMERA. De los proyectos de ley
I. Debate de totalidad en el Pleno
Artículo 109.
Artículo 110.
Artículo 111.
II. Comparecencias informativas
Artículo 112.
III. Presentación de enmiendas al articulado
Artículo 113.
Artículo 114.
Artículo 114 bis.
Artículo 115.
IV. Deliberación en Comisión
Artículo 116.
Artículo 117.
Artículo 118.
Artículo 119.
V. Deliberación en el Pleno
Artículo 120.
Artículo 121.
Artículo 122.
SECCIÓN SEGUNDA. De las proposiciones de ley
Artículo 123.
Artículo 124.
Artículo 125.
SECCIÓN TERCERA. De la retirada de proyectos y proposiciones de ley
Artículo 126.
Artículo 127.
CAPÍTULO TERCERO. De las especialidades en el procedimiento legislativo
SECCIÓN PRIMERA. De la reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía
Artículo 128.
SECCIÓN SEGUNDA. Del proyecto de Ley de Presupuestos
Artículo 129.
Artículo 130.
Artículo 131.
Artículo 132.
Artículo 133.
SECCIÓN TERCERA. De la competencia legislativa plena de las Comisiones
Artículo 134.
Artículo 135.
SECCIÓN CUARTA. De la tramitación de un proyecto o proposición de ley en lectura única
Artículo 136.
TÍTULO SEXTO. DEL OTORGAMIENTO Y RETIRADA DE CONFIANZA
CAPÍTULO PRIMERO. De la investidura
Artículo 137.
Artículo 138.
CAPÍTULO SEGUNDO. De la moción de censura
Artículo 139.
Artículo 140.
Artículo 141.
Artículo 142.
Artículo 143.
CAPÍTULO TERCERO. De la cuestión de confianza
Artículo 144.
Artículo 145.
Artículo 146.
TÍTULO SÉPTIMO. DEL DEBATE SOBRE EL ESTADO DE LA COMUNIDAD Y DEL EXAMEN Y DEBATE DE LAS COMUNICACIONES, PROGRAMAS Y PLANES DEL CONSEJO DE GOBIERNO
CAPÍTULO PRIMERO. Del debate sobre el Estado de la Comunidad Autónoma
Artículo 147.
CAPÍTULO SEGUNDO. De las comunicaciones del Consejo de Gobierno
Artículo 148.
CAPÍTULO TERCERO. Del examen de los programas y planes remitidos por el Consejo de Gobierno
Artículo 149.
TÍTULO OCTAVO. DE LOS DEBATES DE CARÁCTER GENERAL Y DE LAS SESIONES INFORMATIVAS DEL CONSEJO DE GOBIERNO
CAPÍTULO PRIMERO. De los debates de carácter general
Artículo 150.
Artículo 151.
Artículo 152.
CAPÍTULO SEGUNDO. De las sesiones informativas del Consejo de Gobierno
Artículo 153.
TÍTULO NOVENO. DE LAS INTERPELACIONES Y PREGUNTAS
CAPÍTULO PRIMERO. De las interpelaciones
Artículo 154.
Artículo 155.
Artículo 156.
Artículo 157.
CAPÍTULO SEGUNDO. De las preguntas
SECCIÓN PRIMERA. De las preguntas de los Diputados
Artículo 158.
Artículo 159.
Artículo 160.
Artículo 161.
Artículo 162.
Artículo 163.
Artículo 164.
SECCIÓN SEGUNDA. De las preguntas de iniciativa ciudadana
Artículo 165.
CAPÍTULO TERCERO. Normas comunes
Artículo 166.
Artículo 167.
TÍTULO DÉCIMO. DE LAS PROPOSICIONES NO DE LEY
Artículo 168.
Artículo 169.
Artículo 170.
Artículo 171.
TÍTULO UNDÉCIMO. PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS ESPECIALES, RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD Y CONFLICTOS DE COMPETENCIAS
CAPÍTULO PRIMERO. De los procedimientos legislativos especiales
Artículo 172.
CAPÍTULO SEGUNDO. De los recursos de inconstitucionalidad
Artículo 173.
Artículo 174.
Artículo 175.
Artículo 176.
Artículo 177.
CAPÍTULO TERCERO. De los conflictos de competencia
Artículo 178.
TÍTULO DUODÉCIMO. DE LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN Y ACUERDOS DE COOPERACIÓN CON OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Artículo 179.
TÍTULO DECIMOTERCERO. DE LA DESIGNACIÓN DE LOS SENADORES, DEL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ, ASÍ COMO DE OTROS NOMBRAMIENTOS Y ELECCIONES
Artículo 180.
Artículo 181.
Artículo 182.
TÍTULO DECIMOCUARTO. DE LAS RELACIONES DEL PARLAMENTO CON OTRAS INSTITUCIONES Y CORPORACIONES
CAPÍTULO PRIMERO. De las relaciones del Parlamento con el Defensor del Pueblo Andaluz
Artículo 183.
CAPÍTULO SEGUNDO. De las relaciones del Parlamento con la Cámara de Cuentas de Andalucía
Artículo 184.
Artículo 185.
Artículo 186.
Artículo 187.
CAPÍTULO TERCERO. De las relaciones del Parlamento con la Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía
Artículo 188.
Artículo 189.
Artículo 190.
TÍTULO DECIMOQUINTO. DE LA CADUCIDAD ANUAL DE INICIATIVAS PARLAMENTARIAS
Artículo 191.
TÍTULO DECIMOSEXTO. DE LOS ASUNTOS EN TRÁMITE A LA TERMINACIÓN DEL MANDATO DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA O DE LAS CORTES GENERALES
Artículo 192.
Artículo 193.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.
D.A. 2ª.
D.A. 3ª.
D.A. 4ª.
D.A. 5ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única.