Legislación

Reglamento (UE) 2019/941 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre la preparación frente a los riesgos en el sector de la electricidad y por el que se deroga la Directiva 2005/89/CE - Diario Oficial de la Unión Europea de 14-06-2019

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: DOUE

Estado: VIGENTE. Validez desde 04 de Julio de 2019

F. entrada en vigor: 04/07/2019

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 157

F. Publicación: 14/06/2019

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Definiciones Artículo 3. Autoridad competente
CAPÍTULO II. Evaluación de riesgos
Artículo 4. Evaluación de riesgos para la seguridad del suministro eléctrico Artículo 5. Metodología para identificar los escenarios de crisis de electricidad regionales Artículo 6. Identificación de los escenarios de crisis de electricidad regionales Artículo 7. Identificación de los escenarios de crisis de electricidad nacionales Artículo 8. Metodología para los análisis de cobertura a corto plazo y estacional Artículo 9. Análisis de cobertura a corto plazo y estacional
CAPÍTULO III. Planes de preparación frente a los riesgos
Artículo 10. Elaboración de los planes de preparación frente a los riesgos Artículo 11. Contenido de los planes de preparación frente a los riesgos en lo concerniente a las medidas nacionales Artículo 12. Contenido de los planes de preparación frente a los riesgos en lo concerniente a las medidas regionales y bilaterales Artículo 13. Evaluación por la Comisión de los planes de preparación frente a los riesgos
CAPÍTULO IV. Gestión de las crisis de electricidad
Artículo 14. Alerta temprana y declaración de crisis Artículo 15. Cooperación y asistencia Artículo 16. Cumplimiento de las normas de mercado
CAPÍTULO V. Evaluación y seguimiento
Artículo 17. Evaluación ex post Artículo 18. Seguimiento Artículo 19. Tratamiento de la información confidencial
CAPÍTULO VI. Disposiciones finales
Artículo 20. Cooperación con las Partes contratantes de la Comunidad de la Energía Artículo 21. Excepción Artículo 22. Disposición transitoria en espera de la creación de los centros de coordinación regionales Artículo 23. Derogación Artículo 24. Entrada en vigor ANEXO. MODELO DE PLAN DE PREPARACIÓN FRENTE A LOS RIESGOS