Reglamento (UE) 2019/1700 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de octubre de 2019 por el que se establece un marco común para las estadísticas europeas relativas a las personas y los hogares, basadas en datos individuales recogidos a partir de muestras, se modifican los Reglamentos (CE) n.º 808/2004, (CE) n.º 452/2008 y (CE) n.º 1338/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan el Reglamento (CE) n.º 1177/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n.º 577/98 del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE) - Diario Oficial de la Unión Europea de 14-10-2019
Índice
Texto
Ambito: DOUE
Estado: VIGENTE. Validez desde 03 de Noviembre de 2019
F. entrada en vigor: 03/11/2019
Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO
Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 261
F. Publicación: 14/10/2019
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
- Reglamento aplicable a partir del 1 de enero de 2021.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 2. Definiciones
Artículo 3. Ámbitos y conjuntos de datos
Artículo 4. Planificación de la rotación plurianual
Artículo 5. Poblaciones estadísticas y unidades de observación
Artículo 6. Especificaciones de los conjuntos de datos
Artículo 7. Especificaciones técnicas de los conjuntos de datos
Artículo 8. Formatos para la transmisión de información
Artículo 9. Fuentes de datos y métodos
Artículo 10. Periodicidad
Artículo 11. Transmisión de los datos y plazos
Artículo 12. Marcos de muestreo
Artículo 13. Calidad
Artículo 14. Estudios de viabilidad y estudios piloto
Artículo 15. Acceso a los datos confidenciales con fines científicos
Artículo 16. Financiación
Artículo 17. Ejercicio de la delegación
Artículo 18. Procedimiento de comité
Artículo 19. Excepciones y autorizaciones
Artículo 20. Modificaciones del Reglamento (CE) n.º 808/2004
Artículo 21. Modificaciones del Reglamento (CE) n.º 452/2008
Artículo 22. Modificaciones del Reglamento (CE) n.º 1338/2008
Artículo 23. Régimen transitorio para las medidas de ejecución
Artículo 24. Derogación
Artículo 25. Entrada en vigor y fecha de aplicación
ANEXO I. Temas que deben tratarse
ANEXO II. Requisitos de precisión
ANEXO III. Características de la muestra
ANEXO IV. Periodicidad
ANEXO V. Plazos de transmisión de los datos