RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2017, del Director General de Tributos, por la que se aprueba la 'Norma Técnica de Valoraciones' aplicable a los dictámenes de peritos de la Administración, relativos a los bienes de naturaleza urbana y bienes de naturaleza rústica con construcciones, para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles a efectos de liquidación de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones - Boletín Oficial de Aragón de 24-11-2017
Índice
Texto
Ambito: Aragón
F. entrada en vigor: 25/11/2017
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACION PUBLICA
Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 226
F. Publicación: 24/11/2017
Preambulo
Primero. Ámbito de aplicación.
Segundo. Definición de bienes inmuebles urbanos y bienes rústicos con construcciones.
Tercero. Valoración de las construcciones en bienes inmuebles urbanos o de tipología urbana en suelo rústico.
Cuarto. Cálculo del valor real de la construcción, en bienes inmuebles urbanos o de tipología urbana en suelo rústico (Vc).
Quinto. Cálculo del valor real del coste de ejecución de la obra (Ce), en bienes inmuebles urbanos o de tipología urbana en suelo rústico.
Sexto. Valoración del suelo urbano.
Séptimo. Determinación del módulo básico del suelo urbano (MBS).
Octavo. Cálculo del valor real del suelo urbano (Vs).
Noveno. Cálculo del valor real de bienes inmuebles edificados urbanos.
Décimo. Cálculo del valor real de las construcciones agrarias.
Décimoprimero. Cálculo del valor real del coste de ejecución de la obra (Ce). Construcciones agrarias calculadas por el método de Módulos.
Décimosegundo. Valoración de los suelos rústicos con construcciones.
Décimotercero. Cálculo del valor real de bienes inmuebles edificados rústicos.
Décimocuarto. Muestras para la obtención del módulo básico del suelo y para el método de comparación.
Décimoquinto. Actualización de valores en función de la fecha de las muestras en relación a la del bien a valorar.
Décimosexto. Circunstancias sin afección al valor del inmueble.
Décimoséptimo. Inmuebles que serán objeto de reconocimiento personal por los peritos en las comprobaciones de valor
Décimoctavo. Actualizaciones e instrucciones.
Décimonoveno. Resoluciones que quedan sin efectos.
Vigésimo. Efectos.
ANEXO I. MÓDULO UNITARIO BÁSICO DE LA CONSTRUCCIÓN
ANEXO II. COEFICIENTES CORRECTORES Y DE HOMOGENEIZACIÓN
ANEXO III. VALORES DE REPERCUSIÓN Y VALORES UNITARIOS DEL SUELO