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Real Decreto 1527/2010, de 15 de noviembre, por el que se regulan la Comisión de Garantías para la Donación y Utilización de Células y Tejidos Humanos y el Registro de Proyectos de Investigación. - Boletín Oficial del Estado de 04-12-2010

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 04 de Diciembre de 2010

F. entrada en vigor: 05/12/2010

Órgano emisor: MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACION

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 294

F. Publicación: 04/12/2010


Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Naturaleza, adscripción y fines de la Comisión. Artículo 3. Funciones de la Comisión.
CAPÍTULO II. Composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Garantías para la Donación y Utilización de Células y Tejidos Humanos
Artículo 4. Composición de la Comisión. Artículo 5. Organización y funcionamiento de la Comisión.
CAPÍTULO III. Informe, evaluación y seguimiento de proyectos de investigación
Artículo 6. Proyectos de investigación y actividades sujetos a informe. Artículo 7. Solicitudes de informe. Artículo 8. Evaluación de los proyectos de investigación y emisión de los informes. Artículo 9. Seguimiento de los proyectos de investigación.
CAPÍTULO IV. Registro de Proyectos de Investigación
Artículo 10. Registro de Proyectos de Investigación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Supresión de la Comisión de Seguimiento y Control de la Donación y Utilización de Células y Tejidos Humanos. D.A. 2ª. Aplicación del Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la donación, la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de célu...
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Comisión de Seguimiento y Control de la Donación y Utilización de Células y Tejidos Humanos. D.T. 2ª. Renovación parcial de los miembros de la Comisión a los tres años desde su constitución.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Facultades de desarrollo. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO. Documentación a remitir con las solicitudes de informe