Legislación

Orden INT/424/2019, de 10 de abril, por la que se aprueba la política de seguridad de la información en el ámbito de la administración electrónica del Ministerio del Interior y las directrices generales en materia de seguridad de la información para la difusión de resultados provisionales en procesos electorales. - Boletín Oficial del Estado de 12-04-2019

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 13 de Abril de 2019

F. entrada en vigor: 13/04/2019

Órgano emisor: MINISTERIO DEL INTERIOR

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 88

F. Publicación: 12/04/2019

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo 1. Objeto.
CAPÍTULO I. Política de seguridad de la información
Artículo 2. Política de Seguridad de la Información. Artículo 3. Misión del Departamento. Artículo 4. Marco normativo. Artículo 5. Estructura organizativa de la PSI. Artículo 6. El Comité Superior para la Seguridad de la Información. Artículo 7. El Grupo de Trabajo de Responsables de la Seguridad. Artículo 8. Los Grupos de Trabajo para la Seguridad de la Información. Artículo 9. El Grupo de Trabajo de los Delegados de Protección de Datos. Artículo 10. El Responsable de la Información. Artículo 11. El Responsable del Servicio. Artículo 12. El Responsable de la Seguridad. Artículo 13. El Responsable del Sistema. Artículo 14. Resolución de conflictos. Artículo 15. Gestión de riesgos. Artículo 16. Desarrollo normativo de la PSI. Documentación de Seguridad. Artículo 17. Protección de datos de carácter personal: la política de privacidad. Artículo 18. Terceras partes. Artículo 19. Concienciación y formación.
CAPÍTULO II. Directrices de seguridad de la información para la difusión de resultados provisionales en materia de procesos electorales
Artículo 20. Ámbito de aplicación. Artículo 21. Objetivo. Artículo 22. Subcomité de Seguridad de la Información para la Difusión de Resultados Provisionales en Procesos electorales. Artículo 23. Responsable de la información. Artículo 24. Responsable del Servicio de Procesos Electorales. Artículo 25. Responsable del Sistema en Procesos Electorales. Artículo 26. Responsable de Seguridad de la Información. Artículo 27. Gestión de riesgos. Artículo 28. Deberes y responsabilidades y protección de datos. Artículo 29. Auditoría. Artículo 30. Revisión.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. Única. No incremento del gasto público.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Publicidad. D.F. 2ª. Entrada en vigor.