REAL DECRETO-LEY 9/2001, de 6 de abril, por el que se adoptan medidas adicionales en el marco de erradicacion de las encefalopatias espongiformes transmisibles. - Boletín Oficial del Estado de 07-04-2001
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 23 de Diciembre de 2003
F. entrada en vigor: 08/04/2001
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 84
F. Publicación: 07/04/2001
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Preambulo
CAPÍTULO I. Medidas de apoyo adicionales a la compra de bovinos de más de treinta meses para destrucción
Artículo 1. Precio de compra de bovinos de más de treinta meses para destrucción.
Artículo 2. Precio de compra de bovinos de la categoría P.
Artículo 3. Compensación por los gastos de transporte desde la explotación hasta el matadero designado.
CAPÍTULO II. Medidas de apoyo adicionales a la reestructuración del sector del vacuno
Artículo 4. Plan de reestructuración del sector de vacuno.
CAPÍTULO III. Otras medidas adicionales de apoyo al sector de vacuno
Artículo 5. Medidas de apoyo a las vacas nodrizas.
Artículo 6. Medidas de apoyo a la producción de carne de novilla.
Artículo 7. Modificación en el rendimiento neto de la actividad ganadera de vacuno a efectos de su tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Artículo 8. Cuotas de la Seguridad Social.
Artículo 9. Plan de información a ganaderos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Títulos competenciales.
D.A. 2ª. Compatibilidad de las ayudas.
D.A. 3ª. Financiación.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.