Real Decreto 565/2010, de 7 de mayo, por el que se determinan los derechos que, como consecuencia de la extincion del regimen de prevision de los medicos de asistencia medico-farmaceutica y de accidentes de trabajo, se reconocen a los beneficiarios del citado regimen. - Boletín Oficial del Estado de 25-05-2010
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 25 de Mayo de 2010
F. entrada en vigor: 26/05/2010
Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 127
F. Publicación: 25/05/2010
Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones comunes
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. Determinación de los derechos de los médicos sujetos a contrato de trabajo
Artículo 3. Derechos de los pasivos.
Artículo 4. Derechos de los activos.
Artículo 5. Compensación económica al sistema de la Seguridad Social.
CAPÍTULO III. Determinación de los derechos de los médicos no sujetos a contrato de trabajo
Artículo 6. Derechos de los pasivos.
Artículo 7. Derechos de los activos.
Artículo 8. Determinación y cuantificación de los derechos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Liquidación del régimen AMF-AT.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Pensiones causadas con posterioridad a 1 de enero de 2000.
D.T. 2ª. Derechos devengados con anterioridad.
D.T. 3ª. Obligaciones de conservación de documentación y de colaboración de Previsión Sanitaria Nacional.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
D.F. 3ª. Entrada en vigor.