Orden HAP/547/2013, de 2 de abril, por la que se crea y se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. - Boletín Oficial del Estado de 08-04-2013
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 08 de Abril de 2013
F. entrada en vigor: 09/04/2013
Órgano emisor: MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 84
F. Publicación: 08/04/2013
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Preambulo
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Órganos competentes.
Artículo 3. Documentos admisibles.
Artículo 4. Presentación de documentación complementaria.
Artículo 5. Acreditación de la identidad y de la representación.
Artículo 6. Canales y requisitos de acceso al Registro Electrónico.
Artículo 7. Entrega de documentos y cómputo de plazos.
Artículo 8. Anotaciones en el Registro Electrónico.
Artículo 9. Acuse de recibo.
Artículo 10. Interoperabilidad del Registro Electrónico e información estadística.
Artículo 11. Sistema de presentación de propósito general.
Artículo 12. Responsabilidad.
Artículo 13. Información a los interesados.
Artículo 14. Utilización de las lenguas oficiales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adaptación de aplicaciones informáticas y aprobación de Resoluciones.
D.T. 2ª. Organismos adheridos al Registro Electrónico.
D.T. 3ª. Utilización de plataformas horizontales conectadas al Registro Electrónico por los Organismos públicos con registro electrónico propio.
D.T. 4ª. Registros electrónicos auxiliares.
D.T. 5ª. Utilización del registro por determinados centros del Ministerio de Economía y Competitividad.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogaciones normativas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Solicitudes, escritos y comunicaciones procedentes del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.