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REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. - Boletín Oficial del Estado de 12-03-2004

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 26 de Mayo de 2023

F. entrada en vigor: 13/03/2004

Órgano emisor: MINISTERIO DE HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 62

F. Publicación: 12/03/2004


I II III IV V Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Procedimientos amistosos. D.A. 2ª. Tipos de gravamen. D.A. 3ª. Tipo de gravamen del Impuesto en los ejercicios 2012, 2013 y 2014. D.A. 4ª. Exención parcial en ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de determinados bienes inmuebles. D.A. 5ª. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. D.A. 6ª. Gastos estimados y rendimientos imputados por operaciones internas de un establecimiento permanente. D.A. 7ª. Exención por reinversión en vivienda habitual. D.A. 8ª. Efectivo intercambio de información tributaria. D.A. 9ª. Tipos de gravamen aplicables en 2015. D.A. 10ª. Tributación Mínima. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Normativa aplicable. Artículo 4. Tratados y convenios.
CAPÍTULO I. Elementos personales
Artículo 5. Contribuyentes. Artículo 6. Residencia en territorio español. Artículo 7. Atribución de rentas. Artículo 8. Individualización de rentas. Artículo 9. Responsables. Artículo 10. Representantes. Artículo 11. Domicilio fiscal.
CAPÍTULO II. Sujeción al impuesto
Artículo 12. Hecho imponible. Artículo 13. Rentas obtenidas en territorio español. Artículo 14. Rentas exentas. Artículo 15. Formas de sujeción y operaciones vinculadas.
CAPÍTULO III. Rentas obtenidas mediante establecimiento permanente
Artículo 16. Rentas imputables a los establecimientos permanentes. Artículo 17. Diversidad de establecimientos permanentes. Artículo 18. Determinación de la base imponible. Artículo 19. Deuda tributaria. Artículo 20. Período impositivo y devengo. Artículo 21. Declaración. Artículo 22. Obligaciones contables, registrales y formales. Artículo 23. Pagos a cuenta.
CAPÍTULO IV. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente
Artículo 24. Base imponible. Artículo 25. Cuota tributaria. Artículo 26. Deducciones. Artículo 27. Devengo. Artículo 28. Declaración. Artículo 28 bis. Borrador de declaración. Artículo 29. Obligaciones formales. Artículo 30. Retenciones. Artículo 31. Obligación de retener e ingresar a cuenta. Artículo 32. Obligaciones de retención sobre las rentas del trabajo en caso de cambio de residencia. Artículo 33. Inversiones de no residentes en letras del Tesoro y en otras modalidades de Deuda Pública.
CAPÍTULO V. Entidades en régimen de atribución de rentas
Artículo 34. Entidades en régimen de atribución de rentas.
SECCIÓN 1.ª ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS CONSTITUIDAS EN ESPAÑA
Artículo 35. Entidades que realizan una actividad económica. Artículo 36. Entidades que no realizan una actividad económica.
SECCIÓN 2.ª ENTIDADES EN RÉGIMEN DE ATRIBUCIÓN DE RENTAS CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO
Artículo 37. Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero. Artículo 38. Entidades con presencia en territorio español. Artículo 39. Entidades sin presencia en territorio español.
CAPÍTULO VI. Gravamen Especial sobre Bienes Inmuebles de Entidades no Residentes
Artículo 40. Sujeción. Artículo 41. Base imponible. Artículo 42. Exenciones. Artículo 43. Tipo de gravamen. Artículo 44. Deducibilidad del gravamen. Artículo 45. Devengo, declaración y afectación.
CAPÍTULO VII. Opción para contribuyentes residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea
Artículo 46. Opción para contribuyentes residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea.
CAPÍTULO VIII. Otras disposiciones
Artículo 47. Sucesión en la deuda tributaria. Artículo 48. Responsabilidad patrimonial del contribuyente. Artículo 49. Infracciones y sanciones. Artículo 50. Orden jurisdiccional. Artículo 51. Liquidación provisional. Artículo 52. Deducción de pagos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Artículo 53. Normas sobre retención, transmisión y obligaciones formales relativas a activos financieros y otros valores mobiliarios.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Procedimientos amistosos. D.A. 2ª. Tipos de gravamen. D.A. 3ª. Tipo de gravamen del Impuesto en los ejercicios 2012, 2013 y 2014. D.A. 4ª. Exención parcial en ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de determinados bienes inmuebles. D.A. 5ª. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas. D.A. 6ª. Gastos estimados y rendimientos imputados por operaciones internas de un establecimiento permanente. D.A. 7ª. Exención por reinversión en vivienda habitual. D.A. 8ª. Efectivo intercambio de información tributaria. D.A. 9ª. Tipos de gravamen aplicables en 2015. D.A. 10ª. Tributación Mínima.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Disposiciones transitorias del texto refundido del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo. D.T. 2ª. Régimen transitorio de la exención del artículo 14.1.h). D.T. 3ª. Régimen transitorio en materia de procedimientos amistosos.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitaciones a la Ley de Presupuestos Generales del Estado. D.F. 2ª. Habilitación normativa.