Real Decreto 714/2009, de 24 de abril, relativo a la seguridad de las aeronaves de terceros países que utilizan aeropuertos situados en territorio español. - Boletín Oficial del Estado de 08-05-2009
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 04 de Diciembre de 2014
F. entrada en vigor: 09/05/2009
Órgano emisor: MINISTERIO DE FOMENTO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 110
F. Publicación: 08/05/2009
Derogada Completa
Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Definiciones.
Artículo 3. Autoridad competente.
CAPÍTULO II. Inspecciones en rampa y medidas de corrección
Artículo 4. Casos en los que procede realizar inspecciones en rampa.
Artículo 5. Elementos de la inspección.
Artículo 6. Procedimiento de la inspección.
Artículo 7. Documentación de las inspecciones.
Artículo 8. Clasificación de los incumplimientos.
Artículo 9. Medidas de seguimiento y corrección.
CAPÍTULO III. Formación del personal del equipo inspector
Artículo 10. Cualificación del personal del equipo inspector.
Artículo 11. Sujetos que pueden impartir formación para la realización de inspecciones en rampa.
CAPÍTULO IV. Tratamiento de la información
Artículo 12. Recogida de información.
Artículo 13. Intercambio de información.
Artículo 14. Protección y difusión de la información.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. TÍTULO competencial.
D.F. 2ª. Incorporación del derecho de la Unión Europea.
D.F. 3ª. Habilitación normativa.
D.F. 4ª. Entrada en vigor.
ANEXO. Elementos de la inspección en rampa