Orden ITC/1668/2011, de 10 de junio, por la que se regula la prestación de los servicios de comunicaciones móviles a bordo de buques (servicios de MCV). - Boletín Oficial del Estado de 17-06-2011
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Junio de 2011
F. entrada en vigor: 18/06/2011
Órgano emisor: MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 144
F. Publicación: 17/06/2011
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Definición de los servicios.
Artículo 3. Condiciones técnicas de los servicios.
Artículo 4. Seguridad marítima y seguridad pública.
CAPÍTULO II. Prestación de los servicios de MCV a bordo de buques matriculados en España
Artículo 5. Prestación del servicio a bordo de buques matriculados en España.
Artículo 6. Régimen jurídico de la concesión demanial.
Artículo 7. Otorgamiento de la concesión demanial.
Artículo 8. Extinción y revocación de la concesión demanial.
Artículo 9. Obligación de información.
Artículo 10. Tasas.
CAPÍTULO III. Prestación de los servicios a bordo de buques no matriculados en España
Artículo 11. Prestación de los servicios a bordo de buques no matriculados en España.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Régimen transitorio hasta la efectiva constitución de la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Facultades de aplicación.
D.F. 2ª. Título competencial.
D.F. 3ª. Entrada en vigor.
ANEXO. Condiciones técnicas que deben cumplir los sistemas que presten servicios de MCV en los mares territoriales bajo jurisdicción española