Legislación

Real Decreto 1400/2018, de 23 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre seguridad nuclear en instalaciones nucleares. - Boletín Oficial del Estado de 24-11-2018

Tiempo de lectura: 9 min

Tiempo de lectura: 9 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 25 de Noviembre de 2018

F. entrada en vigor: 25/11/2018

Órgano emisor: MINISTERIO DE POLITICA TERRITORIAL Y FUNCION PUBLICA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 284

F. Publicación: 24/11/2018

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Artículo único. Aprobación del Reglamento sobre seguridad nuclear en instalaciones nucleares.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Adaptación de los titulares.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 3ª. Incorporación de derecho de la Unión Europea. D.F. 4ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO SOBRE SEGURIDAD NUCLEAR EN INSTALACIONES NUCLEARES
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Definiciones. Artículo 4. Autoridad competente. Artículo 5. Responsabilidad del titular.
TÍTULO I. Requisitos generales
Artículo 6. Objetivo de seguridad para las instalaciones nucleares. Artículo 7. Organización y sistema de gestión. Artículo 8. Formación. Artículo 9. Límites y optimización de dosis. Artículo 10. Protección física.
TÍTULO II. Requisitos de seguridad
CAPÍTULO I. Evaluación de la seguridad
Artículo 11. Defensa en profundidad. Artículo 12. Evaluación de seguridad. Artículo 13. Revisión periódica de la seguridad.
CAPÍTULO II. Emplazamiento
Artículo 14. Evaluación inicial del emplazamiento. Artículo 15. Seguimiento de las condiciones del emplazamiento.
CAPÍTULO III. Diseño
Artículo 16. Aplicación del principio de defensa en profundidad. Artículo 17. Funciones principales de seguridad. Artículo 18. Análisis de accidentes. Artículo 19. Sucesos externos. Artículo 20. Sucesos internos. Artículo 21. Requisitos de diseño de estructuras, sistemas y componentes importantes para la seguridad. Artículo 22. Clasificación de seguridad. Artículo 23. Calificación ambiental y sísmica de estructuras, sistemas y componentes.
CAPÍTULO IV. Construcción, montaje y entrada en servicio
Artículo 24. Construcción y montaje. Artículo 25. Entrada en servicio.
CAPÍTULO V. Explotación
Artículo 26. Mantenimiento, inspección y pruebas. Artículo 27. Control administrativo interno. Artículo 28. Procedimientos y guías. Artículo 29. Emergencias. Artículo 30. Control de la emisión de material radiactivo. Artículo 31. Modificaciones de la instalación. Artículo 32. Experiencia operativa. Artículo 33. Gestión de envejecimiento. Artículo 34. Combustible nuclear gastado y residuos radiactivos. Artículo 35. Requisitos previos al cese de explotación.
CAPÍTULO VI. Desmantelamiento
Artículo 36. Previsiones durante el diseño, la construcción y la explotación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Aplicación del objetivo de seguridad a instalaciones nucleares que hayan obtenido la autorización de construcción antes del 14 de agosto de 2014. D.A. 2ª. Guías del Consejo de Seguridad Nuclear. D.A. 3ª. Revisiones por homólogos. D.A. 4ª. Informes a la Comisión Europea. D.A. 5ª. Transparencia.