REAL DECRETO-LEY 8/2002, de 13 de diciembre, por el que se amplian las medidas reparadoras en relacion con el accidente del buque «Prestige» a las Comunidades Autonomas del Principado de Asturias, Cantabria y Pais Vasco, y se modifica el Real Decreto-ley 7/2002, de 22 de noviembre. - Boletín Oficial del Estado de 14-12-2002
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Febrero de 2009
F. entrada en vigor: 14/12/2002
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 299
F. Publicación: 14/12/2002
Preambulo
Artículo 1. Ámbito y objeto de aplicación.
Artículo 2. Daños en infraestructuras públicas.
Artículo 3. Reducción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Artículo 4. Beneficios fiscales a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Artículo 5. Medidas laborales y de Seguridad Social.
Artículo 6. Régimen de contratación.
Artículo 7. Ayudas a pescadores, mariscadores y otros afectados por el cese de actividad.
Artículo 8. Perjuicios indirectos.
Artículo 9. Promoción de productos pesqueros procedentes de las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias, Cantabria y País Vasco.
Artículo 10. Líneas preferenciales de crédito.
Artículo 11. Convenios con otras Administraciones públicas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Competencias de las Comunidades Autónomas del Principado de Asturias, Cantabria y País Vasco.
D.A. 2ª. Créditos presupuestarios.
D.A. 3ª. Modificación del Real Decreto-ley 7/2002, de 22 de noviembre, sobre medidas reparadoras en relación con el accidente del buque «Prestige».
D.A. 4ª. Sorteo especial de Lotería Nacional a favor de los afectados por el accidente del buque «Prestige».
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Facultades de desarrollo.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.