Legislación
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ORDEN ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones. - Diario Oficial de Cataluña de 11-06-2015

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 16 de Junio de 2020

F. entrada en vigor: 12/06/2015

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y CONOCIMIENTO

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 6890

F. Publicación: 11/06/2015


CAPÍTULO I. Objeto y modalidades de justificación
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Modalidades de justificación
CAPÍTULO II. Cuenta justificativa
Artículo 3. Formas de la cuenta justificativa Artículo 4. Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto Artículo 5. Cuenta justificativa sin aportación de justificantes de gasto Artículo 6. Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor Artículo 7. Procedimientos que debe aplicar el auditor Artículo 8. Contrato a suscribir entre el auditor y el beneficiario de la subvención Artículo 9. Otras obligaciones del auditor Artículo 10. Sistema de validación de justificantes de gasto
CAPÍTULO III. Justificación con módulos
Artículo 11. Ámbito de aplicación de los módulos Artículo 12. Actualización y revisión de módulos Artículo 13. Justificación con módulos
CAPÍTULO IV. Justificación con estados contables
Artículo 14. Justificación con estados contables
CAPÍTULO V. Disposiciones generales
Artículo 15. Forma de justificación Artículo 16. Ampliación del plazo de justificación Artículo 17. Actuaciones de comprobación y deber de conservación
CAPÍTULO VI. Tramitación electrónica
Artículo 18. Uso de medios electrónicos en la justificación de las subvenciones
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª D.A. 2ª D.A. 3ª D.A. 4ª D.A. 5ª D.A. 6ª
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Régimen transitorio y adecuación de las bases reguladoras
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única
DISPOSICIONES FINALES
D.F. Única ANEXO. Modelo de informe de revisión de cuenta justificativa de subvenciones