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Real Decreto 1460/2012, de 19 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. - Boletín Oficial del Estado de 06-11-2012

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 06 de Noviembre de 2012

Órgano emisor: MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y TURISMO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 267

F. Publicación: 06/11/2012

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo único. Aprobación de los Estatutos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Permanencia transitoria de los miembros de los órganos rectores.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Ámbito territorial del Colegio. D.F. 3ª. Entrada en vigor.
ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS NAVALES Y OCEÁNICOS
CAPÍTULO I. Normas generales
Artículo 1. Naturaleza, régimen jurídico y relaciones con la Administración. Artículo 2. Ámbito. Artículo 3. Obligatoriedad de colegiación.
CAPÍTULO II. Fines y funciones del COIN
Artículo 4. Fines. Artículo 5. Funciones.
CAPÍTULO III. Organización del COIN
Artículo 6. Órganos rectores.
SECCIÓN 1.ª Órganos de gobierno generales del COIN
Artículo 7. La Junta General del COIN. Artículo 8. Convocatoria. Artículo 9. Objeto de la Junta General. Artículo 10. Constitución. Artículo 11. Desarrollo de las sesiones. Artículo 12. Acta de las reuniones. Artículo 13. La Junta de Gobierno del COIN. Artículo 14. Composición. Artículo 15. Funciones. Artículo 16. Celebración de reuniones. Artículo 17. La Comisión Permanente. Artículo 18. El Decano Presidente. Artículo 19. El Vicedecano. Artículo 20. El Director de Gestión. Artículo 21. Los vocales de libre elección.
SECCIÓN 2.ª Delegaciones territoriales
Artículo 22. Creación. Artículo 23. Funciones de las Delegaciones territoriales. Artículo 24. La Junta General territorial. Artículo 25. Funciones de la Junta General territorial. Artículo 26. La Junta de Gobierno territorial. Artículo 27. Funciones de la Junta de Gobierno territorial. Artículo 28. El Decano territorial. Artículo 29. El Secretario territorial.
CAPÍTULO IV. De los colegiados
Artículo 30. Adquisición de la condición de colegiado. Artículo 31. Pérdida de la condición de colegiado. Artículo 32. Colegiados de honor. Artículo 33. Derechos de los colegiados. Artículo 34. Obligaciones de los colegiados. Artículo 35. De los aspirantes a colegiado.
CAPÍTULO V. Régimen económico
Artículo 36. Patrimonio del COIN. Artículo 37. Recursos ordinarios. Artículo 38. Recursos extraordinarios.
CAPÍTULO VI. Régimen deontológico y disciplinario
Artículo 39. Código Deontológico. Artículo 40. Régimen disciplinario. Artículo 41. Sanciones. Artículo 42. La Comisión de Asuntos Deontológicos y Disciplinarios. Artículo 43. Tramitación de expedientes. Artículo 44. Recurso contra las resoluciones de la Comisión de Asuntos Deontológico y Disciplinarios. Artículo 45. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
CAPÍTULO VII. Régimen de los actos colegiales
Artículo 46. Recursos contra los actos colegiales. Artículo 47. Nulidad.
CAPÍTULO VIII. Modificación de los presentes Estatutos. Disolución del Colegio
Artículo 48. Modificación de Estatutos. Artículo 49. Disolución del COIN.
CAPÍTULO IX. Del ejercicio profesional bajo forma societaria
Artículo 50. Del ejercicio profesional bajo forma societaria. Artículo 51. Derechos y obligaciones de las sociedades profesionales.
CAPÍTULO X. Del visado colegial
Artículo 52. Visado colegial
CAPÍTULO XI. De la ventanilla única
Artículo 53. Ventanilla única.