Real Decreto 865/2010, de 2 de julio, sobre sustratos de cultivo. - Boletín Oficial del Estado de 14-07-2010
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 24 de Diciembre de 2016
F. entrada en vigor: 14/10/2010
Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 170
F. Publicación: 14/07/2010
Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y fines.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Ámbito de aplicación.
Artículo 4. Requisitos.
Artículo 5. Grupos y tipos de sustratos de cultivo y componentes de los mismos.
Artículo 6. Ingredientes autorizados.
CAPÍTULO II. Envasado e identificación de los sustratos
Artículo 7. Denominación del tipo de producto.
Artículo 8. Envasado.
Artículo 9. Etiquetado.
Artículo 10. Contenido de las etiquetas y de los documentos de acompañamiento.
CAPÍTULO III. Puesta en el mercado
Artículo 11. Previsiones generales.
Artículo 12. Requisitos del fabricante.
Artículo 13. Márgenes de tolerancia.
Artículo 14. Sistemas internos de control de calidad.
Artículo 15. Trazabilidad de los sustratos de cultivo y componentes de los mismos.
CAPÍTULO IV. Materias primas
Artículo 16. Declaración de ingredientes.
Artículo 17. Utilización de residuos.
Artículo 18. Materias orgánicas biodegradables.
Artículo 19. Nivel máximo de microorganismos.
Artículo 20. Nivel máximo de metales pesados.
CAPÍTULO V. Adaptación de los anexos
Artículo 21. Modificación de los anexos.
Artículo 22. Inclusión de nuevos tipos de sustratos o de nuevos componentes de sustratos.
CAPÍTULO VI. Medidas de control
Artículo 23. Competencias.
Artículo 24. Medidas de control.
Artículo 25. Laboratorios.
Artículo 26. Medidas provisionales.
Artículo 27. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Listado de establecimientos a inspeccionar.
D.A. 2ª. Reconocimiento mutuo.
D.A. 3ª. Exportación.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Normas de etiquetado.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 824/2005, de 8 de julio, sobre productos fertilizantes.
D.F. 2ª. Título competencial.
D.F. 3ª. Facultad de desarrollo.
D.F. 4ª. Entrada en vigor.
ANEXO I. Clasificación de productos
ANEXO II. Identificación y etiquetado
ANEXO III. Métodos analíticos
ANEXO IV. Márgenes de tolerancia
ANEXO V. Lista de residuos orgánicos biodegradables
ANEXO VI. Límites máximos de microorganismos y metales pesados en los sustratos de cultivo
ANEXO VII. Instrucciones para la inclusión de un nuevo tipo en la relación de sustratos de cultivo y componentes de los mismos