Real Decreto 1615/2010, de 7 de diciembre, por el que se aprueba la norma de calidad del trigo. - Boletín Oficial del Estado de 11-12-2010
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Julio de 2013
F. entrada en vigor: 12/12/2010
Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 301
F. Publicación: 11/12/2010
Preambulo
Artículo único. Aprobación de las norma de calidad del trigo.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Régimen de infracciones y sanciones.
D.A. 2ª. Cláusula de reconocimiento mutuo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Clasificación provisional.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Orden de 31 de enero de 1977 por la que se establecen los métodos oficiales de análisis de aceites y grasas, cereales y derivados, productos lácteos y productos derivados de la uva.
D.F. 2ª. Título competencial.
D.F. 3ª. Facultad de modificación.
D.F. 4ª. Entrada en vigor.
NORMA DE CALIDAD DEL TRIGO
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Parámetros utilizados.
Artículo 3. Características mínimas.
Artículo 4. Nomenclatura normalizada en la clasificación de trigos.
Artículo 5. Asignación de las diferentes partidas de trigo a los grupos y grados.
Artículo 6. Grupos y grados establecidos para los trigos blandos.
Artículo 7. Grupos y grados establecidos para los trigos duros.
Artículo 8. Métodos de análisis de referencia.
ANEXO I. Clasificación teórica (*) de variedades de trigos blandos
ANEXO II. Clasificación teórica (*) de las variedades de trigos duros en función de su IGC