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Real Decreto-ley 13/2009, de 26 de octubre, por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. - Boletín Oficial del Estado de 27-10-2009

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Julio de 2012

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 259

F. Publicación: 27/10/2009


Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Creación del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local. Artículo 2. Proyectos de inversión y actuaciones financiables con cargo a este fondo. Artículo 3. Criterios de reparto. Artículo 4. Plazo de presentación de solicitudes de financiación. Artículo 5. Verificación de la aplicación de los recursos del Fondo a los fines a los que iban destinados. Artículo 6. Reintegros. Artículo 7. Seguimiento de los proyectos. Artículo 8. Comisiones informativas.
CAPÍTULO II. Procedimiento para la financiación de proyectos de inversión
Artículo 9. Tipos de obras, equipamiento y otras inversiones financiables. Artículo 10. Requisitos de las obras y otras inversiones financiables. Artículo 11. Importe financiable. Artículo 12. Solicitud de financiación. Artículo 13. Procedimiento para la autorización de la financiación. Artículo 14. Ejecución directa de las obras. Artículo 15. Adjudicaciones de las obras, suministros y servicios. Artículo 16. Justificación y última remesa de fondos. Artículo 17. Especialidades en la contratación a realizar por los Ayuntamientos.
CAPÍTULO III. Financiación de actuaciones de interés social
Artículo 18. Tipos de gastos corrientes financiables. Artículo 19. Solicitud de financiación. Artículo 20. Procedimiento para la autorización de la financiación. Artículo 21. Justificación y última remesa de fondos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Contratación de trabajadores. D.A. 2ª. Agrupaciones y Mancomunidades de Municipios. D.A. 3ª. Cooperación de las Diputaciones Provinciales, Consells y Cabildos insulares. D.A. 4ª. Información. D.A. 5ª. Pliegos tipo de cláusulas administrativas. D.A. 6ª. Identificación de la fuente de financiación. D.A. 7ª. Apertura de cuenta corriente diferenciada para la gestión del Fondo. D.A. 8ª. Aportación de información por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social. D.A. 9ª. Gastos del Fondo en el ejercicio 2009. D.A. 10ª. Creación de las comisiones informativas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Títulos competenciales. D.F. 2ª. Habilitación normativa. D.F. 3ª. Modelo de presentación de solicitudes. D.F. 4ª. Entrada en vigor.