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Real Decreto 1677/2009, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de Universidades. - Boletín Oficial del Estado de 04-12-2009

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2016

F. entrada en vigor: 05/12/2009

Órgano emisor: MINISTERIO DE EDUCACION

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 292

F. Publicación: 04/12/2009


Artículo único. Aprobación del Reglamento del Consejo de Universidades.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Medios.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor.
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Naturaleza y funciones.
CAPÍTULO II. De los miembros del Consejo de Universidades
Artículo 2. Composición.
CAPÍTULO III. De los órganos del Consejo de Universidades, su composición y funciones
Artículo 3. De los órganos del Consejo de Universidades. Artículo 4. Presidencia. Artículo 5. Vicepresidencias. Artículo 6. El Secretario o Secretaria. Artículo 7. El Pleno. Artículo 8. Las comisiones. Artículo 9. La Comisión Permanente. Artículo 10. Comisiones de Acreditación Nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios. Artículo 11. Comisión de Reclamaciones de Acreditación Nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios. Artículo 12. La Comisión de Verificación y Acreditación de Planes de Estudios. Artículo 13. La Comisión de Reclamaciones de Verificación y Acreditación de Planes de Estudios. Artículo 14. Otros órganos. Artículo 15. De los derechos y obligaciones de los miembros del Consejo de Universidades.
CAPÍTULO IV. Del funcionamiento de los órganos del Consejo de Universidades
Artículo 16. Sesiones de órganos colegiados. Artículo 17. Convocatoria de órganos colegiados. Artículo 18. Constitución de los órganos. Artículo 19. De las deliberaciones. Artículo 20. De las votaciones y adopción de acuerdos. Artículo 21. Informes del Consejo de Universidades. Artículo 22. De las actas. Artículo 23. Régimen Jurídico.