Real Decreto 1306/2011, de 26 de septiembre, por el que se regula la tramitación de las subvenciones estatales anuales para sufragar los gastos de seguridad en que incurran los partidos políticos. - Boletín Oficial del Estado de 27-09-2011
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 17 de Octubre de 2011
F. entrada en vigor: 17/10/2011
Órgano emisor: MINISTERIO DEL INTERIOR
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 232
F. Publicación: 27/09/2011
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto y régimen jurídico.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Órgano competente para resolver.
Artículo 4. Publicidad.
CAPÍTULO II. Beneficiarios
Artículo 5. Beneficiarios.
Artículo 6. Obligaciones de los beneficiarios.
CAPÍTULO III. Gastos de seguridad subvencionables
Artículo 7. Protección de las sedes de los partidos políticos.
Artículo 8. Protección de las personas.
Artículo 9. Protección de la información.
Artículo 10. Protección de actos públicos y eventos.
CAPÍTULO IV. Procedimiento de concesión
Artículo 11. Nacimiento del derecho y su devengo.
Artículo 12. Cuantificación de la subvención.
Artículo 13. Recurso.
Artículo 14. Abono separado.
Artículo 15. Abono de las subvenciones concedidas.
CAPÍTULO V. Fiscalización y Control de la subvención
Artículo 16. Control externo.
Artículo 17. Plazo de justificación de la subvención.
Artículo 18. Justificación de la subvención.
Artículo 19. Comprobación de la subvención.
Artículo 20. Deber de colaboración.
CAPÍTULO VI. Régimen sancionador y reintegro de la subvención
Artículo 21. Sanciones.
Artículo 22. Reintegro.
Artículo 23. Procedimiento.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.